Tokio, 25 oct (EFE).- El Tribunal Supremo de Japón declaró hoy inconstitucional la normativa nacional que obliga a esterilizarse a las personas que se someten a una operación de cambio de sexo y quieran modificar legalmente su género, en una sentencia pionera para el país.
Esta es la duodécima vez desde 1945 que el Supremo nipón considera inconstitucional una disposición legal, lo que ejercerá presión sobre el Parlamento nacional con vistas a revisar la ley sobre personas transgénero.
La Corte Suprema también ordenó volver a repetir el juicio que originó la demanda que llegó hasta ella y que afecta a una normativa que ha sido repetidamente denunciada por organismos internacionales y defensores de los derechos de las personas LGTB.
El demandante en cuestión es una persona transgénero, varón de nacimiento que buscaba legalizar su género como femenino, que vive en el oeste del archipiélago y está recibiendo tratamiento hormonal, pero no se ha sometido a una reasignación de sexo.
El Tribunal Supremo de Japón ya falló en un caso similar en 2019, pero en aquel entonces consideró que la normativa vigente no vulneraba la Constitución, aunque dejó abierta la puerta a «cambiar estas disposiciones según cambien las condiciones sociales».
La normativa nipona al respecto, que entró en vigor en 2004, establece que para poder modificar su género en el registro civil las personas trans deben someterse a una operación completa de cambio de sexo que elimine sus capacidades reproductivas.
Para la operación, la persona interesada debe además someterse a la evaluación de dos o más médicos que la autoricen, entre otros requisitos como no tener hijos menores de edad.
Además de obligar a esterilizarse a las personas que desean cambiar de género legalmente, la legislación establece que no pueden estar casadas y deja en un vacío legal a los padres y madres que se cambian de sexo con respecto a la relación legal con sus hijos.
Hasta 2022 un total de 11.919 personas habían logrado exitosamente legalizar su cambio de género en Japón, según datos judiciales recogidos por la cadena pública NHK.
Aunque en años recientes el país asiático ha avanzado en derechos de minorías sexuales a través de normativas locales, todavía se encuentra a la cola entre las potencias desarrolladas en este sentido y Japón sigue siendo el único miembro del Grupo de los Siete países más desarrollados (G7) que no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo. EFE