En el decreto N° 004 emitido por el alcalde del municipio Boconó a partir del viernes 27 de marzo, se modifican los horarios de atención al publico de locales comerciales, de lunes a lunes.
Los mercados municipales, mayoristas y Matadero Municipal podrán abrir entre las 7:00 a.m. y las 3:00 p.m. las farmacias de: 7:00 a.m. a 6:00 p.m. loncherías: de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. restaurantes de: 12:00 m. a 6:00 p.m. comida rápida de: 12:00 m. a 6:00 p.m. fruterías y verdulerías de: 7:00 a.m. a 3:00 p.m. panaderías y pastelerías: 7:00 a.m. a 3:00 p.m. supermercados, minimarket, abastos, bodegas, carnicerías y charcuterías de: 7:00 a.m. a 3:00 p.m. agropecuarias e insumos agrícolas: 7:00 a.m. a 3:00 p.m. venta de repuestos para vehículos, motos y lubricantes: 7:00 a.m. a 3:00 p.m.
Se establece el uso obligatorio de guantes y mascarillas que cubran la boca y nariz, para cualquier actividad comercial que se desarrolle. En el caso de expendio de alimentos preparados, se mantiene la obligatoriedad del servicio de llevar y entrega a domicilio por parte de estos comercios.
En dicho decreto se suspende de manera temporal las licencias de actividades económicas de los comercios no autorizados para prestar servicios, al igual que, las licencias de licores, mientras dure la cuarentena social y colectiva, declarada en el Estado de Alarma.
De igual manera, se prohíbe la presencia de vendedores ambulantes en sitios públicos, calles, avenidas y las afueras de los centros hospitalarios del municipio Boconó.
El incumplimiento del presente decreto, se sancionará conforme al procedimiento de las faltas contra el orden público y el caso se remitirá al Ministerio Público, conforme a las disposiciones consagradas en el Código Orgánico Procesal Penal.