Municipio San Rafael de Carvajal | Por: Luis Huz Ojeda

Trastes de Barro emblema artesanal Carvajalense.

 

Carvajal comienza a adecuarse jurídicamente a la nueva realidad político territorial del estado Trujillo y el país después haber cumplido doscientos tres años de su fundación.

 

Historial Jurídico

Esto acontece a mediados del mes de enero de 1873 cuando en su condición de Presidente de la República el General Guzmán Blanco promulga una sucesión de leyes que en ese entonces fueron un trascendental acontecimiento legislativo de notable alcance para la nación. Entre otras legislaciones establece el matrimonio civil, primero que el eclesiástico con carácter obligatorio. Proclama los Códigos de Hacienda, Militar y de Procedimiento Civil. Crea en cada parroquia existente en el país el Registro Civil y establece que la administración del mismo la ejecute la jurisdicción civil con facultades para asentar casamientos, nacimientos y fallecimientos, destacando que antes de estos cambios jurídicos, era la Iglesia Católica quien realizaba estas actividades de orden legal. Estas innovaciones empiezan a emplearse en la región trujillana durante el mes de abril de 1873, al momento de abrir cada autoridad civil los referidos libros de registro, después que la Asamblea Legislativa del Estado Los Andes, Capítulo Trujillo, modificó la ordenación político territorial del Estado, hasta ese momento estaba conformado por seis departamentos, surgiendo de esta reforma un séptimo departamento, distinguido con el nombre de Guzmán Blanco, constituido con las parroquias La Quebrada Vieja; Jajó y La Mesa de Esnujaque, que antes de esta aplicación legal formaban parte del Departamento Valera. Esta misma disposición legal eleva la aldea de Carvajal a Parroquia Civil y Eclesiástica con el nombre de San Rafael de Carvajal, adicionada al Departamento Valera.

En 1956, una vez transcurridos 119 años de este acontecimiento, la Asamblea Legislativa del Estado Trujillo aprueba una nueva reforma a la Ley de División Político Territorial del Estado Trujillo, esta legislación eleva la parroquia San Rafael de Carvajal a Municipio Foráneo adjunto al Distrito Valera. Del mismo modo, en el año de 1968 la Asamblea Legislativa del Estado Trujillo declara a Carvajal como zona urbana del Distrito Valera.

Cumplidas varias décadas, luego de un minucioso trabajo jurídico geográfico, el 14 de junio de 1989 la Asamblea Legislativa del Estado Trujillo, actuando en el marco de sus atribuciones legales, aprueba de forma unánime la Reforma de la Ley Político Territorial del Estado Trujillo. Esta nueva aplicación jurídica devino en el canje de las circunscripciones municipales foráneas Carvajal y La Cejita, anexas del Distrito Valera, a parroquias del ahora Municipio Autónomo San Rafael de Carvajal. Ordenando de esta forma la organización de esta entidad federal a lo previsto en la Ley Orgánica de Régimen Municipal y la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público. Posteriormente, el 20 de diciembre de 1995, la Asamblea Legislativa del Estado Trujillo ejecuta un nuevo proceso de Reforma Parcial de la Ley de División Político Territorial del Estado Trujillo, y aprueba en su artículo 22 la creación de las Parroquias: Campo Alegre, capital Campo Alegre y José Leonardo Suárez, capital Las Mesetas, elevándose de este modo a cuatro las parroquias adscritas al Municipio Autónomo San Rafael de Carvajal del estado Trujillo.

 

Perímetro Territorial 

Su ámbito territorial ocupa una extensión de 77 km2, área conformada por una franja de terreno extendido en una alargada planicie, bordeada por los ríos Motatán y Jiménez, situada en el Centro-Occidente del Estado Trujillo, a una altitud de 657 Metros sobre el nivel del mar, con una temperatura media de 24º.

 

Límites

Sus demarcaciones geográficas son: Norte-Este: Limita con las parroquias Pampanito II del Municipio Pampanito y Chiquinquirá del Municipio Trujillo, desde el punto de confluencia del río Motatán, coordenadas N-1.046.000-E-328.450; siguiendo aguas arriba el curso del río Jiménez hasta el sitio denominado Pie de Loma de los Caballos, coordenadas N-1.027.850-E-329.600. Sur: Limita con las Parroquias Santiago del Municipio Urdaneta y La Beatriz del Municipio Valera, desde el último punto descrito se sigue por toda la fila de la Cordillera del Alto de la Cruz hasta el nacimiento de la Quebrada de Aguas Negras, coordenadas N-1.024.65.-E-325.050. Oeste: Limita con las Parroquias Beatriz, Juan Ignacio Montilla, Mercedes Díaz, San Luis de Municipio Valera, Motatán y Jalisco del Municipio Motatán hasta su confluencia con el río Jiménez, coordenadas N-1.046.000-E-328.450, al punto de partida.

 

Población

El último Censo Nacional de Población  realizado por el Instituto Nacional de Estadísticas en el año 2011 revela que tiene una población de 61.544 habitantes, divididos en 30.253 hombres y 32.081 mujeres, con una densidad poblacional de 851.58 habitantes por Km2.

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