Se ha programado la instalación en el exilio del Tribunal Supremo de Justicia para el próximo 13 de octubre 2017 en la sede de la Organización de Estados Americanos en Washington DC. Este es un paso de gran trascendencia jurídica, política y humanitaria para Venezuela y el mundo 1. Porque es un hecho inédito, primera vez que un tribunal de justicia, legalmente proclamado en su país, se constituye en el exilio debido a la persecución política desatada por el gobierno contra sus magistrados. 2. Porque al ser reconocido internacionalmente este tribunal podrá emitir decisiones con fuerza obligatoria cuya ejecución puede practicarse dentro de los mismos cánones de la jurisdicción universal, de la Convención de Palermo, es decir, de aplicación extraterritorial de sus decisiones dirigidas a combatir la impunidad en crímenes contra la humanidad, pero más que eso, también puede ejercer sus funciones en otras áreas de la justicia como la civil y la político-administrativa, todo con fuerza ejecutiva y posibilidad real de ejecución.
Esta instalación del más alto tribunal fuera de su territorio por razones de persecución política en el suyo es la más palpable de todas las pruebas de la existencia de un régimen tiránico en Venezuela, prácticamente es una sentencia internacional contra este que lo sindica y condena como autor de las más graves violaciones de los derechos humanos, pues impide el ejercicio de la legalidad que es precisamente el distintivo del sistema democrático. Ninguna otra denuncia se requiere para condenar a quienes mantienen en captura la democracia, la libertad en nuestro país y con lo cual han pretendido cometer toda clase de delitos individuales y colectivos sin preocupación por castigo.
Este TSJ en el exilio podrá, por ejemplo, juzgar a Nicolás Maduro mediante un antejuicio de mérito, también a Tareck el Aissami y a quienes ejercen como ministros, como procurador, como fiscal, como contralor, como defensor, como gobernadores, como oficiales generales y almirantes de la fuerza armada, también a los jefes de misiones diplomáticas del régimen, todo con apego al artículo 226 de la Constitución vigente. Y, según el trámite previsto, tales pronunciamientos corresponde hacerlos a Sala Plena de este TSJ en el exilio que, al declarar con lugar dicho antejuicio y previa autorización de la Asamblea Nacional, le corresponderá dictar sentencia final de destitución y castigo, también previa actuación de la fiscal general a quien corresponderá dar curso a la investigación penal.
Por solo poner algunas consecuencias prácticas de esta situación, podría ocurrir que cualquier avión del Estado, incluyendo el número 1, podrá ser inmovilizado en cualquier aeropuerto del mundo donde aterrice. Cualquier persona sobre la que recaiga orden de detención, incluyendo los agentes de la dictadura que usurpan cargos de representación diplomática, podrían ser arrestados en donde sea que estén; igual cualquier cuenta bancaria o activos de cualquier naturaleza; se podrá emitir una prohibición abierta a negociar con entes de Estado, etc.
La fiscal Ortega Díaz
El Ministerio Público representado por su legítima titular, también en el exilio, es la pieza que al engranar con ese mecanismo del TSJ constituirían el instrumento perfecto para una ofensiva mortal contra el régimen criminal y depredador que tiene secuestrado el poder político en Venezuela, y debería proceder igual: constituir sede en el mismo sitio, en la OEA, para así potenciar todos los esfuerzos que dentro y fuera se hacen para restituir un régimen de libertades y castigar a quienes lo han destruido. Y si existieran dificultades para que físicamente la fiscal se desplace a Estados Unidos podría designar un fiscal especial para actuar ante el TSJ, como lo dispone la ley, pues, en resumen, ella es la representante legítima del Ministerio Público, así reconocida dentro y fuera de Venezuela, condición que reafirmaría haciendo tal actuación.
En resumen
Este TSJ en el exilio pasaría a tener la poderosa fuerza de las leyes venezolanas y las internacionales que otorgan a la Corte Penal Internacional y a la Convención de Palermo unidas en el propósito de hacer justicia sobre la terrible catástrofe humanitaria que azota a nuestra patria por obra de la camarilla corrupta y narco-militar que la ahoga, y para esto se requiere que los magistrados entiendan que las circunstancias no son para ceñirse a actitudes escrupulosamente jurídicas, pues el solo hecho de estar constituidos en el exilio así se los deja ver, el ingrediente político ha de ser preponderantemente tomado en cuenta y deberán tener una intensa relación con las instituciones democráticas de todo el mundo y actuar con mucha audacia, con mucha imaginación, con mucha creatividad. Para situaciones especiales, soluciones especiales, esa es una máxima común que en las coincidencias del derecho y la política se producen para dar sosiego a una población atacada por abusos masivos de factores de poder.
No tengo dudas al afirmar que este Tribunal Supremo de Justicia y el Ministerio Público, ambos en el exilio, pasarán a ser el centro de gravedad de la situación política de Venezuela.