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La comunidad Sorda en Venezuela se encuentra desinformada acerca de la pandemia del coronavirus Covid_19

por Redacción Web
25/03/2020
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La Confederación Sordos de Venezuela (Consorven), siempre preocupados por el respeto hacia los derechos de las personas con discapacidad en el país, y amparados por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, exige al Estado venezolano que proteja a esta población de riesgo ante la vulnerabilidad de la enfermedad que ya ha cobrado –hasta la fecha- la vida de más de siete mil personas en el mundo. Así como se le garantice el derecho a la vida, reciban la debida atención sanitaria y sobre todo se le permita el acceso a la información de manera accesible a este sector de la población.

En la mayoría de los medios de comunicación nacional no se le da el debido trato a la información para las personas con discapacidad auditiva a través del Intérprete de Lengua de Señas Venezolana (ILDV), quedando esta comunidad en desventaja ante el flagelo de los cuidados y prevención, así como la debida asistencia en casos de presentar los síntomas de Covid-19.

En un monitoreo de medios realizado por Consorven durante los primeros seis días desde que se conoció de manera oficial el primer caso de coronavirus en el país (13/03/2020), se apreció que el 64% de las alocuciones oficiales por parte de voceros del Estado venezolano no contaban con Intérpretes de Lengua de Señas Venezolana, el 94% de los noticieros no cuentan con este servicio y el 100% no incluyó subtítulos electrónicos, limitando la información a las personas con discapacidad auditiva.

Lo antes expuesto se contrapone al artículo 9 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que señala lo siguiente: “A fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones”.

Igualmente los artículos 81 y 101 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y el art. 4 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, ordenan la utilización de ILSV y subtítulos a los medios de comunicación nacionales.

La falta de información accesible y oportuna para las personas con discapacidad auditiva, puede incrementar las probabilidades de contagio para personas sordas, exponiéndolos en una situación de vulnerabilidad extrema.

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Por ello exhortamos a los medios públicos y privados a cumplir con el mencionado marco legal, emplear Intérpretes de Lengua de Señas Venezolanas y colocar subtítulos electrónicos en todos los espacios televisivos, especialmente los informativos; y generar productos comunicacionales accesibles para la población con discapacidad auditiva, en especial en lo relativo a la situación derivada por el Covid-19.

Tags: Comunidad SordaCOVID-19Venezuela

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