Por: Erika Hernández
Han pasado 25 años y el caso de Linda Loaiza López Soto sigue siendo una herida abierta en la justicia venezolana. El 27 de marzo de 2001, una joven de 18 años que había llegado a Caracas desde Mérida para estudiar veterinaria en la Universidad Central de Venezuela fue secuestrada y sometida durante casi cuatro meses a una cadena de agresiones físicas, psicológicas y sexuales que casi le cuesta la vida. El 19 de julio de ese mismo año fue rescatada en Los Palos Grandes. Desde entonces, su existencia quedó atravesada por dos batallas que terminaron fundiéndose en una sola: sobrevivir a las secuelas de la violencia y conseguir justicia.
No ha sido una trayectoria fácil. El cautiverio dejó a Loaiza consecuencias físicas que exigieron más de 15 intervenciones quirúrgicas, además de tratamientos psicológicos, psiquiátricos y de rehabilitación. Al mismo tiempo, ha tenido que luchar contra el Poder Judicial venezolano, en un historial que ha estado marcado por absoluciones, apelaciones, diferimientos, recusaciones y años de espera.
En el primer proceso judicial, Luis Antonio Carrera Almoina (conocido mediáticamente como el Monstruo de Los Palos Grandes) fue absuelto de los principales cargos relacionados con la violencia sexual y otros delitos denunciados por Loaiza. Posteriormente fue condenado a seis años de prisión por privación ilegítima de libertad y lesiones gravísimas, una pena que cumplió y que no incluyó una condena por violación.
El proceso dejó además una huella que trascendió los expedientes. La defensa del acusado intentó instalar una narrativa sobre la vida sexual de Loaiza y llegó a sostener que ambos habían tenido una relación. Ella siempre negó esa versión y ha denunciado que esas estrategias contribuyeron a desviar la discusión sobre la violencia que sufrió y a colocarla, como ocurre tantas veces con las sobrevivientes de delitos similares, en el banquillo de los cuestionamientos.
La joven que había llegado a Caracas con la intención de convertirse en veterinaria terminó estudiando Derecho. La indignación ante la respuesta de las instituciones se transformó en un impulso por conocer las herramientas jurídicas para defender su propia causa.
Su lucha llegó hasta el sistema interamericano. En 2018, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró responsable al Estado venezolano por las violaciones cometidas contra Loaiza y por las fallas institucionales en la investigación y sanción de los hechos. El tribunal internacional reconoció la violencia sufrida y ordenó una serie de medidas de reparación y garantías de no repetición.
Para Loaiza, sin embargo, aquella sentencia no significó el punto final. Ocho años después, sostiene que ninguna de las reparaciones ordenadas por la Corte IDH ha sido cumplida. La promesa de justicia internacional chocó nuevamente con la realidad de los tribunales venezolanos.
Ahora, a 25 años del secuestro, el expediente vuelve a moverse.
El 9 de julio de 2026, el Juzgado 45° de Control de Caracas emitió una nueva orden de aprehensión contra Luis Antonio Carrera Almoina por el delito de violación. Pero, según explica Loaiza, la medida no fue comunicada oportunamente ni a ella ni al Ministerio Público. La abogada asegura que conoció formalmente de la orden el 11 de agosto, un mes después de que fuera emitida, mientras que en el expediente consta que la división de capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas acusó recibo el 10 de agosto.
La demora, para ella, no es un detalle administrativo. Es la expresión de un problema que ha atravesado todo su proceso.
La nueva orden tampoco significa que el proceso haya llegado a su desenlace. Mientras Carrera Almoina no sea localizado, detenido y presentado ante el tribunal, la audiencia para revisar los recursos contra la absolución por violación difícilmente podrá avanzar.
La Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas fue convocada para conocer los recursos presentados por el Ministerio Público y por Loaiza, en su condición de víctima y querellante. La audiencia representa, en términos formales, la posibilidad de retomar un capítulo que llevaba años detenido. Para la sobreviviente, sin embargo, el verdadero desafío consiste en determinar si esa reactivación se traducirá finalmente en resultados.
La experiencia acumulada durante un cuarto de siglo explica la cautela. Para Linda Loaiza una eventual captura y condena de Carrera Almoina tampoco cerrarían por sí solas la historia.
El fallo internacional exige investigar también las actuaciones y omisiones de funcionarios que contribuyeron a la vulneración de sus derechos, además de cumplir las reparaciones ordenadas. La justicia que reclama, por tanto, no se reduce a una persona tras las rejas. Tiene que ver con la responsabilidad del Estado, con la reparación de una sobreviviente y con la transformación de un sistema que, a su juicio, continúa dejando a otras mujeres expuestas a la violencia y a la impunidad.
Loaiza también mira más allá de su expediente. Habla de otras mujeres cuyos testimonios, según denuncia, fueron desestimados; de otros procesos que nunca fueron acumulados; de la necesidad de desmontar los prejuicios que pesan sobre las víctimas y de una cultura que suele convertir la supuesta fortaleza femenina en una excusa para exigirles que soporten lo insoportable.
También habla de algo más íntimo: de la dificultad de separar a la mujer del expediente judicial cuando la violencia sufrida se convirtió en una historia pública desde los 18 años. De la familia y los amigos que la han sostenido. De su fe. De la esperanza que, pese al cansancio, continúa siendo una forma de resistencia.
Su deseo, dice, tampoco es que la historia la recuerde exclusivamente por lo que le ocurrió. Quiere que la recuerde por lo que hizo después. Por haber convertido el dolor en conocimiento. Por haber sostenido durante un cuarto de siglo una exigencia que no considera negociable. Y, sobre todo, por haber intentado transformar una historia de violencia en una herramienta para que otras mujeres no tengan que atravesar el mismo laberinto.
—A diez años de la sentencia N° 1992 de la Sala Constitucional del TSJ (dictada en 2016), la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones la convoca finalmente para revisar los recursos contra la absolución por violación. Desde la doctrina de derechos humano. ¿Cómo califica jurídicamente este retardo procesal de una década para fijar una audiencia ordenada por el máximo tribunal?
—Esta es la cruda radiografía de lo que implica para una mujer enfrentarse a las instituciones del sistema de justicia venezolano en su búsqueda de reparación. La revictimización, la multivictimización y la carencia absoluta de eficacia por la cual el Estado ya recibió una condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en 2018, evidencian un patrón de omisión estructural. Todo esto confirma la persistente ausencia de voluntad institucional para transformar o perfeccionar el aparato judicial en el país. El paso del tiempo no convierte la impunidad en justicia.
—El pasado 9 de julio de 2026, el Juzgado 45° de Control de Caracas emitió una nueva orden de captura contra Luis Antonio Carrera Almoina por el delito de violación. ¿Qué alcance práctico y expectativa real tiene sobre la localización y ejecución efectiva de esta medida de detención tras 25 años de un proceso marcado por irregularidades?
—El 9 de julio se libró el mandato judicial de captura N° 021-26 contra Luis Antonio Carrera Almoina, con cédula de identidad 6.819.673, acto del cual logré tener noticia formal recién el 11 deagosto. En las actas del expediente se observa que, transcurrido un mes desde su emisión, la división de capturas del CICPC acusó recibo el 10 de agosto, fecha en la que también fue notificada la representación fiscal. La magnitud del retraso solo puede explicarse por la carencia de determinación institucional de los órganos con competencia para materializar la detención. Dicha cronología revela una omisión deliberada por dotar de eficacia a la medida privativa. Es decir, no hay ningún interés de hacer efectiva esta medida o esta orden de aprehensión. Bajo este escenario, difícilmente podríamos llegar a alcanzar justicia, pues la audiencia no se celebrará hasta que las autoridades localicen, detengan y presenten finalmente al procesado.
—Siendo pública la orden de aprehensión recaída sobre Carrera Almoina, ¿qué garantías o mecanismos de coordinación -como alertas de Interpol o medidas de prohibición de salida del país- están solicitando para evitar que la inacción policial interfiera con el sometimiento del imputado al proceso penal?
—Por mi parte yo ya lo solicité, sin embargo, ni la Fiscalía del Ministerio Público ni ningún juez lo había ordenado. He mantenido este reclamo de justicia de manera formal durante años; no obstante, la petición sigue sin ser concedida. Dada mi trayectoria frente a las instituciones, existe una incertidumbre legítima sobre la eficacia real de estas medidas, pues la experiencia me indica que mis solicitudes carecen de eco en el aparato estatal. Aunque ya consigné la solicitud respectiva, ni la fiscalía ni los juzgados han procedido a su aplicación. Persiste la incógnita sobre cuándo el tribunal decidirá acordar u oficiar esta medida, pero la diligencia ha sido agotada formalmente por mi parte.
—Tanto la Fiscalía como su representación recurrieron en su momento la decisión del Tribunal Séptimo de Primera Instancia que absolvió a Carrera Almoina de los cargos de violación, homicidio calificado en grado de frustración y tortura. Ahora que se ha reactivado el caso, ¿cuáles son los argumentos jurídicos centrales que presentará la querella para demandar la nulidad de esa absolución?
—Tras la solicitud de revisión interpuesta por el Ministerio Público, el mandato judicial fue emitido en 2006, aunque limitando el examen exclusivamente al cargo de violación. No obstante, en mi cualidad de querellante, persistiré en la defensa de mis derechos, exigiendo una revisión integral conforme a lo dictaminado por la Corte Interamericana. Dicha instancia calificó los actos sufridos como esclavitud sexual y tortura, términos bajo los cuales continuaré fundamentando mi inquebrantable reclamo de justicia.
—A más de seis años de la histórica sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que declaró al Estado venezolano responsable por la violencia sufrida, ¿cuál es el estado real del cumplimiento de las medidas de reparación e investigación ordenadas por el tribunal internacional?
—A partir de la emisión del fallo de la Corte Interamericana en el caso López Soto vs. Venezuela, y pese a mis permanentes gestiones nacionales e internacionales para procurar su acatamiento, dichas medidas no han sido cumplidas. Absolutamente ninguna de las reparaciones dictaminadas en la sentencia ha sido materializada por el Estado venezolano, aun cuando los lapsos legales previstos para su cumplimiento se encuentran totalmente agotados.
—La sentencia de la Corte IDH no solo buscaba justicia para su caso, sino la transformación del sistema para proteger a todas las mujeres venezolanas. Desde su visión como abogada, ¿qué tan lejos está hoy el Estado de garantizar medidas efectivas de no repetición? ¿Considera que el patrón de omisión e inacción estatal que usted enfrentó a comienzos de los años 2000 sigue vigente para las víctimas actuales de violencia machista en el país?
—Efectivamente, mi proceso constituye una cruda radiografía de la realidad institucional y la desprotección judicial en Venezuela para mujeres y adolescentes.
—Venezuela está atravesando política e institucionalmente por un proceso complicado. Muchos apuntan a una transición y el reciente diálogo político ha planteado una serie de renovaciones en los poderes públicos, incluyendo el judicial. ¿Considera que la serie de transformaciones institucionales en las que aparentemente avanza la nación influyó en la decisión de las autoridades de reactivar su causa judicial? ¿Teme ser usada como instrumento político y ser nuevamente revictimizada?
—Tras transcurrir un cuarto de siglo en calidad de víctima persiguiendo la justicia dentro del engranaje judicial venezolano, me resulta imposible evaluar o validar dicha reforma basándome únicamente en pronunciamientos públicos o supuestas alianzas. La eficacia del sistema debe medirse exclusivamente por sus resultados concretos. Un parámetro fundamental para dicha evaluación es, precisamente, la sentencia de la Corte Interamericana de 2018, acto en el cual el entonces representante estatal ante dicho organismo y hoy Fiscal General, Larry Devoe, admitió de forma parcial las vulneraciones a los derechos humanos perpetradas contra mi integridad y mi núcleo familiar. Por consiguiente, el único indicador fidedigno de una voluntad real de cambio estructural sería la materialización absoluta e íntegra del fallo internacional. Esa constituye la única vía legítima para ponderar la reforma a la que se hace alusión. De lo contrario, todo se reduce a promesas superficiales y a un ciclo incesante de revictimización, obligándome a transitar nuevamente por instituciones que, hasta la fecha, no han aportado una solución jurídica efectiva.
—Usted ha mencionado el riesgo de haber dejado en libertad a una persona como Luis Antonio Carrera Almoina e incluso se habla de otras posibles víctimas. ¿Hay otros procesos judiciales además del suyo abierto en su contra? ¿Es el Estado responsable de otras posibles víctimas por no haber actuado adecuadamente?
—Persiste la existencia de otras víctimas cuyos testimonios y denuncias, formulados desde el año 2000, han sido sistemáticamente desestimados. Estas mujeres han enfrentado la anulación de sus relatos, amenazas directas y una exclusión deliberada del proceso judicial, lo que constituye una flagrante vulneración a su derecho a ser escuchadas. Se tiene conocimiento de otros expedientes abiertos contra Carrera Almoina en estados como Yaracuy y Cojedes; no obstante, nunca se procedió a una acumulación de causas. Esta fragmentación procesal evidencia cómo el aparato judicial y el sistema de justicia han actuado como mecanismos de protección para el victimario, permitiendo incluso su desplazamiento hacia otras latitudes como Nicaragua, un hecho que subraya la gravedad de la omisión estatal.
—En un hipotético caso en que se lograra la captura de Carrera Almoina y sea condenado nuevamente, ¿encontraría paz Linda Loaiza? ¿Qué sería lo primero que haría al dar por concluido el caso?
—El fallo emitido por la Corte Interamericana contempla diversos mandatos esenciales, entre los cuales destacan la investigación exhaustiva y el castigo penal de aquellos agentes del Estado cuyas omisiones y acciones facilitaron la vulneración de mis derechos fundamentales. Por tanto, la captura y eventual condena del procesado no representan, bajo ninguna circunstancia, el agotamiento definitivo de la sentencia internacional ni el cumplimiento de sus exigencias. Persiste, de igual modo, la obligación estatal de ejecutar las reparaciones de naturaleza moral y pecuniaria dictaminadas. Entonces, mientras no haya el cumplimiento íntegro de la sentencia, pues para mí no hay justicia.
—Cuando comenzó su lucha no había teléfonos celulares, internet, computadoras, redes sociales. ¿Cree que era más difícil elevar la voz en ese entonces, tomando en cuenta que las redes sociales hoy día ayudan a visibilizar las denuncias, pero también exponen a las víctimas a otros tipos de violencia? ¿Cómo diferencia la lucha antes y ahora en ese aspecto?
—Dada mi vivencia de un cuarto de siglo frente a la opinión pública, puedo atestiguar que la dinámica informativa ha experimentado una transformación profunda.Durante aquellos días en los que protagonicé los titulares de la prensa escrita, la experiencia consistía en una tensa espera. El monitoreo de las noticias impresas matutinas y vespertinas, así como la vigencia de la radio y la televisión, sometían a la víctima a una incertidumbre prolongada el tener que esperar. En la actualidad, la masificación de la tecnología celular y el ecosistema de redes sociales permiten que casi cualquier ciudadano posea una plataforma inmediata para visibilizar denuncias, democratizando el alcance de la voz ante las injusticias. No obstante, mantengo una postura de absoluto rigor profesional respecto a este fenómeno: la denuncia no debe agotarse en la esfera digital. La exposición pública mediante contenidos multimedia debe ser, necesariamente, un complemento estratégico de la acción jurídica formal. Sin el debido impulso legal en los tribunales, la visibilidad mediática por sí sola carece de la fuerza necesaria para alcanzar una reparación efectiva.
—En Venezuela se vende la imagen de que las venezolanas son mujeres luchadoras. ¿Reconocimiento verdadero a las mujeres o excusa para la revictimización?
—Es una falsa preventa de decir que los derechos de de las mujeres están garantizados cuando realmente hemos sido revictimizadas, multivictimizadas por el sistema de justicia. Al acudir a las instituciones del Estado en procura de amparo y justicia, nos encontramos con un aparato judicial cuya inoperancia desvirtúa cualquier garantía de derechos.
—¿Cómo cambiar a un país que culturalmente no protege a sus mujeres? Vemos casos cada día de violencia vicaria, de padres que no asumen responsabilidades, etc
—Resulta imperativo desarticular los esquemas de violencia machista y revictimización perpetuados socialmente. Desmontar las etiquetas superficiales de valentía o los juicios basados únicamente en la apariencia física.Es fundamental deconstruir dichos paradigmas para forjar un entorno donde las generaciones venideras cuenten con referentes sólidos, garantizando que el reconocimiento y respeto integral de los derechos humanos sea una realidad para todas y todos.
—Frecuentemente, el espacio público reduce a las sobrevivientes únicamente al hecho violento vivido. ¿Cómo ha construido Linda Loaiza sus espacios de desarrollo académico, profesional y personal al margen del expediente judicial?
—Es muy difícil separar una cosa de la otra y mucho más cuando estás públicamente identificada, como ha sido mi caso. Yo desde los 18 años he estado en esta avalancha mediática y al mismo tiempo inmersa en estas instituciones del Estado. La verdad que es un gran reto para todasobreviviente mantener ese espacio.
—Mantener una causa activa durante más de dos décadas implica un desgaste constante. ¿De qué manera ha logrado resguardar su salud mental y su bienestar emocional mientras sostiene esta lucha pública e institucional?
—Efectivamente, cuento con el respaldo de un sólido núcleo familiar, así como de amistades y allegados incondicionales que me permiten sobrellevar y sustentar este proceso. Asimismo, me refugio en la fe y en la convicción plena en Dios, manteniendo la esperanza inquebrantable de que la justicia prevalecerá. Cada paso que doy está guiado por la confianza legítima de que, eventualmente, lograré alcanzar la reparación efectiva.
—Su trabajo bibliográfico e investigativo ha abordado la violencia contra la mujer en Venezuela. ¿Qué significado ha tenido para usted convertir la experiencia dolorosa en conocimiento académico para la prevención?
—Dicha labor me brinda la certeza de estar aportando un valor tangible a la sociedad. El mantenerme en una formación constante y actualizada me permite dimensionar la imperiosa necesidad de materializar una justicia real, reconociendo que cada víctima y sobreviviente posee el derecho inalienable de alcanzar la reparación debida. Esta realidad trasciende mi caso individual; abarca a las innumerables mujeres que, día tras día, enfrentan la inercia del sistema. Son multitudes las que acuden a las puertas de la Fiscalía, del Ministerio Público y de cada tribunal, encontrando como respuesta única el silencio institucional. Bastaría con realizar un estudio estadístico para revelar la alarmante desproporción en la atención de estas causas. ¿Qué cifras reflejan una respuesta judicial efectiva? La justicia no puede reducirse a una simple resolución escrita o a un mandato engavetado, como ocurrió deliberadamente con la orden de aprehensión contra Luis Antonio Carrera Almoina. Por el contrario, la justicia reside en dotar de eficacia y cumplimiento real a lo que dictamina la ley. Bajo este escenario, si planteáramos el supuesto de lograr finalmente justicia en mi procesoc
—¿Por qué quedarse en Venezuela? ¿Nunca pensó en rehacer su vida en otro país?
—En mi condición de sobreviviente de violencia sexual, esclavitud sexual y tortura, mi determinación de permanecer en Venezuela responde a la imperiosa necesidad de alcanzar un cierre jurídico definitivo. Desde otro país, me resultaría prácticamente imposible ejercer el impulso procesal necesario para materializar mi inquebrantable reclamo de justicia.
—Mirando hacia el futuro, más allá de la exigencia innegociable de justicia, ¿cuáles son las metas o proyectos personales que hoy mueven la vida de Linda Loaiza? ¿Cómo se ve en 10 años? ¿Cuáles son sus sueños y aspiraciones?
—Bueno, hay dos caminos. Por un lado, la posibilidad de que finalmente se materialice la justicia mediante las acciones procesales recientemente aperturadas. Por el otro, la persistencia de la impunidad. Sin embargo, prefiero no anticipar escenarios ni forjarme falsas expectativas; mi postura actual es la de aguardar por resultados tangibles que validen cualquier avance. Resulta sumamente complejo albergar la convicción de un cambio sustancial tras décadas de colisionar contra la misma estructura institucional. Esta desconfianza legítima se profundiza al observar que los actores que han regido el sistema judicial durante años permanecen en sus funciones. Si la pretendida reforma o transformación del sistema judicial poseyera una voluntad genuina, trascendiendo el mero anuncio mediático o la locución oficial, el punto de partida ineludible sería el acatamiento íntegro de la sentencia de la Corte Interamericana. Dicho fallo constituye el referente fundamental y el parámetro de medición real sobre la vigencia de los derechos humanos de las mujeres en Venezuela.
—¿Cómo quiere ser recordada Linda Loaiza, cómo quiere que la reseñe la historia de Venezuela?
—Wow, preferiría que me reseñe por lo que he hecho en la búsqueda de justicia y no por lo que sufrí. Quisiera ser recordada como una persona que luchó por sus derechos y transformó su vivencia en un motor de cambio y que brinda orientación a otras mujeres en la defensa de sus derechos fundamentales.
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