• Trujillo
  • Táchira
  • Mérida
  • Andes Legales
  • Revista Andina
martes, 21 julio 2026
Diario de Los Andes
  • Inicio
  • Actualidad
    • Entretenimiento
    • Bienestar
  • Deportes
  • Economía
  • Mundo
  • Opinión
    • Sentido de Historia
  • Política
  • Sucesos
  • Trujillo
    • Boconó
  • Táchira
  • Mérida
No Resultados
Ver todos los resultados
  • Inicio
  • Actualidad
    • Entretenimiento
    • Bienestar
  • Deportes
  • Economía
  • Mundo
  • Opinión
    • Sentido de Historia
  • Política
  • Sucesos
  • Trujillo
    • Boconó
  • Táchira
  • Mérida
No Resultados
Ver todos los resultados
Diario de Los Andes

No Resultados
Ver todos los resultados
Inicio Opinión

La Legítima o Porción de La Herencia (Parte II)

por Roque Torres
19/06/2021
Compartir en FacebookCompartir en TwitterComparteComparte

                            

                        

Gracias Espíritu Santo

Tiene La Legítima, como “cuota hereditaria que se atribuye en plena propiedad al heredero legitimario”, particularidades sobresalientes en nuestro Derecho Civil, ellas son:

Iª) La Legítima es Cuota Hereditaria, y como tal: a) atribuye al legitimario la condición y la calidad de heredero del causante; b) el legitimario es titular de la acción de petición de herencia; c) el legitimario soporta a prorrata con los demás herederos, el pasivo sucesoral; d) la posesión de los bienes del de cujus pasa de derecho al legitimario, en el momento de la apertura de la sucesión, sin necesidad de aprehensión material; e) si el legitimario renuncia a la herencia, no puede retener la legítima ni recibir nada a título de ella; y f) el legitimario tiene el derecho de exigir que su cuota le sea satisfecha con bienes de la misma herencia, pero como no se trata de una obligación al respecto, también le es dado aceptar que le sea a pagada de cualquier otra manera.  2ª) La Legítima se debe de derecho al legitimario: por mandato de la ley, OPE LEGIS, el legitimario no tiene que intentar acción alguna, ni tampoco seguir algún procedimiento judicial o extrajudicial, a los efectos de tener derecho a la misma. Sólo basta que éste acepte la herencia dejada por el de cujus. Todo esto acontece por cuanto La Legítima, deriva de la ley y no de la voluntad del causante. 3ª) La Legítima se debe en plena propiedad al legitimario: este carácter de La Legítima otorga al heredero legitimario, por ser copropietario del patrimonio dejado por el causante, el pleno derecho de exigir la partición de la herencia, y de que se le satisfaga su cuota en especie y con los mismos bienes que figuran en dicho patrimonio común. Se trata, entonces, de un derecho, y no de una obligación, del legitimario quien perfectamente puede convenir y aceptar que su cuota le sea pagada de cualquier otra manera. 4ª) Los derechos del legitimario nacen en el momento de la apertura de la sucesión: el derecho que deriva de la misma, sólo nace cuando se abre la sucesión del causante, y este derecho requiere que haya conversión del legitimario en heredero de cujus, mediante la “aceptación de la herencia” por su parte. 5ª) Las normas legales sobre La Legitima son de orden público en cuanto conciernen al causante: la figura de La Legítima la ha impuesto el legislador al de cujus, aun contra la voluntad de éste, como una restricción al derecho de disponer por testamento, con el propósito de proteger a la familia inmediata de dicho causante, todo lo cual configura,  de manera muy clara, un instituto de orden público.

Continuará…

0414-0815498, roque-torres@hotmail.com

Lea también

Intervencionismo, un lastre en la economía | Por: David Uzcátegui

Solidaridad sin gentilicio | Por: David Uzcátegui

21/07/2026
A VOTAR POR VENEZUELA |  César Pérez Vivas

EL FRAUDE CONTINUADO | Por: César Pérez Vivas

20/07/2026
VERICUETOS POLÍTICOS |  ¡MARIA CORINA AVANZANDO!  |   Luis Aranguren Rivas. 

La dignidad de los que no se rinden | Por: Carolina Jaimes Branger 

20/07/2026
VERICUETOS POLÍTICOS |  ¡MARIA CORINA AVANZANDO!  |   Luis Aranguren Rivas. 

Claro y Raspao | LA RECONSTRUCCIÓN NACIONAL: UN COMPROMISO DE TODOS | Por: Conrado Pérez

20/07/2026

 

Tags: OpiniónTrujillo

RelacionadoPublicación

Intervencionismo, un lastre en la economía | Por: David Uzcátegui
Opinión

Solidaridad sin gentilicio | Por: David Uzcátegui

21/07/2026
A VOTAR POR VENEZUELA |  César Pérez Vivas
Opinión

EL FRAUDE CONTINUADO | Por: César Pérez Vivas

20/07/2026
VERICUETOS POLÍTICOS |  ¡MARIA CORINA AVANZANDO!  |   Luis Aranguren Rivas. 
Opinión

La dignidad de los que no se rinden | Por: Carolina Jaimes Branger 

20/07/2026
Siguiente
Como duele la Patria | Por: Román J. Duque Corredor

“APOSTOSIS UNIVERSITARIA” | Por: Raul A. Casanova - Ostos

Publicidad

Última hora

Ministerio de Salud confirma tres muertes por hantavirus en Anzoátegui

Corte Federal confirma para el 22 de julio nueva audiencia de Nicolás Maduro y Cilia Flores

De la Espriella resta importancia a su primera derrota política en el Senado colombiano

La telaraña de Tom Holland y Zendaya atrapa a los aficionados de Spider-Man en México

‘Dibu’ Martínez pone en duda su continuidad en selección argentina tras derrota con España

Publicidad

Diario de Los Andes

Ediciones

  • Trujillo
  • Táchira
  • Mérida
  • Andes Legales
  • Revista Andina

Síguenos

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password?

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In
No Resultados
Ver todos los resultados
  • Trujillo
  • Boconó
  • Táchira
  • Mérida
  • Inicio
  • Actualidad
  • Entretenimiento
  • Bienestar
  • Política
  • Deportes
  • Sucesos
  • Mundo
  • Opinión
  • Sentido de historia
  • Economía
  • Revista Andina
  • Andes Legales