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URGENTE PLAN DE VACUNACIÓN CONTRA COVID-19

Por: José Francisco Conte C.

por Redacción Web
18/04/2021
Reading Time: 4 mins read
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La crisis sanitaria, social, económica y política que sufre Venezuela se ha visto agravada por la pandemia generada por el virus que causa el COVID-19, lo cual ha afectado gravemente los derechos humanos de la población, cuya garantía, protección y respeto son de absoluta responsabilidad del Estado a través de su gobierno, tanto por mandato constitucional como por instrumentos jurídicos de rango internacional. Entre estos derechos humanos afectados encontramos el derecho a la vida, a la protección de la salud, a la integridad personal, al trabajo y a un salario justo y digno, entre otros.

El gobierno nacional con base en dicha pandemia, ha decretado desde el 13 de marzo de 2020 un estado de excepción por alarma, el cual es reeditado cada treinta días, incumpliendo los mandatos constitucionales y legales que regulan esta materia, no obstante el mismo establece que el Ejecutivo Nacional adoptará medidas urgentes, necesarias y efectivas para la protección y preservación de la salud de la población venezolana, cuya finalidad estriba en mitigar y erradicar los riesgos que se generan de la epidemia derivados del COVID-19, además de garantizar la oportuna y eficaz atención a todos los casos que se originen del mismo, así como también ha tomado y decretado medidas de carácter financiero y económico, que generan graves consecuencias a sectores vinculados directa e indirectamente con dicha áreas.

Conforme al Texto Constitucional el derecho a la protección de la salud se concibe como el derecho fundamental a cuidarla y el Estado asume la obligación de brindar seguridad y protección a toda persona de que deben ser adoptadas todas las medidas necesarias para preservar el derecho a la vida con todos aquellos medios y avances médicos que sean oportunamente disponibles, como sería la vacunación de toda la población con el fin de protegerla del virus que genera el COVID-19, entre otras medidas sanitarias pertinentes.

Luego de transcurrido un año del inicio de la pandemia generada por el COVID-19, el esfuerzo mundial ha generado como resultado el desarrollo, fabricación y distribución de vacunas seguras y eficaces contra dicho virus, las cuales han sido avaladas y certificadas por las autoridades y organismos competentes de carácter sanitario. Por consiguiente, la adquisición y distribución de vacunas seguras y verdaderamente efectivas debe ser una medida urgente y necesaria para superar la pandemia y de esta forma salvar la vida de los habitantes. De tal forma, que es absoluta obligación del Estado venezolano el adquirir vacunas y generar un plan de distribución con criterios de igualdad y equidad, con carácter accesible y con posibilidades de ser asequibles o adquiribles para toda la población; es decir, de forma universal, transparente y sin ningún tipo de discriminación.

Sin embargo hemos visto como respetadas y prestigiosas instituciones como la Conferencia Episcopal, Colegios de Médicos, la Academia Nacional de Medicina, la Academia de Ciencias Físicas, Matemáticas y Naturales, han generado serias denuncias y observaciones sobre el comportamiento del Estado Venezolano  frente a la urgente necesidad de una vacunación universal de la población y han señalado que se requiere con suma urgencia la adquisición  de por lo menos 30 millones de dosis de vacunas certificadas, seguras y con calidad comprobada, para lograr la vacunación inmediata de por lo menos unos 15 millones de personas, lo cual hasta el presente no se ha logrado ni se observan intenciones claras del gobierno para cumplir esta meta, pues se afirma que hasta los momentos han ingresado al país alrededor de unas 750 mil dosis, las cuales no han tenido una clara y trasparente distribución, mientras los casos de personas infectadas sigue en progresivo y alarmante aumento y con consecuencias fatales.

En tal sentido, se requiere que de un plan de adquisición, distribución y acceso a las vacunas por parte del Estado venezolano, basado en criterios de igualdad y no discriminación, que tenga como principio básico que las vacunas, tecnologías y tratamientos desarrollados para enfrentar el virus del COVID-19 constituyen un bien y un servicio público de salud, que además sea de libre y fácil acceso para todas las personas, de carácter público y equitativo, con la participación de todas las instituciones y organismos públicos y privados relacionados con la materia de salud, con el debido control, basado en los programas y mecanismos internacionales que promueven el acceso equitativo a las vacunas y garantizar el correcto intercambio de información y tecnologías. El Estado debe generar políticas públicas que permitan la accesibilidad económica para todas las personas; es decir, el acceso universal y gratuito a las vacunas. De igual modo, frente a la situación actual de escasez y escaso acceso a las vacunas y mientras esto se vaya superando se debe priorizar la vacunación de personas con mayor riesgo y vulnerabilidad, como lo son los trabajadores de la salud, las personas mayores, discapacitados, con antecedentes o preexistencias medicas que pongan en riesgo su salud, así como aquellas personas que por razones sociales, laborales y demográficas presenten mayor riesgo frente a la pandemia.

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Abogado y Profesor Universitario

 

Tags: José Francisco ConteOpiniónTrujillo
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