Expertos aseguran que la aprobación en tiempo récord de la llamada Ley Simón Bolívar pone a Venezuela un paso más adelante hacia el modelo de Nicaragua y en resumen facilita la “legalización de la arbitrariedad” en el gobierno de Nicolás Maduro, que ya es investigado por la comisión de crímenes de lesa humanidad de la Corte Penal Internacional (CPI).
Con esta nueva legislación el gobierno venezolano busca castigar a quienes, según su criterio, soliciten sanciones para el país o se hagan eco de ellas, pero no deja claro bajo qué términos se considera que alguien promocione una sanción.
Esta ley tiene 20 tipo de sanciones, que además no serán impuestas por un juez sino por funcionarios administrativos y en la mayoría de los casos le da bastante poder al contralor de la República, quien es el encargado de las inhabilitaciones políticas. A efectos de este texto, una persona puede ser inhabilitada hasta por 60 años.
También hay multas económicas y penas de cárcel, de acuerdo con lo revelado por el diario El Tiempo de Colombia.
Con estas penas de hasta 60 años, básicamente sería una especie de pena perpetua, una condición que fue abolida en el país en el año 1864.
«Lamentablemente estamos viendo cómo aquí en Venezuela se están replicando estos patrones y además en una total indefensión», dijo Alí Daniels, codirector de la ONG Acceso a la Justicia, a El Tiempo.
¿Por qué la Ley Bolívar encamina a Venezuela a un modelo similar al de Nicaragua?
El camino semejante a Nicaragua queda concretado en el siguiente artículo 23:
«Se crea un registro con carácter nacional, en el cual se incorporará la identificación de las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respecto de las cuales exista una presunción fundada de estar incursa en alguna de las acciones contrarias a los valores y derechos irrenunciables del Estado, previstas en esta Ley, a los fines de imponer medidas económicas restrictivas, temporales y de carácter administrativo, dirigidas a mitigar el perjuicio que sus acciones producen contra la República Bolivariana de Venezuela y su población».
A la persona o entidad incluida en dicho registro podrá prohibírsele su entrada al país, suspender las visas que se le hubieren otorgado o negar las que solicitare. También se le podrán congelar sus activos, prohibir exportación de mercancías, prohibición de constitución de sociedades mercantiles, civiles o la participación en entidades de sustrato patrimonial, entre otras.
“La ley hace hincapié en el tema patrimonial, en la extinción de dominio, en poner multas… lamentablemente está replicando lo que en Nicaragua ha sido un patrón donde, no solamente ilegalizaron las ONG, sino que además se le quitaron sus bienes y el Estado se los apropió como el caso de la Compañía de Jesús que tenía una universidad», destaca Daniels.
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