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TSJ declaró nulidad en la incorporación de Venezuela al TIAR

por Redacción Web
28/07/2019
Reading Time: 2 mins read
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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró la nulidad absoluta y la carencia de efectos jurídicos del Acuerdo de la Asamblea Nacional en desacato mediante el cual pretende la reincorporación de la República Bolivariana de Venezuela al Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR), y con ello reiteró el asalto al Estado de Derecho y a todos los poderes públicos del Estado venezolano por parte del Parlamento.

Así lo indicó desde el Auditorio de Sala Plena del TSJ, el presidente de la Sala Constitucional, magistrado Juan José Mendoza Jover, acompañado de los Magistrados y Magistradas que integran la referida Sala, donde se informó sobre el contenido de la sentencia 248-2019, en la cual se explica que la Sala, para fundamentar la decisión, observó que el 14 de mayo la República Bolivariana de Venezuela, conjuntamente con otros países de la región, formalizó por ante la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos la denuncia del Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca, y desde el 14 de mayo de 2015 cesaron los efectos de dicho convenio para el país.

Acotó el magistrado Juan José Mendoza Jover que el 27 de abril de 2017 el presidente Constitucional de la República, Nicolás Maduro Moros, formalizó la salida de nuestro país de la Organización de Estados Americanos, hecho que se materializó el 27 de abril de 2019.

Agregó que, en efecto, el artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su cardinal 4, establece que son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de la República “dirigir las relaciones exteriores de la República y celebrar y ratificar los tratados, convenidos o acuerdos internacionales”.

Finalmente, se reiteró que por ello resulta nula, carente de validez y eficacia jurídica la pretendida reincorporación de Venezuela al TIAR, y en consecuencia cualquier actuación que se realice con la finalidad de aplicar dicho tratado debe ser considerada un acto hostil a la soberanía nacional, y una agresión al territorio, al pueblo venezolano, a la paz y al derecho internacional.

 

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