El 15 de junio de 2017 la señal de ULA TV, televisora de la Universidad de Los Andes, única en su tipo en Venezuela, dejó de estar al aire como consecuencia de una decisión de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel). Desde entonces se inició un procedimiento administrativo sancionatorio contra el canal basado en la supuesta violación de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, el cual ha estado paralizado y los equipos que fueron confiscados no han sido devueltos.
El día anterior al cierre de la televisora, trabajadores de Conatel supervisaron por varias horas la documentación administrativa del canal, cuya renovación de la concesión para salir en señal abierta había sido solicitada en reiteradas ocasiones por la directiva de ULA TV a Conatel, sin recibir respuesta. En consecuencia, dicha Comisión decide iniciar un procedimiento administrativo sancionatorio contra el canal de televisión por incumplimiento del numeral 1 del artículo 165 y numeral 2 del artículo 172 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, que implican el uso y explotación del UHF 29 de la señal abierta, alegando que la televisora no contaba con la debida concesión.
Acusaciones del exgobernador
El cierre de ULA TV estuvo precedido por acusaciones emitidas por parte de Alexis Ramírez, por entonces gobernador del estado Mérida, cuyas informaciones difundidas por la televisora universitaria le incomodaban. Durante las protestas sociales ocurridas en todo el país durante 2017, fuertemente reprimidas también en Mérida, Ramírez señaló a ULA TV de prestarse para “actos criminales”. “Ahí están todas las grabaciones en ULA TV que se ha prestado para estos actos criminales”, publicó a través de Twitter el mandatario regional, quien también responsabilizando al medio de comunicación de la universidad de la violencia.
El Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA) rechaza la decisión de Conatel contra ULA TV y lo denuncia como un acto de censura que vulnera los principios de la libertad de expresión, consagrados en instrumentos jurídicos internacionales y nacionales, así como el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos..