Claro y Raspao | EL VERDADERO RETO DE LA COMISIÓN MIXTA | Por: Conrado Pérez

 

EL VERDADERO RETO DE LA COMISIÓN MIXTA

El pasado primero de agosto, mediante comunicados emitidos por el coordinador del diálogo por el Gobierno Nacional y president de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, y la representante de la Asamblea Nacional de 2015, Dinorah Figuera, anunciaron el inicio formal del proceso de diálogo político y mesas técnicas en Caracas.

La agenda acordada entre ambos factores se centra en tres puntos fundamentales: en primer lugar, la atención prioritaria y coordinada para socorrer y asistir a las víctimas del doble terremoto del 24 de junio de 2026; en segundo lugar, el fortalecimiento de la democracia mediante acuerdos de mecanismos institucionales y de convivencia pacífica y, finalmente, la evaluación y revisión de los derechos políticos y garantías políticas, con miras a definir las condiciones electorales y de participación para todos los actores del país. Sin embargo, como era de esperarse, esta nueva mesa de negociación ha provocado diversas reacciones encontradas: desde los que miran el proceso con prudencia hasta los que exigen mayor fluidez y transparencia en la información, siendo esto un clima natural que acompaña a todo proceso de diálogo. En base a lo anterior, es bueno recordar que históricamente las conversaciones políticas en estos escenarios nunca empiezan con grandes estruendos ni con discursos en cada momento. En la práctica, el trabajo institucional de negociación requiere prudencia y cierta reserva. No para ocultar la información, sino para cuidar que las ideas y los acuerdos iniciales no se rompan antes de madurar. De allí la importancia de llevar estas discusiones a una mesa institucional que dé apertura al entendimiento y evite el estancamiento político. La ciudadanía espera ver cómo esos acuerdos se traducen en soluciones concretas, en tranquilidad y en estabilidad real. Porque el verdadero compromiso exige mirar más allá de las diferencias del momento, apostando por las vías institucionales para así cumplir con la función más noble de todo servidor público: SERVIR AL PAÍS.

 

REFORMA DE LAS LEYES ELECTORALES  (VIII)

LEY ORGÁNICA DE LOS PROCESOS ELECTORALES – TITULO VI

CAMPAÑA ELECTORAL

Continuando con nuestra propuesta de la Reforma de la LOPRE, abordaremos hoy el Título referente a la Campaña Electoral, en el cual hemos determinado 3 puntos claves que deben ser considerados en la Reforma.

1. REGULACIÓN ESTRICTA DEL LAPSO DE CAMPAÑA: Debe prohibirse de forma taxativa la realización de actividades de promoción de candidaturas fuera del lapso fijado en el cronograma electoral, tanto en la fase previa (precampaña) como posterior al cierre oficial. Asimismo, los funcionarios públicos en ejercicio que aspiren a la reelección o a un nuevo cargo no podrán valerse de la inauguración de obras, la entrega de beneficios estatales ni el uso de recursos públicos para hacer propaganda o campaña política, debiendo el CNE aplicar de manera oportuna, las sanciones estipuladas en la Ley por el incumplimiento de esta norma.

2, IMPARCIALIDAD DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN: Establecer que los medios de comunicación social, tanto públicos como privados, estén obligados a ofrecer una cobertura informativa equilibrada e igualitaria a todos los candidatos, prohibiéndose el ventajismo informativo ni el uso de fondos públicos para financiar espacios que promuevan una sola tendencia política.

3, CELERIDAD EN AVERIGUACIONES ADMINISTRATIVAS: Las denuncias por irregularidades en campaña o los procedimientos iniciados de oficio deben ser resueltos obligatoriamente en un lapso no mayor a 15 días hábiles. Asimismo, cuando el CNE dicte medidas preventivas, estas deberán resolverse en un máximo de 20 días hábiles. La Ley debe garantizar el cumplimiento estricto de estos lapsos para evitar que las campañas concluyan sin que el órgano electoral haya dado respuesta ni aplicado los correctivos oportunos. AUTORIDAD Y EQUILIBRIO.

 

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