La Ley del Estatuto para la Transición que aprobó este martes la Asamblea Nacional establece que, una vez que Nicolás Maduro deje el poder, Juan Guaidó tendrá 30 días para convocar a elecciones. No obstante, si hubiese alguna «imposibilidad técnica» para realizar esos comicios, «el diputado opositor podría ser ratificado como presidente interino por un año»
El texto establece, sin embargo, que los comicios deberán «realizarse en el menor tiempo posible».
La Constitución ordena que, en caso de «falta absoluta» en la presidencia, deben convocarse a elecciones en 30 días y que el jefe del Legislativo, actualmente Guaidó, se encarga del cargo mientras un nuevo mandatario asume el poder.
La ley «da marco, orden y busca gobernabilidad y estabilidad de cara a un proceso de transición», dijo tras la votación Guaidó, reconocido por Estados Unidos, una docena de países de América Latina y una veintena de Europa.
Guaidó se autoproclamó presidente interino el pasado 23 de enero, después de que el Parlamento declarara a Maduro «usurpador», alegando que su segundo mandato (2019-2025), iniciado el 10 de enero, fue producto de elecciones fraudulentas.
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), de línea oficialista, considera nulas todas las decisiones del Parlamento desde que lo declaró en desacato en 2016, apenas asumió la mayoría opositora tras su contundente triunfo electoral de diciembre de 2015.
El TSJ abrió una investigación contra Guaidó por «usurpación», le prohibió salir del país y congeló sus bienes y cuentas.
El Parlamento, en el camino a la transición, se comprometió a una renovación de todos los poderes públicos, incluidos los poderes judicial y electoral.