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La ONG Conciencia es Dignidad denuncia inconstitucionalidad del «cese de facto» de la Ley de Amnistía

por Redacción Web
30/04/2026
La presidenta encargada de Venezuela, Delcy Rodríguez, sostiene el documento de la ley de amnistía este jueves, en Caracas (Venezuela). EFE/ Ronald Pena R

La presidenta encargada de Venezuela, Delcy Rodríguez, sostiene el documento de la ley de amnistía este jueves, en Caracas (Venezuela). EFE/ Ronald Pena R

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La ONG iberoamericana alerta que el anuncio del Ejecutivo sobre el «fin del ciclo» de la Ley de Amnistía carece de validez jurídica, usurpa funciones legislativas y profundiza la crisis del Estado de Derecho en Venezuela.

 

MADRID  – La ONG Conciencia es Dignidad, desde su enfoque académico y jurídico, fija una posición firme y de rechazo absoluto ante el anuncio realizado el jueves 23 de abril de 2026 por la encargada a la presidencia interina de Venezuela, Delcy Rodríguez, durante la instalación de la Comisión Nacional para la Reforma de la Justicia Penal en el Palacio de Miraflores de Caracas.

El anuncio de que la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática (Gaceta Oficial N° 6.990-E) había “cumplido su ciclo» constituye, a juicio de los expertos, un cese de facto violatorio de los principios y garantías más elementales que prevé la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV).

 

Una Ley sin fecha de caducidad se transformó en la trampa del «fin de ciclo»

En su análisis jurídico, los profesionales de Conciencia es Dignidad advierten que el texto legal sancionado el pasado 19 de febrero de 2026 no contiene ninguna previsión normativa que establezca un plazo de vigencia ni una cláusula de extinción automática de la Ley de Amnistía.

“La Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática no ha terminado. No tiene fecha de caducidad y continúa siendo derecho positivo venezolano, por lo que sigue generando derechos subjetivos para quienes encajan en sus supuestos. Al no existir una ley posterior que la derogue o modifique formalmente, el anunciado “cese” de facto no puede impedir que las personas amnistiables pendientes invoquen sus beneficios. La amnistía no se agota por anuncio político: debe aplicarse a todos los casos que subsuman en sus supuestos, bajo el principio de favorabilidad consagrado en su propio artículo 5 y bajo el principio de protección de los derechos humanos que la Constitución impone como mandato irrenunciable. Lo que terminó es la disposición del gobierno de aplicarla, si es que alguna vez la tuvo: las cifras de excarcelaciones reales 314 son un mero reflejo. La distinción que no es semántica: marca la diferencia entre un Estado que se rige por sus propias leyes y uno que las instrumentaliza según la coyuntura”

Además, el artículo 5 de la propia Ley de Amnistía obliga a que, ante cualquier duda interpretativa, se aplique el principio pro homine y el artículo 24 de la CRBV, favoreciendo siempre la protección de los derechos humanos. Cerrar la ley por voluntad política es, por definición, la interpretación menos favorable y más restrictiva posible.

 

El balance oficial

Las cifras aportadas por el oficialismo, lejos de demostrar un éxito revelan la magnitud de la persecución política en el país. Al declarar que cerca de 12.000 personas solicitaron la amnistía, el Estado admite implícitamente que existe un contingente masivo de ciudadanos que se reconocen como víctimas de juicios sin el debido proceso, encarcelamientos arbitrarios y persecución.

Sin embargo, el análisis de las cifras reales frente a la narrativa oficial es alarmante:

  • El filtro de la «validación»: observamos que, de las 12.187 solicitudes reportadas por la Comisión de Seguimiento, muchas fueron descartadas mediante criterios opacos, violando el derecho al juez natural y a la doble instancia.
  • La ilusión de las liberaciones: aunque se habla de 8.616 liberados, la realidad es que solo 314 personas fueron efectivamente excarceladas. El 96% restante (8.302 ciudadanos) ya se encontraba bajo medidas cautelares; es decir, el beneficio fue meramente procesal y no una liberación.
  • El vacío de los exiliados: en este aspecto, la medida de cierre ignora y excluye a miles de venezolanos en el exterior que, por falta de mecanismos consulares o temor a represalias, no pudieron acceder al beneficio, creando una segregación entre «amnistiables con recursos» y víctimas olvidadas.

 

De nuevo se pone en acción la «Puerta Giratoria»

Conciencia es Dignidad ve con extrema preocupación que el Ejecutivo pretenda trasladar los casos pendientes a un nuevo «Programa de Convivencia» y a una «Comisión de Reforma Judicial».

«¿Bajo qué legitimidad operará este nuevo órgano? ¿Tendrá la facultad de dar instrucciones a los jueces sobre expedientes individuales?», cuestiona la organización. Este cambio de ventanilla no es más que la profundización de la discrecionalidad política. Al ignorar el principio de indubio pro reo (en caso de duda, a favor del reo), el Estado transforma la justicia en una herramienta de gestión política para mitigar la presión internacional, según ha denunciado también la ONG Justicia, Encuentro y Perdón.

El propio Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz de Venezuela, Diosdado Cabello, reconoció durante el acto fallas estructurales: corrupción de jueces, retardo procesal y hacinamiento. Para Conciencia es Dignidad, estas declaraciones son una admisión de culpa de un sistema que ahora pretende cerrar la única vía de reparación legal sin haber resuelto las causas de la injusticia.

 

Un llamado a la reflexión  

Lo ocurrido este 23 de abril de 2026 no es un error de procedimiento, sino una decisión deliberada de ignorar la separación de poderes (Art. 136 CRBV). La libertad y la justicia no pueden ser sacrificadas en el altar de la conveniencia política ni tener fecha de vencimiento.

En tal sentido Conciencia es Dignidad concluye que:

  1. La Ley sigue vigente: Al no haber sido derogada por la Asamblea Nacional, la Ley de Amnistía continúa siendo derecho positivo venezolano. Los ciudadanos pueden y deben seguir invocando sus derechos y beneficios.
  2. Exige transparencia: El Foro Penal contabiliza aún 473 presos políticos al 22 de abril 2026. El cierre prematuro del proceso deja en el limbo a cientos de familias, incluyendo militares y civiles perseguidos bajo leyes draconianas como la «Ley contra el Odio».
  3. Acción Internacional: La organización elevará este informe a organismos internacionales, denunciando que el Estado venezolano utiliza la amnistía como un instrumento de propaganda y no como un mecanismo real de reconciliación.

«La dignidad del venezolano no se negocia en una comisión administrativa. La justicia es un derecho, no una concesión del Ejecutivo«, finaliza expresando el comunicado de prensa.

 

 

————————————————————————————————–

Para más información, entrevistas o acceso al análisis jurídico completo consultar aquí: https://concienciaesdignidad.org/cese-de-la-ley-de-amnistia-sin-justicia-sin-reconciliacion/

 

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Tags: Ley de AmnistíaONG Conciencia es Dignidad

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