El financiamiento para la agricultura es una de las herramientas fundamentales en cualquier Nación, las políticas de gestión financieras de carácter público y privado son permanentes y constituyen los soportes del desarrollo sostenible de la agricultura con una visión estratégica de Estado, el financiamiento corresponde a la gran política para atender los requerimientos de los planes agrícolas, las fuentes de financiamiento provienen de recursos púbicos, finanzas del sistema bancario privado y de fondos internacionales creados por las Naciones, para atenderlos en casos de emergencias por catástrofes naturales o hechos imprevistos como las endemias ,el financiamiento con los recursos presupuestarios de los gobiernos son la inversión pública productiva para atender los requerimientos de la infraestructura agrícola, el sistema financiero público y privado se encarga de la atención de las necesidades de créditos de los agricultores y de todo el sistema agroalimentario con el objeto de cumplir las metas de producción propuestas en el Plan Económico de la Nación
Para el financiamiento para La agricultura nacional ,el Estado Venezolano ha provisto de las normativas jurídicas de obligatorio cumplimiento para el financiamiento del sector de la economía del sector primario, mediante la ley de Financiamiento Agrícola que establecen el manejo y la disposición de los recursos de la denominada cartera agrícola del sistema financiero pública y privada, la ley determina que se dispondrá anualmente para el financiamiento del sector agrícola el 30 % del monto global de recursos financieros de todos los sectores de la economía, los interés serán preferenciales de acuerdo a resoluciones administrativas del Banco Central de Venezuela , estas disposiciones son violadas por el propio Estado quien las incumple, la primera violación de la ley de Crédito Agrícola la efectúa los integrantes del gabinete ministerial que integran la Vicepresidencia Ejecutiva de Desarrollo Económico, el BCV y SUDEBAN, donde jamás han anunciado con carácter público, en gaceta oficial los montos disponibles para financiar el sector primario de la economía, la segunda violación es la incapacidad y complicidad en la supervisión por parte de SUDEBAN al no obligar al sistema financiero público y privado al cumplimiento de la Ley y al otorgamiento de los créditos agrícolas, solo estableciendo sanciones pecuniarias por incumplimiento con multas insignificantes al sistema financiero.
Toda la banca privada considera que los créditos agrícolas son de alto riesgo, discriminado de hecho a los agricultores, cada institución bancaria privada establece sus propios criterios de recaudos, cada institución bancaria su directorio y propietarios establece los formatos de solicitudes, crean su propia ley interna apegados a los rígidos procedimientos, con el propósito de justificar que los agricultores son quienes no cumplen sus exigencias y por tal razón no pueden aprobar las solicitudes de crédito, asumiendo los benévolos pingues sanciones establecidas por SUDEBAN por no cumplir la ley de Crédito Agrícola,.
La banca pública que administra los recursos financieros dispuestos por el Estado para la cartera agrícola , todas las instituciones financieras publicas ninguna está recibiendo solicitudes de crédito agrícola, por tal razón ninguna institución financiera publica está otorgando crédito a los agricultores, de hecho los agricultores están impedidos de entregar los recaudos ya que los ejecutivos y personal de la banca pública no les recibe los expedientes , la argumentación es la resolución del BCV que obliga a todo el sistema financiero público y privado a cumplir con el encaje bancario del 85% de los recursos financieros, el otro formato establecido como modos operandi es implementado por el Ministerio de Agricultura y Tierras y las empresas públicas Agrofanb y Agrosur, creando un Monopolio capturando todo el monto disponible de la cartera agrícola de la banca pública practica perversa, donde se trasforman en ser intermediarios exclusivos para el otorgamiento a discreción mediante contratos leoninos de financiamientos a los agricultores que se atreven en los cultivos de ciclo corto como maíz, arroz y la cría de cerdos y pollos. La creación del Monopolio financiero por el propio gobierno y el de disponer de toda la cartera agrícola publica es considerada de hecho la violación a la propia Constitución Nacional que en su artículo 113. No se permite monopolios. Se declaran contrarios a los principios fundamentales de esta Constitución cualquier acto, actividad. Conducta, o acuerdo de los y las particulares que tengan por objeto el establecimiento de un monopolio o que conduzcan por sus efectos reales e independiente de la voluntad de aquellos o aquellas, a su existencia ……..
Los agricultores venezolanos son segregados, por el sistema financiero público y privado, es el propio Estado quien los somete a la exclusión en sus derechos económicos establecidos en el artículo 112 de la Constitución Nacional. Todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin más limitaciones que las previstas en esta Constitución y las que establezcan las leyes, por razones de desarrollo humano, seguridad, sanidad, protección del ambiente y otras de interés social……
Los agricultores en sus unidades producción de pequeña , mediana escala que representan el 95 % de la producción de la agricultura familiar, que constituyen el sistema agroalimentario venezolano, están siendo segregados social y económicamente en recibir el beneficio de los créditos de la cartera agrícola, la producción alimentaria que adquieren con la mayor dificultad económica con salarios y bonos miserables que reciben toda la población venezolana, todos los alimentos frescos , como huevos, carnes, pescado, hortalizas, café, papa , frutas, plátanos, auyamas, raíces , tubérculos es suministrado por el mayor de los esfuerzos sostenido a todo pulmón y con sus limitados recursos económicos por los granjeros, ganaderos, pescadores , agricultores y conuqueros, superando todos los obstáculos, escases de combustibles, coimas en alcabalas .
Los agricultores venezolanos actualmente no son sujetos jurídicos de ser beneficiados de un crédito del sistema financiero público y privado, no somos beneficiarios de la cartera agrícola como guinda para justificar la exclusión de los agricultores por parte del sistema financiero público y privado argumentan el contenido de la ley Tierras y Desarrollo Agrario del 2010, donde la tierra de uso agrícola le pertenece al Estado y no se puede dar como garantía para las solicitudes de créditos agrícolas. Venezuela es el único país del Mundo donde los agricultores no reciben créditos agrícolas.
Los agricultores están totalmente descapitalizados, las unidades de producción apenas llegan al 10 % de la superficie cultivable, los volúmenes de cosecha, recolección, beneficio, cada día la producción es más baja, las causas de la situación económica vigente , ausencia de combustibles, hiperinflación , dolarización de los costos de producción, la baja rentabilidad de la actividad económica de la agricultura, las consecuencias surgirán de inmediato en los días venideros ,se incrementara la escases de los alimentos frescos , profundizando la crisis económica actual, situación preocupante…!.OIDOS SORDOS NADIE ESCUCHA..!
aliriorangel1959@gmail.com
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