Qué es la explotación infantil y cómo denunciarla

Una encuesta de la ONG World Visión en 2020 arrojó que 12% de los encuestados estaban al tanto de niños y niñas involucrados en trabajos peligrosos. El trabajo infantil está regulado para evitar la explotación

Foto: José Ángel Núñez /Crónica Uno

 

El artículo 54 de la Constitución nacional establece que ninguna persona podrá ser sometida a esclavitud o servidumbre. La ONG internacional Save The Children precisa que el término de “explotación infantil” incluye el trabajo forzoso, la explotación sexual, el reclutamiento de niños soldados o la esclavitud doméstica.

En Venezuela el trabajo de la infancia y la adolescencia está regulado por la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopnna).

El Consejo de Protección para Niños, Niñas y Adolescentes puede aprobar el trabajo para adolescentes a partir de los 14 años de edad, con un permiso expedido por la Lopnna, que garantice un conjunto de derechos como la seguridad social, la armonía entre trabajo y educación, huelgas, y sindicalización para proteger al adolescente de la explotación.

También, de manera excepcional, se puede autorizar el trabajo de adolescentes menores de 14 años de edad, y de niños y niñas menores a 12 años de edad, para realizar actividades artísticas, con previa autorización emitida por el Consejo de Protección.

En los estados Lara y Trujillo, la Coordinación Regional de Niños, Niñas y Adolescentes Trabajadores (Corenats) acompaña desde 2003 a niños, niñas y adolescentes trabajadores –especialmente en sectores populares del campo– en el proceso de reconocimiento y reivindicación de sus derechos para que estos sean cumplidos individual y colectivamente, con el objetivo de erradicar contextos de explotación infantil.

“Empezamos a desarrollar algunas iniciativas socioproductivas en donde los niños con la familia desarrollan mecanismos relacionados como el tema de los huertos familiares y comunitarios. Se crean espacios donde se encuentran, conversan y analizan su realidad de vida, de trabajo, educación y familiar, para plantear procesos organizativos, para dar respuestas”, explicó Ángel González, acompañante colaborador de la Corenats.

Especialistas entrevistados por Crónica.Uno coinciden que la crisis económica, la deserción escolar, la diáspora y la falta de políticas públicas de prevención para familias de bajos recursos, incrementan la vulnerabilidad de los niños ya que propicia que vean el trabajo en las calles (sin las condiciones de la Lopnna) como una salida para poder sobrevivir, expuestos a las distintas formas de explotación infantil.

“La impunidad también podría ser un factor que influye. Detrás de cada niño explotado, hay un adulto que se aprovecha. Entonces, en la medida que estos hechos no se sancionen, no se castiguen, no se investiguen; esta forma de violencia seguirá marcando la vida de muchos niños”, puntualizó Carlos Trapani, coordinador general de la ONG Cecodap.

La ONG internacional World Vision reportó en un estudio que, durante la pandemia por covid-19 en 2020, alrededor de 12% de encuestados manifestó conocer a niños y niñas involucrados en trabajos considerados difíciles o peligrosos.

Desde que el Instituto Nacional de Estadísticas y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) en 2007 señaló que al menos 80774 jóvenes entre 10 y 15 años estaban incorporados a la fuerza laboral, no se conocen cifras actualizadas. Trapani insistió en que la falta de datos oficiales es un factor que aumenta el riesgo al que están expuestos los niños en este contexto, ya que invisibiliza –dentro de la población infantil– quiénes son los más vulnerados, territorialmente dónde están y cuál es el tipo de explotación que más se ejerce.

Nelson Villasmil, del Consejo de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes del municipio Sucre en el Distrito Capital, enumera los siguientes tipos de explotación infantil:

¿Tú qué puedes hacer?

Si sabes de algún caso de explotación infantil puedes dirigirte a:

Todas las personas que sepan de algún caso de explotación infantil tienen el derecho y el deber de denunciar. No es necesario tener algún vínculo sanguíneo o cercano con la o las víctimas.

En los casos de explotación infantil, en cualquiera de sus modalidades, se deben iniciar dos procedimientos en paralelo. Uno para proteger a la víctima de sus victimarios y otro para establecer las responsabilidades civiles, penales y administrativas y sancionar al o los responsables de la violación a los derechos y garantías de los, niños, niñas y/o adolescentes víctimas, resaltó Villasmil.

“El Estado tiene el deber de garantizar a la población infantil la continuidad escolar, escuelas accesibles, seguras, con docentes suficientes, que cuenten con programas de alimentación escolar, la mejora en los servicios públicos, así como políticas públicas, campañas de sensibilización en escuelas y comunidades que permitan visibilizar esta forma de violencia”, puntualizó Gloriana Faría, asesora de abogacía de Aldeas Infantiles SOS Venezuela.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Salir de la versión móvil