(Mérida, 08/06/2025).- Cuando Luis Gerardo Vargas, funcionario de la Policía Nacional Bolivariana (PNB), mató al latonero Wuilderman Paredes Moreno (32), la hija de este era una bebé de seis meses. Su madre y su pareja también dependían de él, pero ninguna de las tres ha recibido ningún tipo de reparación por parte del Estado, a pesar de que el asesinato de la víctima fue una ejecución extrajudicial ordenada por el jefe de la PNB de Mérida.
La noche del sábado 8 de junio de 2019, personas que tenían una semana en cola para poner gasolina a sus vehículos en la estación de servicio de Los Llanitos de Tabay, municipio Santos Marquina del estado Mérida, comenzaron a protestar por la recarga constante de combustible de una patrulla de la PNB. En medio de esa manifestación se encontraban Wuilderman Paredes y sus dos primos: Luis y Gerardo. Los tres fueron víctimas del ataque armado que ordenó Juan Bautista Cordero Freites, director de la PNB regional, para disipar la protesta.
Más de un año y tres meses después del asesinato, el primer juicio por este caso llegó a sentencia: el juez del Tribunal Penal de Juicio N° 05 del estado Mérida, José Gerardo Pérez Rodríguez, condenó a 18 años de prisión al funcionario Luis Gerardo Vargas, pero dejó en libertad plena a los otros cinco PNB implicados en el hecho, incluido el jefe de todos y autor de la orden de ataque: Juan Bautista Cordero Freites.
Uso excesivo de la fuerza: un patrón de violación de DD. HH. en Venezuela
En el informe Perder la vida por unos litros de gasolina a manos de funcionarios policiales en Venezuela, publicado en octubre de 2019, el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA) señaló que «la actuación policial en la Estación de servicio Los Llanitos de Tabay no constituye un hecho aislado. Hay un patrón de actuación de los órganos de seguridad del Estado violatorio de los estándares internacionales sobre el uso progresivo y diferenciado de la fuerza».
El documento hace referencia a más de una veintena de hechos registrados en la región andina desde 2017, donde el uso excesivo y no diferenciado de la fuerza por parte de funcionarios policiales y militares cegó la vida o causó lesiones irreparables a personas desarmadas. En todos estos casos, la justicia actuó de forma parcializada, promoviendo la impunidad y la retaliación contra las víctimas o sus familiares.
Los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, adoptados por la Organización de Naciones Unidas el 7 de septiembre de 1990, en su 8vo. Congreso sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, establecen las disposiciones destinadas a asegurar y fomentar el papel que corresponde a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en los Estados Miembros de la ONU.
Otro instrumento internacional que establece el uso progresivo y diferenciado de la fuerza pública es el Código de Conducta para los Funcionarios Encargados de hacer Cumplir la Ley, aprobado el 17 diciembre 1979 en la Asamblea General de Naciones Unidas. Este código señala en su artículo 2 que, en el desempeño de sus tareas, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respetarán y protegerán la dignidad humana y mantendrán y defenderán los derechos humanos de todas las personas.
Justicia parcializada e impunidad
El equipo jurídico del ODH-ULA asumió la representación legal de las víctimas directas y por extensión de este caso. Sin embargo, el sistema de justicia le ha impedido ejercer plenamente su defensa por la imposición de limitaciones y múltiples irregularidades en el debido proceso.
Como se detalla en el referido informe de este observatorio, el primer juez asignado al caso, Carlos Márquez, se identificaba abiertamente con el partido de gobierno (PSUV) y durante las protestas sociales de 2017 fue uno de los principales jueces a cargo de procesar entre 30 y 50 manifestantes detenidos arbitrariamente.
Este juez provisorio, mientras estuvo frente al caso de Wuilderman Paredes, se caracterizó por no cumplir con las horas fijadas para las actuaciones correspondientes, diferirlas arbitrariamente e incumplir las debidas formalidades procesales. Su primera actuación irregular fue desestimar la acusación particular de las víctimas, impidiéndoles su participación en el proceso.
El segundo juez asignado al caso, José Gerardo Pérez Rodríguez, tampoco actuó de forma imparcial, dictando libertad plena a cinco de los seis funcionarios implicados en el asesinato de Wuilderman Paredes y las agresiones contra sus primos Luis y Gerardo. Pese a que la Fiscalía impugnó la sentencia, la Corte de Apelaciones declaró inadmisible el recurso de apelación.
El 6 de abril de 2021 salieron en libertad Juan Bautista Cordero Freites, jefe de la PNB Mérida, y Fredy Bladimir Rodríguez, funcionario que agredió a Gerardo Paredes. Posteriormente, la defensa del único policía condenado, Luis Vargas, interpuso un recurso de apelación y la Corte de Apelaciones decidió retrotraer el caso a un nuevo juicio, emitiendo órdenes de captura contra los funcionarios que habían sido liberados.
Sin embargo, hasta la fecha de esta nota de prensa, Juan Bautista Cordero Freites y Fredy Bladimir Rodríguez permanecen prófugos de la justicia, y un tercer juicio por este caso sigue en curso con cuatro policías procesados: Luis Gerardo Vargas (en prisión), Daniel Antonio Vivas Albornoz, Junior Enrique Valero Ortega y Erica del Carmen Peña Sánchez (los tres en libertad condicional).
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