La Oficina del Consejo Municipal de Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes del municipio Sucre, bajo la dirección del abogado Juan Trejo, cumpliendo instrucciones del alcalde del mencionado Municipio, Keiver Peña, reactivó el resuelto número, 005 – 2022, que tiene más de un año de vigencia, donde se establece la regularización de las caravanas estudiantiles en el municipio, basado en el mismo artículo 32 de la Ley Orgánica que protege a los menores.
La información está contenida en un boletín de la oficina de información del gobierno local de Sucre, señalándose que en la misma ley de acuerdo al artículo 92 literal C, que prohíbe la ingesta de bebidas alcohólicas en estas caravanas, que generalmente las organizan, los centros y representaciones estudiantiles, al finalizar el año escolar, lo que constituye un alto riesgo, por lo tanto se dictan estas resoluciones, para garantizar la seguridad física de todos aquellos estudiantes que participen en caravanas de despedida del año estudiantil, donde muchos se han visto involucrados por no tomarse las respectivas medidas de seguridad.
Estas restricciones, señala la resolución de la oficina de Protección de los Niños y Adolescentes, se han tomado para garantizar la integridad física de los estudiantes, habiendo la respectiva notificación a los órganos de seguridad del municipio, para cumplimiento de la normativa de las medidas preventivas.
Normas a cumplir en las caravanas
Se advierte, expresa la representación de la oficina de Protección de Niños y Niñas y Adolescentes, que los vehículos que participen en caravanas estudiantiles, deben ser de 4 o 5 pasajeros; los camiones deben de tener barandas fijas y no cargar más de 20 personas en la plataforma.
Se prohíbe, añade la resolución, el traslado de estudiantes en la maletera de los vehículos en movimiento, y en el caso de las camionetas no permitir más de 10 personas, las cuales no deben estar de pie.
Las sustancias alcohólicas
Señala la resolución además; la prohibición y venta de especie alcohólicas a los menores de edad, según lo establece el artículo 92 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes todo en concordancia con resolución 002 del año 2022, advirtiendo la oficina en mención que los que violenten estas normas, se exponen a sanciones previstas en leyes conexas, esto porque existen pautas y normativas expresas, en cuanto a la forma de celebrar una actividad de esta índole como son las graduaciones y finales de año escolar, precisa la normativa publicada.
Eduardo Viloria / DLA
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