La Red Trujillana de Organizaciones Sociales (ReTos) socializó en un taller con representantes de la sociedad civil, los alcances y amenazas de la Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las ONG y a Fines, propuesta por el diputado oficialista Diosdado Cabello.
En el debate, los presentes opinaron que dicho marco jurídico atenta contra el espacio cívico en Venezuela, reiteran que el mismo se encuentra en “grave peligro de cierre”. En la socialización del tema, se criticó el instrumento “legal” por tener como objeto el querer afectar a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), controlando sus fuentes de ingreso y hacer partícipe y gestores de estos recursos a las instituciones del Gobierno, para con ello impactar en las actividades de carácter socio-políticas de las llamadas ONG y minimizar sus actividades a su máxima expresión.
Se llegó a la conclusión que el instrumento jurídico es contradictorio con otras Leyes de mayor jerarquía en Venezuela, además le abundan los vacíos legales que dejan a la interpretación del Gobierno su accionar contra las ONG.
El taller dirigido por los abogados Pedro Rivas y Erasmo Velásquez, interpretó que la normativa jurídica presentada por el también primer vicepresidente del gobernante Psuv, es considerada por las organizaciones de la sociedad civil como un instrumento que violaría los estándares de la libertad de asociación, además de contradecir buena parte del marco legal vigente, declararía “inexistentes” las OSC hasta no cumplir con los requisitos establecidos en la propuesta de la también llamada “Ley AntiSociedad”.
Para los participantes del taller, la política contra las OSC descansa en numerosas sentencias, leyes y normativas dictadas a lo largo de 20 años por los poderes ejecutivo, judicial y legislativo, con el fin de anular las capacidades de las organizaciones de la sociedad civil para actuar ante organismos gubernamentales y participar en procesos de decisión pública, incluyendo cortar todo tipo de apoyo y financiamiento público a estas organizaciones; y convertir en motivo de vigilancia, hostigamiento e investigación judicial sus labores, para apoyar o prestar servicios a comunidades y poblaciones vulnerables, defender a víctimas de abusos, discriminación y privación de derechos, y acudir a órganos de protección internacional, al calificarse a priori como “amenazas internas” a la seguridad y soberanía, por su legítimo desempeño autónomo e independiente.
Los ponentes explicaron parte de los alcances y amenazas de la llamada “Ley AntiSociedad”:
- Deja en un limbo jurídico y administrativo a todas las organizaciones y hace inviable su regularización por requisitos que dependen de la discrecionalidad del Estado y que están siendo restringidos;
- Somete a las ONG al control absoluto del Estado, en asuntos concernientes a la libertad y autonomía para definir sus fines, formas de gobierno, acceso a medios de trabajo y funcionamiento, actos que serán autorizados por el Ejecutivo por resolución; convirtiéndolas en inexistentes
- Crea un régimen discriminatorio y segregativo de obligaciones y sanciones para las ONG, con fines persecutorios;
- Establece la presunción y sanción de ilícitos relacionados con supuestos “fines políticos”, no declaración de fondos y su origen o el incumplimiento de registro de información obligatoria, incluyendo el registro para la defensa integral de la nación;
- Coloca en riesgo la continuidad de la atención de la Emergencia Humanitaria, ya que son las OSC (ONG), las que ejecutan como socio implementadores con las agencias de Naciones Unidas.
- Es también claramente un instrumento de represalia, al decir en su presentación que “todas las ONG tienen carácter político” y mencionar una lista de 62 ONG que estarían de antemano perseguidas al aprobarse esta Ley.
- Es una ley regresiva, porqué se pasa de un régimen de notificación a una de autorización y renovación constante. Impone obligaciones a lo interno de las OSC, violando la autonomía, cualquier modificación del objeto debe ser autorizado por el estado; en la actualidad las OSC, pueden actuar en cualquier parte del país, para actuar en cualquier parte del país tiene que ser autorizado por el estado, al exigir que solo son asociaciones las que tengan acta constitutiva, les niega la existencia a las organizaciones de hecho, reconocidas por el código civil.
- Les niega la existencia a las organizaciones ya constituidas, siendo de este modo retroactivo en violación al articulo 24 de la Constitución, que prohíbe normas de carácter retroactivo.
- La ley no toma en cuenta los estándares internacionales de Derechos Humanos. El proyecto toma todo lo negativo de la ley anterior.
- Además de violar la acción pública que debe de tener las leyes, ya que no hubo consulta.
Por: Alexander González CNP 25.770