(Mérida).- A través de la plataforma Zoom, el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA) presentó este martes 27 de abril los aspectos más relevantes de su informe semestral: Situación de los derechos humanos en Venezuela, con especial referencia a la región andina. Noviembre 2020 – Abril 2021. Dividido en cuatro capítulos, el documento señala las violaciones de DD. HH. cometidas en materia judicial, institucional, universitaria y de servicios básicos.
La presentación del informe contó con la participación dos invitados especiales, Benigno Alarcón, profesor de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) y director del Centro de Estudios Políticos y de Gobierno de esta institución, y Luis Sandia, profesor y director del Centro Interamericano de Desarrollo e Investigación Ambiental y Territorial de la Universidad de Los Andes (CIDIAT-ULA).
Alarcón presentó una ponencia de política comparada sobre los posibles escenarios de cara a las próximas elecciones regionales, explicando lo que podría ocurrir si participan partidos de oposición o no y cuáles son los derechos electorales que deben garantizarse. Sandia, por su parte, se refirió a la violación de derechos ambientales que ha cometido el régimen de facto en Venezuela y cuáles son los instrumentos jurídicos, nacionales e internacionales, que existen sobre esta materia.
Violaciones en el acceso a la justicia con la pandemia como excusa
Desde que se decretó la cuarentena nacional en Venezuela por la pandemia de COVID-19, el 13 de marzo de 2020, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del régimen de facto que encabeza Nicolás Maduro suspendió por siete meses las actividades jurídicas en el país. Las que no se paralizaron por considerarse causas urgentes, respondieron a la discrecionalidad de los operadores de justicia sobre los criterios para determinar su urgencia.
El equipo jurídico del ODH-ULA constató que cuando se reiniciaron actividades en tribunales, no hubo despacho a diario en las semanas de flexibilización de la cuarentena, por razones de feriados o vacaciones de personal. En algunos casos los jueces dejaban de despachar porque se encontraban haciendo suplencia en otros juzgados. Así mismo, las sedes regionales de la Defensoría del Pueblo y del Ministerio Público no atendieron a diario ni respondieron las denuncias consignadas por este observatorio.
Entre las violaciones en el acceso a la justicia registradas por el ODH-ULA durante el último semestre, destacan el retardo procesal ejercido de manera discrecional en algunos casos y en otros no, la negativa de atención por parte de jueces, el trato discriminatorio al no aceptarse fiadores en algunas localidades del estado Mérida, las limitaciones en el acceso de abogados y víctimas a las audiencias de casos y la realización de actuaciones en ausencia de jueces naturales. Estas acciones violan el principio de igualdad ante la ley, establecido en el artículo 21 de la Constitución nacional, así como el artículo 49 que consagra el derecho de toda persona a ser juzgada por su juez natural.
El ODH-ULA señala las referidas violaciones basándose en la Declaración conjunta sobre el acceso a la justicia en el contexto de la pandemia del COVID-19, emitida el 27 de enero de 2021 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y el Relator Especial de la Organización de Naciones Unidas sobre independencia de magistrados y abogados, Diego García-Sayán.
Quiebre de la institucionalidad democrática y violación de la autonomía universitaria
Como parte de la demolición de la institucionalidad democrática que ejecuta el régimen de facto en el país, ha avanzado en el fortalecimiento de un sistema paralelo universitario al tiempo que ejecuta acciones inconstitucionales e ilegales que violan la autonomía de las universidades nacionales. El Plan de la Patria 2019-2025 incluye objetivos que explícitamente atentan contra el artículo 109 de la Constitución nacional y la Ley de Universidades.
“El Plan de la Patria es violatorio del principio de libertad académica instituido en la Constitución Nacional, en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos Sociales y Culturales (art.15), habida cuenta de su claro contenido político-ideológico basado en la construcción del socialismo del siglo XXI y la así denominada “ética socialista” en el objetivo de adecuar las universidades autónomas al sistema universitario paralelo”, señala el informe.
La reciente imposición del pago de salarios universitarios a través del Sistema Patria, anunciada de manera informal por un representante de la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU) a las autoridades universitarias, constituye otra acción violatoria de la autonomía, específicamente de la financiera, establecida en el artículo 9 de la Ley de Universidades. Esta acción viola además los principios y derechos fundamentales en el trabajo establecidos en la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), entre otros instrumentos internacionales de DD. HH.
El 08 de marzo de 2021 la CIDH expresó su preocupación ante dicho anuncio, indicando que “este tipo de medidas puede configurar violaciones a la autonomía universitaria y los derechos laborales, inhibiendo el ejercicio de la libertad académica y la libertad de expresión del profesorado y personas trabajadoras de las universidades públicas en Venezuela”.
Plan Universidad en Casa y situación general de las universidades
Debido a la cuarentena nacional por COVID-19, el Ejecutivo Nacional impuso un plan de educación virtual llamado “Plan Universidad en Casa”, diseñado sin la participación de miembros de las universidades autónomas y sin tomar en cuenta la grave situación de los servicios de electricidad e internet, entre otros, que padece Venezuela. Las instrucciones para la implementación de ese plan nunca fueron suministradas a las universidades.
Una encuesta del Observatorio de Universidades (OBU) sobre condiciones de educación virtual en Venezuela, publicada en noviembre de 2020, determinó que entre 39% y 47% de los universitarios no cuentan con computadora; entre 45% y 58% utilizan plan de datos de sus teléfonos inteligentes para acceder a internet, cuyos costos superan sus salarios; 56% de los profesores no ha impartido clases de manera virtual y 44% de los estudiantes no había recibido clases bajo esta modalidad durante la cuarentena, muchos de ellos por no contar con conexión a internet y por sufrir constantes cortes de electricidad.
En cuanto a la situación física de las universidades durante el último semestre, el ODH-ULA contabilizó entre noviembre de 2020 y marzo de 2021 un total de 70 incidentes de inseguridad ocurridos en 10 universidades del país. En su mayoría han sido robos y/o hurtos, seguidos de actos de vandalismo, invasiones a espacios universitarios y otros tipos de ataques que han ocasionado la pérdida y el deterioro de infraestructura, equipos y materiales propiedad de las universidades. La mayoría de estos actos permanecen impunes.
Deterioro de los servicios básicos
Durante la cuarentena por COVID-19 el funcionamiento de los servicios básicos ha empeorado. En la región andina del país los cortes de electricidad, que inciden en las fallas de telecomunicaciones e internet, han sido constantes, así como la escasez de gasolina, gasoil y gas doméstico. El acceso a estos combustibles resulta cada vez más difícil y su venta es en su mayoría en dólares.
Por su parte, el servicio de agua potable, indispensable para prevenir el contagio de coronavirus, ha sido deficiente en los tres estados que conforman la región. En hospitales y centros de salud pacientes y familiares deben cargar con tobos de agua mientras están recluidos para recibir atención médica.
El ODH-ULA exhorta, una vez más, al Estado venezolano a garantizar el cumplimiento y goce de los derechos humanos de todos los ciudadanos, aún más en tiempos de pandemia, donde la Emergencia Humanitaria Compleja se ha visto agravada con consecuencias aún más graves para la comunidad universitaria y los sectores más vulnerables de la población.
Prensa ODH-ULA