El derecho a la Libertad de Expresión, tiene en Venezuela, viejas raíces constitucionales. Fue establecido originalmente en el texto de la Constitución Federal para los Estados de Venezuela, sancionada por el Congreso el 21 de diciembre de 1811. El proyecto fue presentado por la comisión redactora de la Carta Magna: Francisco Javier de Ustariz, Juan Germán Roscio y Gabriel de Ponte. La Constitución de 1811, en su artículo 181, estableció: “Será libre el derecho de manifestar los pensamientos por medio de la imprenta; pero cualquiera que lo ejerza se hará responsable a las Leyes, si ataca y perturba con sus opiniones la tranquilidad pública, el dogma, la moral cristiana, la propiedad y estimación de algún ciudadano”.
Bajo el pensamiento y doctrina del Libertador Simón Bolívar, el Congreso de Angostura, sancionó el 15 de agosto de 1819, la Constitución Política de Venezuela, la cual en su Título 1°: Derechos del Hombre y del Ciudadano. Derechos del hombre en sociedad, artículo 4°, consagró: “El derecho de expresar sus pensamientos y opiniones de palabra, por escrito o de cualquier otro modo es el primero y más inestimable bien del hombre en sociedad. La ley misma no puede prohibirlo, pero debe señalarle justos términos haciendo a cada uno responsable de sus escritos y palabras y aplicando penas proporcionadas a los que lo ejercieren licenciosamente en perjuicio de la tranquilidad pública, buenas costumbres, vida, honor, estimación y propiedad individual”.
El Diario de los Andes, inició sus labores el 24 de agosto de 1978, bajo la vigencia de la Constitución de 1961, la cual en su artículo 66, consagraba: “Todos tienen el derecho de expresar su pensamiento de viva voz o por escrito y de hacer uso para ello de cualquier medio de difusión, sin que pueda establecerse censura previa”. En Venezuela, un amplio sector de las empresas, contribuyen a crear fuentes de trabajo y a elevar las cifras de la cuenta de producción, dentro del sistema de cuentas nacionales; desempeñando legalmente sus actividades, para facilitar o coadyuvar en las actividades vinculadas a la satisfacción de las necesidades de la población; entre ellas el derecho a la información; en salvaguarda de los derechos constitucionales y humanos.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) , el 10 de diciembre de 1948, es un tratado internacional suscrito y ratificado por la República, que, estableció en su artículo 19: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas sin limitaciones de fronteras, por cualquier medio de expresión”. En fechas posteriores, entraron en vigencia dos tratados sobre Derechos Humanos: 1.- Convención Americana Sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), adoptada por los Estados Americanos en San José de Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969, vigente desde el 18 de julio de 1978; y 2.- El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la Asamblea General de ONU, el 16 de diciembre de 1966 y en vigor desde el 23 de marzo de 1976. Ambos tratados, debidamente suscritos y ratificados por Venezuela, contemplan la protección del derecho a la libertad de expresión, que comprende la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección. En ese escenario, del orden jurídico nacional e internacional, antes señalado; el Diario de los Andes, al igual que otros medios de comunicación, se desempeñó en su labor informativa, continuando, con la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de 1999, publicada en la Gaceta Oficial N° 5.453 en fecha 24 de marzo de 2000; la cual, contempla en su Título III, Capítulo III, De los Derechos Civiles, artículo 57: “Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito, o mediante cualquier otra forma de expresión y de hacer uso para ello, de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura”.
La Carta Magna, en el mismo Título, Capítulo VI, De los Derechos Culturales y Educativos, artículo 108, agrega: “Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana. El Estado garantizará servicios públicos de radio, televisión y redes de biblioteca y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información”. Nuestra Constitución, en su artículo 23 (Título III, Capítulo I), ha vinculado un derecho civil, cultural y educativo, previsto en las normas antes señaladas, con un Derecho Humano, proclamado en la norma del artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. La norma constitucional referida, dice: “Los tratados, pactos y convenciones, relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas en esta Constitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público”.
El Diario de los Andes, con tesón, ha llegado a su 47° aniversario, prestando un servicio informativo, oportuno, veraz e imparcial, producido por un equipo de profesionales expertos en la comunicación social; en beneficio de los lectores y la sociedad. Su sección dominical: “SENTIDO DE LA HISTORIA”, difunde artículos sobre ese tema fundamental; los cuales contribuyen al conocimiento de hechos históricos y culturales, enriqueciéndose de esta manera la formación ciudadana, referida en el artículo 108 constitucional. El medio de comunicación, hoy de aniversario; desde su moderna plataforma digital; actuando con el cariño trujillano de siempre, ejerciendo el derecho humano a la información, se ha conectado de manera permanente, con la gente de todos los sectores sociales, con el entorno y vida de los ciudadanos de la región andina y del país. Celebremos todos, desde el “Sentido de la Historia”, un nuevo aniversario, con las banderas de la unión, fraternidad, verdad y bienestar colectivo; ubicadas en lo más profundo del corazón trujillano, y en la cúspide de nuestro noble e histórico gentilicio.
¡Mantente informado! Síguenos en WhatsApp, Telegram, Instagram, TikTok, Facebook o X