Washington, DC—La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena las detenciones arbitrarias, las desapariciones forzadas y los prolongados períodos de incomunicación a los que han sido sometidas las personas presas políticas. El Estado debe adoptar medidas urgentes para liberar a estas personas de forma incondicional y garantizar su contacto inmediato con familiares.
En el 2025, la CIDH continúa monitoreando la situación de las personas presas políticas. Ha realizado audiencias públicas y escuchados testimonios directos de víctimas de violaciones de derechos humanos y familiares. A la fecha, en Venezuela existen 903 personas presas políticas y al menos 64 familias no han recibido una comunicación formal sobre el centro de reclusión en el que se encuentran. En algunos casos, únicamente han podido enterarse de que sus seres queridos están vivos y su lugar de alojamiento por la información que comparten otras personas privadas de la libertad, o porque funcionarios penitenciarios les llaman a pedir que lleven medicamentos o que recojan ropa sucia para lavar. Al respecto, la Comisión resalta que la incomunicación coactiva está prohibida por estándares internacionales e interamericanos de derechos humanos.
En ocasiones, cuando los familiares se acercan a los centros de reclusión son maltratados por funcionarios del personal penitenciario. En particular, las mujeres que intentar visitar a sus parientes son sometidas a tocamientos y requisas invasivas. Adicionalmente, en determinados casos, el personal penitenciario se rehúsa deliberadamente a permitir visitas o a dar información del estado de salud de las personas privadas de la libertad arbitrariamente. Tal es el caso de Freddy Superlano, Perkins Rocha y Américo de Grazia, beneficiarios de medidas cautelares de la CIDH.
El régimen venezolano no solo castiga arbitrariamente a personas opositoras por ejercer legítimamente las libertades de expresión, reunión y asociación, sino que también reprende a sus familiares como forma de castigo. Esto genera temor y angustia en familiares de las personas presas políticas.
El contexto en el que se desarrollaron las elecciones del 28 de julio de 2024 resultó en un agravamiento de la crisis política y de derechos humanos por la que atraviesa Venezuela. El informe «Venezuela: graves violaciones de derechos humanos en el contexto electoral» publicado en enero pasado documenta una estrategia represiva del régimen para perpetuarse ilegítimamente en el poder. En el marco de esta estrategia se ejecutaron prácticas de terrorismo de Estado que tuvieron como propósito impedir la participación política de la oposición, obstaculizar el desarrollo de una contienda electoral libre, justa, competitiva y transparente, y sembrar terror en la ciudadanía.
Uno de los patrones de violaciones de derechos humanos más graves y recurrentes en 2024, documentados en el informe, fue la detención arbitraria y la desaparición forzada de personas opositoras. Entre enero y el 27 de julio, al menos 50 personas opositoras o percibidas como tales fueron detenidas de forma arbitraria, incluyendo la defensora de derechos humanos Rocío San Miguel. En los días siguientes a la elección del 28 de julio, según informó desde la Presidencia del régimen, Nicolás Maduro, 2229 personas fueron privadas de la libertad en el contexto de las manifestaciones contra la opacidad electoral; entre ellas, 177 niñas y niños, que posteriormente fueron puestos en libertad junto con un número desconocido de adultos.
La Comisión hace suya las voces de alarma de la sociedad civil venezolana ante la existencia centenares de personas presas políticas. Según la información recibida, estas personas enfrentan innumerables violaciones a sus garantías judiciales, como acusaciones vagas bajo tipos penales ambiguos, la imposición de defensores públicos, la presentación extemporánea ante tribunales en materia de terrorismo y la negatoria de acceso al expediente o a una defensa técnica de confianza. Todo ello corrobora la absoluta falta de independencia del Poder Judicial y la instrumentalización del Ministerio Público para asegurar los fines del régimen.
El Estado venezolano debe liberar a todas las personas que se encuentran en prisión por motivos políticos, garantizando al mismo tiempo el respeto y la protección de su vida e integridad personal. Es imperativo que se adopten medidas que permitan verificar su estado de salud y facilitar que puedan ser visitadas por sus familiares y defensa técnica de confianza. Asimismo, debe tomar medidas urgentes para restablecer la independencia y separación de los poderes públicos, condición esencial para asegurar un sistema de justicia que opere de manera imparcial y autónoma, con plena observancia de los derechos humanos.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la OEA, cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.