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Gerardo Márquez deroga Decreto y restablece la libre circulación de motorizados las 24 horas en Trujillo

por Alexander González
31/10/2025
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El Gobernador del estado Trujillo, Gerardo Márquez, anunció la derogación de restricciones que pesaban sobre la circulación de motorizados en la entidad, firmando el Decreto N° 4646 que deja sin efecto las limitaciones impuestas previamente.

El anuncio, realizado en su programa radial, fue calificado por el mandatario como un “acto de justicia social”, especialmente en vísperas de la temporada navideña.

Adiós a las restricciones de horario

El Gobernador Márquez declaró que, con la firma del nuevo decreto, se pone fin a las regulaciones que afectaban el uso de motocicletas en horarios específicos.

“A partir de hoy, he derogado ese decreto y lo he motorizado durante todos estos meses de Navidad”, afirmó Márquez. “Pueden hacer uso de sus motos en horario normal. Por lo tanto, he firmado este decreto”.

El Decreto N° 4646, firmado la noche anterior al anuncio, establece en su articulado la anulación de la medida.

“Lo firmé anoche para traerle hoy al programa, donde decreta en su artículo 1: se deroga y queda sin ningún efecto jurídico el decreto 4.575 de fecha 12 de agosto del 2025, publicado en Gaceta Oficial del Estado Trujillo, número 5.011 de fecha 15 de agosto del 2025”, precisó el Gobernador, haciendo énfasis en la revocatoria de la medida principal.

Con la entrada en vigencia de este decreto, los motorizados de Trujillo recuperan su derecho a la libre movilización sin restricciones temporales.

«Así que los motorizados pueden hacer uso de su vehículo, de su moto, durante las 24 horas del día sin que eso tenga ninguna incidencia”, sentenció el líder regional.

Llamado al cumplimiento

Márquez hizo un llamado directo a los cuerpos de seguridad del estado para garantizar la ejecución inmediata de la nueva normativa.

“Quiero pedir a los cuerpos de seguridad que le den estricto cumplimiento a este decreto”, instruyó el Gobernador, asegurando que la medida busca la “consecución efectiva de los fines del estado” y la eficiencia administrativa, tal como lo señalan los considerandos del Decreto N° 4646.

 

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