Eduardo Viloria
DLA.- El exconcejal Héctor Díaz, nos envió unas declaraciones, donde señala que el pasado miércoles en horas de la tarde, fue introducida una querella ante la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado, en contra de la Cámara Municipal del municipio Sucre, debiéndose esta denuncia, a la violación de la Constitución Nacional y a la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal.
Añade Díaz, que con esta denuncia, está haciendo uso de sus derechos constitucionales, pues la Cámara Municipal de Sucre, había convocado a la Fundación poblamiento de Sabana de Mendoza, donde se daba a conocer que la comisión de concejales integrada por Rafael Durán, Daini Arroyo, Agripina Godoy, Olga Simancas y Jesús Ayala, serian los encargados de recibir todo lo concerniente a los trabajos de investigación, lo cual les permitiría determinar, la fecha de investigación de la fundación o poblamiento de Sabana de Mendoza, habiéndole tocado, precisa el declarante, preparar un trabajo de investigación, a la luz de los textos de una serie de escritores y estudiosos de la materia en cuestión, de la mayor institución en materia histórica en el país, como lo es la Real Academia de la Historia.
Añade el exconcejal, que el estudio completo histórico que realizó, fue introducido por ante la Secretaria de la Cámara el 27 de marzo del 2023, para su estudio, análisis y por supuesto esperar la defensa de la tesis presentada, sin embargo, la Comisión de Concejales no se digno invitar el autor del trabajo, para que expusiera ante la Comisión dicha investigación, siendo girada la invitación de manera exclusiva, al Cronista Williams Castellanos y al Director General de la Alcaldía Alquidio Aguilar, quienes también habían presentado trabajos ante la Comisión, a los cuales, fueron los únicos que les dieron oportunidad de defender sus trabajos, mientras que a mí, asegura Héctor Díaz, me negaron este derecho.
Esta negativa de los integrantes del Concejo de Sucre, me animó a llevar la querella ante la Fiscalía Superior, pues me violaron los derechos culturales como investigador, tal y como lo expresa el artículo 99 de la Constitución Nacional, igualmente, la Cámara Municipal violentó el artículo 51 de nuestra carta magna, la cual establece que “todo funcionario de la administración pública está en el deber y el derecho de dar respuesta a cualquier solicitud que formule un ciudadano en los asuntos que sean de su competencia”; violentado igualmente, el artículo 251 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal; la cual expresa la participación protagónica de los ciudadanos, en la formación, ejecución y control de la gestión pública municipal.
Solicitud en la petición
Le solicitó a la Fiscalía del Ministerio Público, expresa Héctor Díaz, que quede sin efecto la resolución de la Cámara Municipal, donde se le cambia la fecha de su fundación o poblamiento a Sabana de Mendoza, hasta tanto no se verifiquen los trabajos presentados y sus respectivas defensas, para que determinen la fecha precisa y exacta tal y como consta en los documentos de la Real Academia de la Historia. También se le solicitó a la Fiscalía; una investigación a la Comisión de concejales por no dar respuesta alguna a los trabajos presentados, solicitando igualmente se les aplique, las sanciones que contiene la ley en mención, tal como lo estipula el mencionado artículo 51 de la Constitución Nacional.
Recordatorio
Recordemos que en el trabajo presentado por Héctor Díaz, al Concejo de Sucre, le informaba y recodaba a la Cámara Municipal, que la fundación de Sabana de Mendoza está enmarcada tal y como lo establece el Tomo; Encomiendas, volumen cuatro, página 240 de la Real Academia de la Historia, cuya fundación data de 1673, cuando la Corona Española, por la Real Audiencia, la ubica en 1673 como la Sabana de los Mendoza, hoy Sabana de Mendoza.
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