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Sala Constitucional del TSJ declara inadmisible recurso de amparo contra el CNE

Los magistrados del TSJ consideraron que la acción legal promovida por la abogada María Alejandra Díaz Marín fue temeraria, por lo que, en consecuencia, decidieron suspenderla de manera temporal

por El Nacional
05/11/2024
Reading Time: 2 mins read
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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró esta semana inadmisible el recurso de amparo interpuesto por la abogada María Alejandra Díaz Marín, en representación del Frente Democrático Popular (FDP), luego de que el ente no publicara de manera detallada los resultados de las elecciones presidenciales del 28 de julio.

El recurso que introdujo el FDP el pasado 30 de octubre fue firmado por Díaz, el economista Andrés Giuseppe, el dirigente del partido Redes, Juan Barreto; el coordinador nacional del Bloque Histórico Popular, José Luis Ibrahim Esté, los dirigentes del Partido Comunista de Venezuela (PCV), Oscar Figuera, Yul Jabour y Carlos Ojeda Falcón, así como el presidente de Centrados, Enrique Márquez.

El grupo denunció la ilegalidad del CNE al omitir publicar los resultados detallados y solicitó a la Sala Constitucional del TSJ ordenar al ente electoral a hacer públicas las actas de la elección.

«La no publicación de los resultados de las elecciones es una clara violación del artículo 155 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) y su Reglamento General», indicó el recurso presentado.

 

Suspenden a la abogada que introdujo recurso de amparo contra el CNE ante la Sala Constitucional del TSJ

En la sentencia, los magistrados del TSJ consideraron que la acción legal promovida por Díaz Marín fue temeraria, y como consecuencia decidieron suspender de manera temporal a la abogada por su actuación en este proceso.

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Asimismo, Díaz Marín tendrá que pagar una multa equivalente a 100 veces el valor de la tasa de cambio más alta del BCV, es decir, alrededor de 5.500 bolívares, tomando en cuenta que la divisa referencial es el euro, que este martes está tasado en 55,07 bolívares.

La abogada fue en el pasado asesora legal del Partido Socialista Unido de Venezuela, docente de la Universidad Bolivariana de Venezuela y miembro de la Asamblea Nacional Constituyente.

#ÚltimoMinuto Sala Constitutional del TSJ declaró inadmisible acción de amparo interpuesta contra el CNE y su presunta omisión en publicar resultados del 28J, recurso que los magistrados consideran temerario. La Sala igualmente suspendió a la abogada María Alejandra Díaz Marín pic.twitter.com/VY39UkD4xj

— Eligio Rojas (@ELESPINITO) November 5, 2024

 

Redacción: El Nacional

 

 

 

 

 

 

 

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Tags: CNEDestacadoJusticiaTSJ
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