Luego de ser anunciada una nueva reconversión monetaria compuesta por monedas de 0,50 céntimos y 1 bolívar, así como billetes de 2, 5, 10, 20, 50, 100, 200 y 500 bolívares, las obligaciones de pago en moneda nacional deberán indicar que se denominan en la nueva unidad mediante la expresión “Bolívares Soberanos” o el símbolo “Bs.S”.
Esta medida implica la entrada en circulación de un nuevo cono monetario a partir del próximo lunes 4 de junio.
A través de la Gaceta Oficial N° 41.366 de fecha 22 de marzo fue publicado el Decreto N° 3.332 de la Presidencia de la República, que el bolívar resultante de esta reconversión, continuará representándose con el símbolo “Bs.”, siendo divisible en cien (100) céntimos. En consecuencia, todo importe expresado en moneda nacional antes de la citada fecha, deberá ser convertido a la nueva unidad, dividiéndolo entre mil (1.000).
De acuerdo con el texto legal, a partir del 4 de junio de 2018, las obligaciones de pago en moneda nacional se solventarán mediante la entrega, por su valor nominal, de los signos monetarios que representen al bolívar reexpresado.
A tales fines, la campaña integral divulgativa y formativa de la reconversión monetaria asegurará el proceso de aprendizaje en materia de conversión y redondeo de precios, mediante el establecimiento de reglas y ejemplos prácticos que permitan ilustrar los efectos de la reconversión; sensibilizará sobre la importancia y utilidad de la medida de reconversión; advertirá los mecanismos, lapsos y detalles operativos del proceso; enfatizará sobre las características físicas de las nuevas especies monetarias; y recomendará medidas de precaución para proteger a la población.
Emén