Maestros sin respuesta sobre la III convención colectiva

Maestros sin repuesta sobre la III Convención Colectiva

 

En vista de  no haber obtenido repuesta satisfactoria hasta los momentos, los maestros trujillanos reiteran su exigencia  al estado-patrono presidencial de Nicolás Maduro y educativo de Yelitze Santaella  darles la oportunidad de una calidad de vida digna y suficiente, derecho vigente en el ordenamiento jurídico venezolano, C.R.B.V. art 91, LOTTT 98, afectada  pública y progresivamente por este binomio patronal y oficialista del bolivarianismo.

Así lo señaló el presidente del Suma –Trujillo-Fetramagisterio Miguel Briceño, quien expuso que ahora tienen una bonita oportunidad socialista de honrarla a través del proyecto, III  C.C.U introducido por 17 federaciones sindicales signatarias nacionales y admitido por el MPPT.

Recordó que dicha propuesta magisterial de convención colectiva contiene 66 cláusulas contractuales, 10  cláusulas  son del personal obrero, administrativo y 56 corresponden a los educadores donde dos cláusulas aparentemente son nuevas y de obligación del estado venezolano (coronavirus, materiales e insumos para la protección de los trabajadores), 54 cláusulas tienen el mismo tenor de la II C.C.U., solo cambian los porcentuales y los días de salario para los beneficios, servicios H.C.M. Para los educadores y su grupo familiar: 6.521,73$, funerarios 4.347,82$, Bono vacacional y recreacional: Educadores activos, jubilados, interinos, pensionados, sobrevivientes :180 días salario integral, bonificación de fin de año, Educadores activos, jubilados, interinos, pensionados, sobrevivientes:180 días salario integral, prima aspecto propio del docente:60 días salario de acuerdo a la categoría docente, compensación académica: Esp.: 50%,  Maestría 60%, Doctorado: 70%, prima de transporte: 60 días salario, Inicio de año escolar: 30 días salario, adquisición de uniformes: 75 días salario, recreación, Semana Mayor: 90 días de salario, Contribución asistencial para la adquisición de medicinas: 28 días de la asignación mensual.

 

III Convección contractual

Explicó Briceño que  esta propuesta salarial III C.C.U, fue depositada en el M.P.P.T., el 21 -12-21 y admitida en el propio Ministerio, sin que hasta el momento hayamos tenido repuesta alguna, allí se  incluyen los incrementos salariales, trimestrales a partir del abril 2022: 40% , julio: 40%,octubre: 60%, enero 2023: 60%, abril: 40%, octubre: 60%, enero 2024: 60%, total porcentual: 360%. Además de la  deuda contractual con los educadores activos, jubilados, pensionados, interinos y sobrevivientes del 280% de aumento contractual con sus respectivas incidencias del año 2018, 36 meses de retroactividad, pago de jubilaciones dignas y en condiciones de esclavitud salarial y laboral del siglo XXI.

Afirmando el presidente del Suma que  durante la vigencia de la II.C.C.U., se violó progresiva y sistemáticamente la calidad de vida de los maestros y su grupo familiar establecida en la CRBV, Art 91 en concordancia con la L.O.T.T.T, Art. 98.

 

El Estado Patrono debe dignificar al maestro

Para  finalizar , Briceño dijo “basta ya de constantes y reiteradas falsos positivos contractuales, de vulgares y abiertas manipulaciones laborales, de coacciones socialistas, de ofertas engañosas, de inmediateces revolucionarias estériles que solo dejan desesperanza en los diálogos laborales, de verbosidad pública y comunicacional y de quebrantamientos contractuales y constitucionales, llegó la hora,  el momento y el día, que puede dignificar al  educador venezolano pues cuentan con todo el poder político y financiero, ahora, sin justificación alguna, cumplan con la vigencia del estado social de justicia y derecho que diaria y públicamente pregonan.”

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José Rojas

jose.rojas@diariodelosandes.com

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