Caracas. La Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF), vigente desde febrero de 2016, será reformada tras la aprobación en segunda discusión en la Asamblea Nacional (AN) el 3 de febrero de 2022. Una de las modificaciones que trae hasta ahora es que todas las transacciones en bolívares tendrán un impuesto del 2 % y las que sean en divisas y criptomonedas del 3 %.
La reforma de ley, que aún no ha sido publicada en Gaceta Oficial y por ende no tiene fecha de entrada en vigencia, mantiene en la ciudadanía interrogantes como qué pasará con aquellos pagos mixtos, pues el país desde 2019 adoptó de forma espontánea un esquema multimonedas, a causa de la hiperinflación, en donde el dólar se convirtió en una de las divisas más usadas.
Estas son algunas de las dudas aclaradas por especialistas sobre el IGTF:
¿Si pago un dólar u otra transacción pequeña me aplicarán el IGTF?
Si vas al supermercado a comprar un pollo, este producto está exento del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 16 %, pero no del IGTF. “En teoría no pagamos impuesto por la compra del pollo, pero si llevo un billete de $5 y le compré a una cadena grande que es contribuyente especial automáticamente ellos están obligados a retener el impuesto de IGTF, así que además del precio del pollo, me van a cobrar un 3 % de impuesto a las grandes transacciones financieras”, explica Mairelis Izaguirre licenciada en Ciencias Fiscales en conversación con Crónica.Uno.
“Así usted gaste un dólar, igual estará sujeto al 3 % de IGTF porque no hay un monto establecido. Esto no es más que un impuesto al medio de pago, camuflado dentro de una norma que no define realmente el contenido de la disposición normativa”, dice la especialista.
¿Son solo “grandes” transacciones financieras?
No. La ley hasta ahora no ha establecido un monto o límites que determinen cuándo es aplicable este impuesto, por lo tanto, lo mismo podría alcanzar compras pequeñas de apenas un dólar, como compras más grandes de $200, por ejemplo.
¿Este impuesto solo me lo cobrarán si compro en un local que sea contribuyente especial?
La modificación de esta ley en palabras más sencillas: aplica un impuesto al medio de pago, así que es este el que realmente determinará cuándo te toca pagarlo o no, explica la especialista Mairelis Izaguirre. Por ejemplo, si pagas –con divisas en efectivo– en un establecimiento que no es contribuyente especial ahí no te van a cobrar el IGTF, pero sí te lo van a cobrar en caso de que pagues a través del sistema bancario nacional, como por ejemplo, si usas tu cuenta en divisas.
“Si vas con efectivo (divisas) a un establecimiento que no sea contribuyente especial no te aplicarán el IGTF”, apunta.
¿Quiénes son contribuyentes especiales?
Cualquier establecimiento, por pequeño o grande que sea, puede ser un contribuyente especial o lo que la ley denomina “sujetos pasivos especiales”. Para convertirte en contribuyente especial debes cumplir con ciertas unidades tributarias dentro de un ejercicio económico. Por ejemplo, si en el ejercicio de 2021 una empresa o una persona natural devengó un monto igual o superior a Bs. 600, ya cumple con la condición para ser designado sujeto pasivo especial o contribuyente especial por la administración tributaria. “Esto quiere decir que hoy la mayoría de nuestras empresas son contribuyentes especiales”, explica la especialista.
¿El IGTF aplica tanto para pagos con divisas en efectivo y electrónicas?
Este IGTF aplica tanto para transacciones en divisas en efectivo como electrónicas, por ejemplo, está concebido para las cuentas en dólares de la banca nacional y pagos con monedas extranjeras en efectivo.
Nayma Consultores lo explica en su página web con un ejemplo: una persona natural acude a la farmacia para comprar medicinas, productos exentos de IVA, y el total a pagar por los medicamentos es equivalente a $100, si la persona paga usando su cuenta en moneda extranjera en un banco nacional, el banco le debitará $2 (2 %) por concepto de IGTF. Así el gasto total en medicinas será de $102.
La consultora aclara que al momento de publicar el análisis (7 de febrero) las cuentas en moneda extranjera no permiten el cargo directo en dólares, sino que el monto debe ser convertido a bolívares para hacer el pago, por lo que el comercio no recibe dólares sino bolívares. “Es válido preguntarse si lo gravado en este caso será la venta de dólares que se haga al banco o si ocurrirá un cambio que permita el pago en moneda extranjera utilizando puntos de venta y transferencias interbancarias”.
¿Generará este impuesto un aumento de la recaudación?
Para economistas como Luis Arturo Bárcenas esta reforma de la ley deja claro que el gobierno persigue mejorar sus cuentas fiscales. Otros como el director de Datánalisis, José Antonio Gil Yepes, señalan que el incremento exorbitante de impuestos es una política fiscalista para rescatar el nivel de gasto del Ejecutivo.
Para Mairelis Izaguirre, sin duda, el IGTF generará un aumento en la recaudación, pero también advierte que pudieran proliferar las actividades de evasión de impuestos. “Locales que no están legalmente constituidos o que no son formales pueden llegar a evadirlo o lo van a retener y no lo van a enterar al Estado”, dice.
Por otro lado, apunta que esta reforma indiscutiblemente va a generar una demanda de bolívares, porque quien tenga divisas en efectivo va a querer cambiarlas a bolívares para pagar en la moneda de curso legal y así no estar sujetos al impuesto. “El problema es saber si el BCV y el Estado tienen la política monetaria correcta para aumentar la circulación de bolívares en la economía y que no se convierta en más inflación para nuestro país”, se pregunta.
Distintos especialistas consideran que esta es una medida poco alentadora para la economía, en especial luego de que el año pasado esta creciera por primera vez en siete años. También porque Venezuela está dolarizada de facto y el propio gobierno impulsa la creación de cada vez más cuentas bancarias en divisas o el uso de criptomonedas. Para Izaguirre esta medida afecta a toda la población, sin distingo, en especial porque hasta ahora no hay exoneraciones, como por ejemplo, que se excluirá al sector alimentación, o de salud o personas mayores.
Por Ariadna García
Fuente: Crónica Uno