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Sólo seis dolientes acompañarán sepelios en Boconó

Durante la cuarentena social y colectiva por Covid-19

por Karley Durán
28/03/2020
Quedan prohibidas las visitas al cementerio municipal de Boconó.

Quedan prohibidas las visitas al cementerio municipal de Boconó.

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Desde el viernes 27 de marzo, de acuerdo a lo anunciado por el alcalde del municipio Boconó, Luis Hidalgo, en decreto N°004 se restringe el horario de servicio funerario entre las 7:00 a.m. y las 5:00 p.m. y sólo seis familiares directos podrán ingresar al camposanto para al respectiva inhumación, quedando suspendidas las visitas en el cementerio del sur y las parroquias de la localidad.

La ecónoma del cementerio, Mileidy Aldana, dijo estar activa ante cualquier emergencia.

En el decreto se especifica que no se permitirá  la concentración de personas en las salas velatorias y domicilios en caso de servicios funerarios a domicilio. Solo deberán permanecer hasta un máximo de 10 personas por sala y domicilio, con una distancia de, al menos un metro, las cuales están obligados a asistir con tapaboca y guantes, con el fin de evitar contagios innecesarios.

La medida también prohíbe la permanencia de niños, niñas y adultos mayores tanto en las sedes de las funerarias, como en domicilios y cementerios, en el caso de servicios funerarios o fúnebres.

Queda responsabilidad de las funerarias garantizar insumos como jabón, gel antibacterial o alcohol absoluto para mantener las manos limpias. Asimismo, los trabajadores y las trabajadoras de funerarias deben contar con guantes, tapabocas y trajes de seguridad en caso de ser necesario.

Las exequias se acortan a 20 minutos y sólo pueden permanecer 10 personas, con distancias de, al menos un metro. Se suspenden las exhumaciones injustificadas. Además, en razón del comunicado emitido por la Conferencia Episcopal Venezolana (CEV), de fecha 13 de marzo del año 2020, se prohíben las aglomeraciones y reuniones en los diferentes templos y parroquias eclesiásticas del municipio, así como, procesiones y demás ritos religiosos, que pudieren atentar contra las medidas de prevención del coronavirus (covid-19), dictadas por el Ejecutivo Nacional, a través de la cuarentena social y colectiva.

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Por ultimo se garantiza el derecho a la libertad de culto consagrado en el artículo 60 de la Constitución de Venezuela, es decir que se pueden realizar las oraciones desde el hogar en el marco de la cuarentena social y colectiva.

 

Via: Karley Durán.- CNP: 23.921 / karleyduran@gmail.com /@karley_ale
Tags: BoconóCuarentenaTrujillo

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