Por: @AlexGonzalezDigital CNP 25.770
La coalición magisterial del estado Trujillo notificó ante la Fiscalía Superior del Estado, Defensoría del Pueblo, Asamblea Nacional (sub Comisión de Educación), la Fiscalía General de la República y hasta al despacho del gobernador Gerardo Márquez, sobre las pretensiones ilegales de querer partidizar la educación en la entidad.
Hace dos semanas atrás el mandatario trujillano anunciaba que ahora serían las diversas instancias que conforman el gobernante Psuv, quienes propondrán y designarán casi 3 mil cargos de los planteles educativos de la entidad, a quienes se les exigiría como requisito indispensable ser “militantes activos de la revolución”.
La coalición magisterial integrada por SINPROTEC-FEV, SINTRAENSEÑANZA – FETRAENSEÑANZA, SUMA-FETRAMAGISTERIO, SINPRODO- CPV, SILET-FENATEV, SINVEMA-FVM, Asociación de Jubilados y Pensionados, FESLEV –CLEV consideran que el mandatario trujillano estaría violentando el marco jurídico venezolano, en donde la misma Carta Magna prohíbe la “injerencia partidista” en la educación.
“Nos dirigimos a usted con el debido respeto, para hacer de su conocimiento, lo siguiente: la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela nos acredita como educadores en su Artículo 104,… ‘la Educación estará a cargo de personas de reconocida moralidad y comprobada idoneidad, y el ingreso, promoción y permanencia serán por criterios de evaluación de méritos y sin injerencia partidista’” (…) Señor Gobernador, le recomendamos que se dedique a solventar los problemas del sector educativo que son demasiados y no a crearlos».
Los educadores insisten que el vigente Reglamento de la Profesión Docente refiere que el personal directivo y de supervisión del sistema escolar, además de ser venezolano y poseer el título profesional correspondiente al cargo que ostenta, ordena que los cargos directivos de los planteles oficiales y los de supervisión se proveerán mediante concursos de méritos o de méritos y oposición, en la forma y condiciones que establezca el reglamento, más no establece que serán propuestos y/o designados por estructuras de organizaciones partidistas alguna.
Por el contrario, el artículo 12 de la vigente Ley Orgánica de Educación estipula que no está permitida la realización de actividades de proselitismo o propaganda partidista en las instituciones y centros educativos del subsistema de educación básica, por cualquier medio de difusión, sea oral, impreso, eléctrico, radiofónico, telemático o audiovisual. Complementa el literal “b” de ese mismo artículo que en ninguno de los niveles del subsistema de educación básica, puede utilizarse el aula de clases y la cualidad de docente para actividades de carácter partidista.
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