OVP: En Tocuyito mantienen bajo sedación a detenidos con ataques de pánico 

Foto: Archivo

 

Cientos de personas detenidas durante la represión postelectoral y que posteriormente fueron trasladadas al Internado Judicial de Tocuyito, estado Carabobo, se encuentran encerradas en sus celdas durante las 24 horas del día, sin acceso a actividades deportivas ni a la luz solar. Estas condiciones de reclusión, denunciadas por los familiares ante el Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP), han generado en los detenidos ansiedad, ataques de pánico y otros problemas de salud mental.

De acuerdo con los familiares, los detenidos sólo son sacados de sus celdas durante la visita semanal, que dura aproximadamente 35 minutos. Sin embargo, tras una denuncia pública realizada por el OVP, se permitió que los familiares pudieran despedirse con un abrazo, aunque algunos no pueden asistir regularmente por las dificultades económicas que implica el traslado de un estado a otro.

En la última visita, madres, esposas y hermanas expresaron su preocupación tras conocer que algunos detenidos han sufrido episodios de ansiedad, estrés y desmayos. Según los testimonios de los reclusos y funcionarios del penal, a algunos de ellos presuntamente se les habría administrado el medicamento Diazepam para “calmarlos”, aunque los familiares indican que los observan sedados y no en condiciones óptimas.

Los familiares también relataron que, al llegar a la visita, algunas madres fueron informadas de que no podrían ver a sus seres queridos porque estaban en la enfermería. La única explicación que recibieron fue que los detenidos habían sufrido ataques de pánico y estaban siendo atendidos. Sin embargo, no obtuvieron detalles sobre lo que realmente sucedía ni sobre el estado físico de los internos, dejando a las familias en la incertidumbre acerca de la veracidad de esta situación y la condición de sus familiares.

Pero, ¿qué es el Diazepam? Es un medicamento que se utiliza principalmente como ansiolítico, relajante muscular y anticonvulsivo, según explicó un médico consultado por el equipo de OVP. Su administración requiere prescripción y supervisión médica debido a sus efectos y posibles riesgos para la salud.

“Una persona a la que le van a suministrar Diazepam debe pasar por una serie de evaluaciones médicas, debe ser sometido a exámenes de laboratorio, evaluación física y hasta psicológica, para determinar si la persona es apta para el consumo de este medicamento”, manifestó el médico. Según las denuncias presentadas por los familiares ante el OVP, no hay indicios de que las personas a quienes se les administra Diazepam hayan pasado por una evaluación médica exhaustiva.

“Un funcionario del penal nos contó cómo los muchachos se desesperan allí adentro, se desmayan  y lo que hacen es dormirlos, hasta nos dijo que denunciemos al Ministerio para el Servicio Penitenciario porque esto no estaba bien. Nos da miedo  que pueda pasar con ellos, nos da miedo que ese medicamento los pueda matar o que ellos mismos puedan atentar contra sus vidas”, dijo una de las madres.

En ese sentido, el médico consultado por OVP indicó que el uso indiscriminado de Diazepam puede causar dependencia, así como también puede causar graves daños en el sistema nervioso central. “Este medicamento está contraindicado a personas que son alérgicas a benzodiacepina, con problemas respiratorios graves, con insuficiencia hepática y con antecedentes de consumo de drogas. También para personas con depresión severa, pues sus síntomas pueden empeorar”, explicó el médico.

Por otra parte, recomendó que los detenidos que están presentando desmayos, o lo que ellos consideran ataques de pánico, sean trasladados de manera inmediata a un centro de salud, para que sean evaluados por especialistas.

Desde el OVP instamos a los familiares a solicitar una evaluación médica forense para esclarecer si el suministro de medicamentos cuenta con una prescripción adecuada. Además, es importante reiterar que a las personas privadas de libertad en la cárcel de Tocuyito constantemente se les vulneran sus derechos a la educación, al deporte, a la recreación e, incluso, al acceso a la luz solar, lo que puede causar graves consecuencias para su salud.

Estos derechos están consagrados en el artículo 46 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cuyo numeral 1 establece que “ninguna persona puede ser sometida a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”; y el numeral 2 dispone que “ninguna persona será sometida sin su libre consentimiento a experimentos científicos, o a exámenes médicos o de laboratorio, excepto cuando se encontrare en peligro su vida o por otras circunstancias que determine la ley”.

Recordemos que Venezuela es signataria de instrumentos internacionales que también protegen estos derechos, por lo que la situación actual representa una violación sistemática de estas leyes y tratados por parte del Estado venezolano.

Prensa Observatorio Venezolano de Prisiones 

 

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