La providencia del Seniat específica que en los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la Unidad Tributaria aplicable será la vigente por lo menos 183 días continuos del período respectivo
Mediante Gaceta Oficial N° 41.388 de fecha 02 de mayo de 2018, fue publicada una Providencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria de quinientos Bolívares (Bs. 500,00) a ochocientos cincuenta Bolívares (Bs. 850,00).
Esta Providencia Administrativa entró en vigencia el 1° de mayo del presente año
La providencia del Seniat específica que en los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la Unidad Tributaria aplicable será la vigente por lo menos 183 días continuos del período respectivo. Por su parte, los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la Unidad Tributaria aplicable será la vigente para el inicio del período.
Con Información: EU