Personas naturales pueden aplicar desgravámenes a la declaración ISLR

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) recuerda a las personas naturales que al momento de realizar la declaración de correspondiente al ejercicio fiscal 2020, podrán aplicar dos tipos de desgravámenes (rebajas).

En tal sentido, los desgravámenes son montos que la ley permite “desgravar” de la renta de un contribuyente; existen dos tipos: el desgravamen único y el detallado de acuerdo a lo establecido en los artículos 57 y 58  de la ley.

El desgravamen único que consiste en la deducción de 774 Unidades Tributarias (1.161.000,00), sin necesidad de presentar ningún tipo de soporte (facturas).

En cambio, el desgravamen detallado incluye la deducción por concepto de pagos efectuados por el contribuyente, para satisfacer ciertas necesidades básicas como:

Cabe destacar, que deben justificar estos pagos ante cualquier requerimiento de Administración Tributaria y mientras no prescriba la obligación, asimismo dichos pagos deben ser efectuados dentro del año gravable y los comprobantes respectivos deberán ser anexados a la declaración anual de rentas.

En el marco de la campaña de declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), el SENIAT exhorta al contribuyente a cumplir con este compromiso con la Nación. En tal sentido se coloca a disposición las vías de comunicación para  aclarar las dudas que presenten las personas naturales y jurídicas.

Portal SENIAT: www.seniat.gob.ve

Línea telefónica: 0-8000-SENIAT (0-8000-736428)

Correo electrónico: asiste@seniat.gob.ve

De manera presencial: En cualquiera de nuestras Sedes y  Centros Comerciales funcionales durante el operativo

 

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