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Visión Ciudadana: Los crímenes de lesa humanidad y el reincidente régimen | Por Jorge Rosell y Jorge Euclides Ramírez

por Redacción Web
28/06/2024
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Por Jorge Rosell y Jorge Euclides Ramírez- 27 junio, 20244
A pesar de que ante la Corte Penal Internacional se sigue juicio con abundante evidencia de que en Venezuela se han cometido crímenes de lesa humanidad, el régimen no cesa en su actitud reincidente. En lo que va de año ha detenido a 37 activistas políticos de la oposición, lo cual constituye crimen de lesa humanidad, entre los cuales destaca Henry Alviárez destacado abogado larense y Jefe de la Campaña Electoral de María Corina Machado.
El artículo 7 del Estatuto de Roma establece que se consideran crímenes de lesa humanidad cualquier acto “cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil y con conocimiento de dicho ataque”. No cualquier detención ilegal constituye un crimen de lesa humanidad, es necesario que se acompañen otros elementos en la acción: que sea un ataque sistemático o generalizado contra la sociedad civil, es decir que no sean detenciones aisladas, sino que obedezcan a una determinada causa, como es la de estar dirigida a un sector de la oposición democrática, lo cual coincide con el motivo de la detención de los 37 activistas políticos mencionados y que los funcionarios que ejecutan tal detención ilegal tengan conocimiento de los motivos de dicho ataque contra la sociedad civil.
Específicamente es un crimen de persecución a lo cual se agrega otras circunstancias que lo agravan, como es la desaparición forzada de los detenidos, a lo cual se ha acostumbrado el régimen a través de la acción del obediente Fiscal General. La desaparición forzada, prevista como delito hasta con pena de 25 años de presidio en el Código Penal, se produce cuando una vez detenida la persona no se indica su paradero a sus familiares y abogados defensores, es decir en donde se encuentra y cuales son sus condiciones de salud. Por otra parte, se le niega que designe abogado de confianza, imponiéndole en contra de su derecho constitucional un defensor público, empleado del oficialismo.
Aparte de lo anterior si vamos a examinar los motivos de la detención, es una constante que el Ministerio Público, comandado por el Fiscal General, recurra a la ilegítima figura de la anticipación punitiva, es decir que entes de la comisión del hecho delictivo, se supone que va a ser cometido. Tal anticipación se notó claramente cuando el Fiscal General quiso justificar las últimas detenciones diciendo que los detenidos “pensaban” tomar unas instalaciones militares. Además de que la falsedad de dicha aseveración se demuestra con que lo que portaban los detenidos era unas banderas y unos pitos, instrumentos no cónsonos con la intención que se le imputa, debe recordársele al Fiscal que con el pensamiento no se delinque, es necesario la acción para que el delito se produzca. Se puede pensar en crímenes atroces y por ello el sistema penal no tiene por que funcionar, solo lo hará si la conducta del sujeto se materializa en actos dirigidos a cometer tales crímenes.
Pareciera que el oficialismo no le da la menor importancia al riesgo que ciertamente están corriendo sus altas autoridades ante el juicio que se sigue en la Corte Penal Internacional, juicio en el cual se evidenció la comisión de crímenes e lesa humanidad en los cuales están inmersos.
Todas estas actividades negadoras de los Derechos Humanos contra algunas personas en particular suceden en un marco de atropellos y persecución contra dirigentes de oposición en plena campaña electoral, sobre todo en contra de la líder María Corina Machado, a quien hostilizan arrestando a sus colaboradores más cercanos, además de sancionar arbitrariamente a prestadores de servicios, muy humildes como el canoero del río Apure, y expendedoras de bajos recursos económicos como las vendedoras de empanadas de Corozo Pando. Estos abusos de poder, no solamente se perpetran contra los líderes de la oposición sino, por extensión, contra millones de venezolanos volcados a la calle para exigir un cambio a través del voto. Todas estas acciones constituyen el crimen de persecución de la sociedad civil por razones políticas.
Está pues el régimen desafiando no solamente a la justicia internacional sino también a todo un pueblo, pacifico, noble, victimizado que desea unas elecciones presidenciales seguras y transparentes para que su voluntad sea respetada. Al negarse a ello la nomenclatura se pone a contracorriente de la Constitución y ello tendrá un alto costo para sus cabecillas para cuando la Corte Penal Internacional sentencie, pues su evidente y pertinaz reincidencia así lo indica.
Jorge Rosell y Jorge Euclides Ramírez
Fuente El Impulso

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