DLA.- El Sindicato Único del Magisterio Trujillano (Suma – Trujillo) denuncia al gobierno nacional en la persona de Nicolás Maduro de despojar a los maestros venezolanos del ajuste salarial de un mil 857 bolívares con 57 céntimos (Bs. 1.857,57) disminuyendo abismalmente los porcentuales de las primas contractuales y profesionales, desde un 50% hasta un 10% que sumado al desamparo patronal de la seguridad social, constituyen el empobrecimiento complejo de los ingresos mensuales, la desprofesionalización académica y la desprotección médica, globalmente sin calidad de vida.
En representación de la organización sindical, emitió las declaraciones su presidente profesor José Miguel Briceño, quien indico que esta medida coercitiva unilateral, abusiva y criminal fue aplicada en el 2018 y este año la utilizaron con más firmeza revolucionaria para devastar integralmente el poder adquisitivo de los educadores activos, jubilados, pensionados, interinos y sobrevivientes. Todas estas arbitrariedades han servido para que el estado-patrono prosiga con más contundencia el control absoluto del poder público nacional en detrimento de los intereses colectivos y del patrimonio legal del magisterio, constitucionalmente vigente en los Artículos 91 y en la L.O:T.T.T Art 98.
Onapre instrumento servil
Este control absoluto del poder público – precisó – le permite usar a la ONAPRE como instrumento servil para aminorar radicalmente el ya menguado sistema de remuneraciones de los educadores de allí el bajón enorme en el incremento del ajuste salarial presidencial del 15-03-2022, docentes de 40 horas, Doc I: 17,75%; Doc II: 19,34%; DocIII:19,34%, Doc IV:20,34%; Doc V: 21,79%, VI:24,26%, T.S.U.: 16,55%, B.D:15,47%; B.D.N.G: 14,24%; P.N.D: 17,75%
En abierta violación – prosiguió – a la progresividad e intangibilidad de los derechos y beneficios laborales vigentes constitucionalmente en el ordenamiento jurídico venezolano: C.R.B.V: Arts: 19,89, L.O.T.T.T: Arts: 56,111,432,434, Código Civil: Arts: 1333, 1160,1264, las primas contractuales y profesionales fueron disminuidas hasta el 50% de su valor contractual: Antigüedad: fueron reducidas unilateralmente al 50% de su porcentual donde el máximo porcentual equivale al 30%, conculcándose la constitucionalidad progresiva e irrenunciable de los derechos y beneficios laborales vigentes en la C.R.B.V, Arts: 19, 89, L.O.T.T.T: Arts: 104, 434, 435 y acta convenio del 22 de enero 2020.
Profesionalización
Con respecto a la profesionalización – puntualizó – los porcentuales académicos, los aminoraron: Licenciatura del 30% al 25%, Especialidad: 40% al 30%, Maestría: 50% al 30%, Doctorado: 60% al 40%, pérdida académica: 55%, violando la constitucionalidad establecida en el marco jurídico venezolano: C.R.B.V: Arts: 89, L.O.T.T.T Art: 432,434,104, acta convenio 22-01-2020, aspecto propio del docente, unilateralmente, le asignaron el 10%, donde su valor contractual era del 25%, del salario, fue disminuida en 15%, violando la constitucionalidad vigente del Art: 89.1, y el marco jurídico venezolano L.O.T.T.T. Art N° 104, geográfica, fue disminuida en 50% del valor original 20%, transgredieron la vigencia constitucional, Art 89.
Por ultimo, la progresividad de los derechos y beneficios laborales establecido en el estado social de justicia y derecho, L.O.T.T.T., Art 434, ayuda asistencial y del hogar; arbitrariamente asignaron el 10% del salario nacional ONAPRE, donde el ingreso mínimo legal corresponde al 40%, sustrajeron: 30% del salario mensual, conculcándose la progresividad de los beneficios y derechos laborales vigentes en el estado social de justicia y derecho; L.O.T.T.T. Arts: 104, 434. Las demás primas y bonos, les colocaron un valor del 12,20% a cada una: Primas: por hijos, becas, contribución para los trabajadores con discapacidad, día de la madre, matrimonio, navidad, nacimientos por hijos, dijo para finalizar José Miguel Briceño.
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Douglas Abreu / CNP 21627
@douglasabreub