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A casi un año de Ley de Pensiones, abogado dice que aún se desconoce a dónde va el fondo

La ONG Acceso a la Justicia considera que este impuesto no contempla el principio de progresividad para las empresas, el cual está establecido en el artículo 316 de la Constitución, así que todas las compañías deben hacer la misma contribución sin considerar el tamaño de estas, su actividad o las ganancias.

por Correo del Caroní
12/02/2025
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En mayo de 2024 se creó la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista o también llamada Ley de Pensiones. Hasta ahora el funcionamiento de este fondo no está claro. Desde el sector industrial indicaron el año pasado que era asignado a través del sistema Patria y que representaba un bono de 20 dólares para los pensionados.

El abogado laboral Wilmer Barrios, de la firma JCBA Legal en Venezuela, explica que la ley se sigue cancelando al Seniat por parte de los contribuyentes y que equivale al 9% de los ingresos que percibe el trabajador y que el ente regulador lleva a cabo fiscalizaciones, sobre todo a aquellas empresas que no lo han cancelado aún.

“Empresas que no han podido declarar porque por alguna razón no tienen empleados, por eso hemos tenido que asistir a clientes, porque el Seniat tiene el criterio de que cualquier empresa tiene que tener al menos un trabajador, cosa que en la práctica no necesariamente es así”, dijo a Fedecámaras Radio.

El especialista indicó que no tienen conocimiento de “dónde están llegando los recursos y si esos recursos se están distribuyendo entre las personas objetivo”. “No tenemos conocimiento”, repitió. El especialista apuntó que hasta ahora a casi un año de la vigencia de la ley, la información que manejan es que “no ha salido todavía un pago o un bono”.

Con respecto a aquellas empresas que no tienen empleados y que por lo tanto no han declarado, el jurista mencionó que hasta ahora el Seniat no ha impuesto una multa o una medida de cierre, “lo que han hecho es la inspección, han solicitado los documentos para justificar el porqué no se ha cancelado el impuesto”, en ese sentido dijo que desde la firma de abogados han recomendado a los contribuyentes dirigir un escrito a la sede del Seniat que le corresponda, dando una exposición de motivos de por qué están imposibilitados de pagar.

La ONG Acceso a la Justicia considera que este impuesto no contempla el principio de progresividad para las empresas, el cual está establecido en el artículo 316 de la Constitución, así que todas las compañías deben hacer la misma contribución sin considerar el tamaño de estas, su actividad o las ganancias.

Correo del Caroní

 

 

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Tags: economíaLey de pensionesPensionadosSeniat

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