Súmate solicitó a la ORE de Trujillo la apertura de operativos especiales del Registro Electoral

La ONG aboga por garantizar el derecho al voto de 136 mil 888 venezolanos que requerirían inscribirse o actualizar sus datos para poder participar en la Elección Presidencial, la cual debe realizarse a más tardar en diciembre de 2024, acorde con lo previsto en los artículos 230 y 231 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

La ONG Súmate solicitó a la Oficina Regional Electoral (ORE) del estado Trujillo la activación de operativos especiales y la ampliación de la Red de Puntos Permanentes para la actualización del Registro Electoral (RE) desde este mismo año 2022, con el objetivo de garantizar el derecho al voto de 136 mil 888 venezolanos que requerirían inscribirse o actualizar sus datos para poder participar en la Elección Presidencial, la cual – según reza la Constitución artículos 230 y 231 – debe realizarse a más tardar en diciembre de 2024.

En una carta oficial entregada esta semana en la sede de la ORE de esta entidad, la Asociación Civil explica en la correspondencia consignada que este contingente de 136 mil 888 venezolanos en este estado que requeriría inscribirse o actualizar sus datos, se le debe agregar los 89.628 connacionales en el exterior que están en situación similar inscritos en esta entidad federal.

Estas proyecciones de la ONG son el resultado de sus estimaciones fundamentadas en los movimientos aplicados en el Registro Electoral obtenidos de los cuadros estadísticos publicados en las Gacetas Electorales y de los cortes del mismo proporcionados a las Organizaciones con Fines Políticos, como también de las proyecciones del crecimiento de la población del Instituto Nacional de Estadística (INE) y de las cifras de la migración venezolana publicadas en sus sitios Web y otros medios por la Oficina Internacional de Migración de las Naciones Unidas (OIM) y la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR).

Súmate en la carta entregada a la ORE de Trujillo, exhorta a garantizar el derecho al voto a todos los venezolanos mayores de 18 años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 63 de la Constitución de la República:

“El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas…” Agrega, que también debe cumplir con lo estipulado en el artículo 293, numeral 7, constitucional que expresa que es función del Poder Electoral “Mantener, organizar, dirigir y supervisar el Registro Civil y Electoral”, la cual está desarrollada en su artículo 33, numeral 18, de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE), que prescribe como función legal del CNE: “Garantizar la oportuna y correcta actualización del registro electoral, en forma permanente.”

En línea con esta obligación constitucional y legal, la ONG expresa en la correspondencia, que el CNE-Trujillo debe asumir su obligación constitucional y legal de garantizar el derecho al sufragio en la próxima Elección Presidencial a este grupo de 136 mil 888 venezolanos en esta entidad federal, comenzando con la actualización del Registro Electoral en el segundo semestre de 2022, con continuidad sistemática durante los años 2023 y 2024, como lo prevé el artículo 28, numeral 2, de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) que indica:

“El Registro Electoral se regirá por los siguientes principios: (…) 2. De carácter continuo. No es susceptible de interrupción por la realización de un proceso electoral. Todas las personas pueden inscribirse o actualizar sus datos en cualquier momento, así como solicitar la rectificación de los datos que estuvieren erróneos o afectasen su derecho al sufragio…”.

Agrega que, aunque el proceso de actualización en el Registro Electoral es continuo según el artículo 28, numeral 2, de la LOPRE, el mismo actualmente está limitado y concentrado en la sede de la ORE de esta entidad, lo cual es un obstáculo para los venezolanos en edad para votar, que requieren inscribirse o actualizar sus datos de nueva residencia y centro de votación, y que viven en sectores lejanos a la capital; por lo cual le recuerda en esta solicitud, que está obligada según lo previsto en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE):

“…los centros de inscripción y actualización, con los siguientes criterios: 1. Facilidad de acceso para los electores y las electoras. 2. Presencia en los sectores de difícil acceso y/o de mayor concentración poblacional. 3. Garantía para todos los sectores de la población…”.

En la correspondencia entregada, explica que este número de 136 mil 888 venezolanos trujillanos que requerirían inscribirse o actualizar sus datos de nueva residencia y centro de votación en el Registro Electoral desde abril de 2022 hasta diciembre de 2024, según las estimaciones de Súmate está discriminado de la siguiente manera:

54.788 venezolanos en edad para votar (en el rango de edades entre 18 a 45 años) no están inscritos en el Registro Electoral del estado Trujillo hasta abril de 2022.

30.965 jóvenes que viven en el estado Trujillo y cumplirán 18 años entre abril de 2022 y diciembre de 2024.

51.135 venezolanos inscritos en el RE del estado Trujillo que requieren actualizar sus datos de residencia y su centro de votación en esta entidad federal.

Considerando la totalidad de incorporaciones y actualizaciones pendientes 136 mil 888 y tomando en cuenta que hay 89 mil 628 ciudadanos registrados para votar en el estado Trujillo, pero viven en el exterior, para diciembre de 2024, en caso de que no se emprendan acciones urgentes, 3 de cada 10 electores dentro de la entidad no podrán ejercer su derecho al voto.

 

RECOMENDACIONES

La Asociación Civil plantea a la ORE de Trujillo solicite a la Comisión de Registro Civil y Electoral, y a la Oficina Nacional de Registro electoral, emprender desde el segundo semestre de 2022 hasta el segundo semestre de 2024 las siguientes acciones:

 Ampliar la red permanente de puntos para la Inscripción y Actualización en el RE.

 Planificación de Operativos Especiales de Inscripción y Actualización en el RE con un alcance de al menos 10 puntos adicionales a los fijos, distribuidos de acuerdo con la densidad poblacional electoral y criterios de facilidad de acceso a los ciudadanos en su entidad federal, establecidos en el artículo 33 de la LOPRE.

 Apertura de puntos o jornadas extraordinarias de Inscripción y Actualización en respuesta a solicitud de Organizaciones con Fines Políticos, Organizaciones de la Sociedad Civil y/o comunidades organizadas, entre ellas las universidades, asociaciones gremiales, asociaciones de vecinos, entre otras, tal como lo prevé el artículo 33 de la LOPRE.

 

Por último, Súmate plantea en la correspondencia entregada a la ORE del CNE en esta entidad convocar una amplia discusión para facilitar y ejecutar las acciones que se requieren, en la que participen activamente los partidos políticos, organizaciones de la sociedad civil, universidades, gremios profesionales, sindicatos, iglesias, estudiantes, medios de comunicación social y en general a todos los actores ciudadanos comprometidos, electores o no, con la recuperación de la confianza en el voto como solución a crisis política, económica, social e institucional del país.

 


Por: Alexander González

IG: @AlexGonzalezDigital

Foto: Archivo Digital DLA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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