• Trujillo
  • Táchira
  • Mérida
  • Andes Legales
  • Revista Andina
martes, 23 junio 2026
Diario de Los Andes
  • Inicio
  • Actualidad
    • Entretenimiento
    • Bienestar
  • Deportes
  • Economía
  • Mundo
  • Opinión
    • Sentido de Historia
  • Política
  • Sucesos
  • Trujillo
    • Boconó
  • Táchira
  • Mérida
No Resultados
Ver todos los resultados
  • Inicio
  • Actualidad
    • Entretenimiento
    • Bienestar
  • Deportes
  • Economía
  • Mundo
  • Opinión
    • Sentido de Historia
  • Política
  • Sucesos
  • Trujillo
    • Boconó
  • Táchira
  • Mérida
No Resultados
Ver todos los resultados
Diario de Los Andes

No Resultados
Ver todos los resultados
Inicio Opinión

El incremento ostensible de la Firma personal | Por: Roque Torres Aguilar

por Roque Torres
15/05/2021
Compartir en FacebookCompartir en TwitterComparteComparte

«Ya tengo mi negocio al día!», «ya tengo mi firma personal!», se escucha a  cada rato, en los pasillos de acceso al Registro Mercantil Segundo del Estado Trujillo, ubicado en Valera, de parte de quienes llevan algún tiempo en la práctica «informal» del comercio, luego de haber concluido allí, los trámites exigidos para el registro de su Firma Personal. En los últimos tiempos, un elevado porcentaje de usuarios conforma el grupo que busca ingresar diariamente a esta dependencia oficial, procurando cumplir sus metas en ese propósito.

El artículo 26 del Código de Comercio patrio prescribe u ordena: «Un comerciante que no tiene asociado o que no tiene sino un participante, no puede usar otra firma o razón de comercio que su apellido con o sin el nombre.

Puede agregarle todo lo que crea útil para la más precisa designación de su persona o de su negocio: pero no hacerle adición alguna que haga creer en la existencia de una sociedad». La Firma Personal es un distintivo que individualiza la persona del comerciante, a diferencia de la denominación comercial que pertenece al establecimiento o fondo de comercio.

 

La igualdad u homonimia suele ocurrir  

Es común que su nombre y apellido lo lleve otra persona y que también active, como Usted, comercialmente.

Esta circunstancia provoca lo que se conoce, en el mundo jurídico-registral como «homonimia». El artículo 28 de nuestro Código de Comercio prescribe u ordena a este respecto lo siguiente: «Toda razón de comercio nueva debe distinguirse claramente de las existentes y que estén inscritas en el Registro de Comercio.

Lea también

Fotografía de la Rendición  |  Por Adalberto Gabaldón 

Fotografía de la Rendición  |  Por Adalberto Gabaldón 

23/06/2026
El hito histórico del 23 de enero  | Por: David Uzcátegui

Mirando hacia Colombia | Por: David Uzcátegui

23/06/2026
El Mundo Actual:  El Poder de la Alquimia Sanadora Interior el regreso del indígena que todos llevamos por dentro en el corazón de todos !

¿Todos los caminos conducen a un ‘Rescate de la Unidad en la diversidad’ para la Paz – desde Panamá?  |  Por: Frank Bracho

23/06/2026
A VOTAR POR VENEZUELA |  César Pérez Vivas

LA MINERÍA REVOLUCIONARIA | Por: César Pérez Vivas

22/06/2026

Si un comerciante lleva el mismo nombre y apellido de otro que ya lo ha registrado como firma mercantil suya, para servirse en el debe agregarle alguna enunciación que lo distinga claramente de la razón de comercio precedentemente inscrita».

Basta, entonces, con el agregado de otra mención o expresión acorde, que ocupe el lugar de la «enunciación» que la norma exige.

En Jurisprudencia «JTR vol. IV. T.I. págs. 502 y 503.1IC1» extraída del «Código Civil Venezolano Comentado y Concordado » de Emilio Calvo Baca, agosto 1988, pág. 153 leemos sobre esto …»dispone que el nombre de una empresa natural o jurídica es registrable si se presenta bajo una forma peculiar distinta, suficiente para diferenciarlo del mismo nombre cuando lo usen otras personas»…

A través del 0414-0815498, estoy a sus órdenes.

 

Abg. Roque Torres Aguilar

 

Tags: OpiniónRoque Torres

RelacionadoPublicación

Fotografía de la Rendición  |  Por Adalberto Gabaldón 
Opinión

Fotografía de la Rendición  |  Por Adalberto Gabaldón 

23/06/2026
El hito histórico del 23 de enero  | Por: David Uzcátegui
Opinión

Mirando hacia Colombia | Por: David Uzcátegui

23/06/2026
El Mundo Actual:  El Poder de la Alquimia Sanadora Interior el regreso del indígena que todos llevamos por dentro en el corazón de todos !
Opinión

¿Todos los caminos conducen a un ‘Rescate de la Unidad en la diversidad’ para la Paz – desde Panamá?  |  Por: Frank Bracho

23/06/2026
Siguiente
ULA: Otro robo sin que alguien vea o escuche algo

Se incrementan en Mérida los delitos contra la propiedad

Publicidad

Última hora

Sudáfrica enfrenta a Corea en el partido más importante de su historia

Un herido y un detenido tras riña en Boconó 

Infantino defiende las pausas de hidratación: «Son iguales para todos»

Una comisión de la ONU concluye que el Ejército israelí dispara a matar contra los niños en Gaza

México se mide con República Checa en busca de mantener su paso perfecto

Publicidad

Diario de Los Andes

Ediciones

  • Trujillo
  • Táchira
  • Mérida
  • Andes Legales
  • Revista Andina

Síguenos

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password?

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In
No Resultados
Ver todos los resultados
  • Trujillo
  • Boconó
  • Táchira
  • Mérida
  • Inicio
  • Actualidad
  • Entretenimiento
  • Bienestar
  • Política
  • Deportes
  • Sucesos
  • Mundo
  • Opinión
  • Sentido de historia
  • Economía
  • Revista Andina
  • Andes Legales