Tras recibir una petición del fiscal Karim Khan, fechada el 18 de agosto de 2025, para ser excusado de sus funciones en la situación de Venezuela I, la presidencia ad hoc de la Corte Penal Internacional (CPI) decidió aprobar la solicitud y apartarlo del caso por posible conflicto de interés.
La CPI evaluó la relación del fiscal con Venkateswari Alagendra, su cuñada, quien forma parte del equipo legal contratado por Caracas. La jurista había representado al gobierno venezolano en audiencias clave ante la Corte y, años atrás, trabajó bajo la dirección de Khan en el caso Ruto y Sang, en Kenia.
Aunque Khan no participó directamente en las audiencias de Venezuela, la Sala de Apelaciones consideró que su falta de transparencia al no revelar oportunamente el vínculo familiar y profesional ponía en entredicho la apariencia de imparcialidad.
Decisiones previas y advertencias a Khan
En febrero de 2025, la Sala de Apelaciones rechazó una solicitud externa de recusación, pero recordó al fiscal su obligación de garantizar la imparcialidad en todo momento.
Meses después, en agosto, el mismo tribunal consideró que la “inacción” del fiscal tras aquella advertencia constituía una nueva circunstancia que justificaba exigirle formalmente pedir su excusa de la investigación.
El 18 de agosto, Khan presentó la solicitud, que ahora fue aceptada por la Presidencia ad hoc de la Corte.
La Presidencia de la CPI concluyó que un “observador razonable” podría percibir un riesgo de parcialidad debido a los lazos familiares y profesionales entre Khan y Alagendra.
“Se concede la excusa solicitada por el fiscal Karim Khan en la situación Venezuela I”, según el documento fechado el 2 de septiembre de 2025 en La Haya.
Karim Khan aseguró que siempre actúo con imparcialidad
En su solicitud del 18 de agosto, Khan expresó: “El fiscal respeta la facultad de la Sala de Apelaciones para decidir sobre cuestiones, incluida la existencia de motivos para creer que existe una causal de recusación del fiscal. En consecuencia, en pleno cumplimiento de la Decisión de la Segunda Sala de Apelaciones, y antes del plazo allí estipulado, el fiscal solicita respetuosamente a la Presidencia que lo exima de la situación en Venezuela I”.
Lamentó no haber recibido directrices más claras de la Cámara respecto a la obligación de excusarse, aunque subrayó que actuó con apego a sus deberes estatutarios.
“Siempre actué con imparcialidad. Tras una primera recusación fallida, entendí que mi deber era vigilar continuamente mis obligaciones estatutarias, avanzando con la investigación, no apartándome de ella”, sostuvo Khan.
Ante esta decisión, la responsabilidad del expediente pasará a la fiscal adjunta Mame Mandiaye Niang, quien tendrá ahora el control del proceso de investigación sobre presuntos crímenes de lesa humanidad en Venezuela.
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