Fifa sanciona a Danz y Aragua FC

La Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA), la máxima entidad del balompié mundial, emitió sanciones a clubes venezolanos de la primera división: Club Deportivo Anzoátegui S.C y Sociedad Civil Aragua FC, al incumplir los dictámenes de la Cámara de Resolución de Disputas, en relación con el impago de honorarios de jugadores y, por ello, les fueron descontados puntos a cada equipo, en el primer caso seis unidades y, en el segundo, tres puntos.

En el asunto del Anzoátegui se trata de del jugador Edwin Enrique Aguilar Samaniego (panameño); la Comisión Disciplinaria de la FIFA, conformada por Anin Yeboah (Ghana), presidente; y Charlie Cuzzeto (Canadá) y Maclean Letshwiti (Botsuana), miembros, luego de la evaluación del caso y evacuación y evaluación de las pruebas y presentación de informes, dictó la sanción por incumplimiento del artículo 64 del Código Disciplinario de FIFA y de la decisión de la Cámara de Resolución de Disputas, de fecha 01 de marzo de 2019 y con base en lo siguiente:

“III.-Decisión

1. Se considera que el Club Deportivo Anzoátegui SC (en adelante, el Deudor), ha infringido el artículo 64 del Código Disciplinario de la FIFA al ser considerado culpable de no cumplir en su totalidad con la decisión de la Cámara de Resolución de Disputas de fecha 17 de agosto de 2017, según la cual fue condenado a pagar al jugador Edwin Enrique Aguilar Samaniego (en adelante, el Acreedor) dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la decisión, la suma de USD 132.000 más intereses al 5% anual devengados desde el día 1 de octubre de 2016 hasta la fecha efectiva del pago.

En ese sentido, el Deudor únicamente ha efectuado un pago parcial de USD 22.00 al Acreedor:

 Más adelante agregan en el documento: …

4- Si el pago al Acreedor y el envío de la prueba de dicho pago a la secretaria de la Comisión Disciplinaria y a la Federación Venezolana de Fútbol no se efectúan dentro de este plazo, la Federación Venezolana de Fútbol deducirá automáticamente seis (6) puntos sin que ni la Comisión Disciplinaria de la FIFA ni su secretaría tengan que tomar una decisión formal de emitir ninguna orden de ejecución”.

Igualmente, dispone el documento otros puntos como la prohibición de efectuar transferencias de jugadores, así como la posible “relegación del primer equipo del Deudor a la categoría inmediatamente inferior”.

Por último, se contempla el Recurso de Apelación ante el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS), que puede ser interpuesto en un plazo de 21 días contados a partir de la notificación de la decisión.

 

Caso Aragua

 

En lo relacionado con el club Aragua, la decisión de la FIFA del 25 de febrero de 2019, versó sobre la siguiente disputa del jugador Jarol Herrera Martínez (colombiano):

1- Se considera que el club Sociedad Civil Aragua FC (en adelante, el Deudor) ha infringido el artículo 64 del Código Disciplinario de la FIFA al ser considerado culpable de no cumplir con la decisión del juez de la Cámara de Resolución de Disputas adoptada el 6 de junio de 2018, según la cual fue condenado a pagar al jugador Jarol Herrera Martínez (en adelante, el Acreedor), la cantidad de USD 32.000 en concepto de salarios adeudados, más intereses del 5% por año aplicable, a contar desde el 17 de marzo de 2018 hasta la fecha del efectivo pago.

Más adelante continúa:…

4- Si el pago al Acreedor y el envío de la prueba de dicho pago a la secretaría de la Comisión Disciplinaria y a la Federación Venezolana de Fútbol no se efectúan dentro de este plazo, la Federación Venezolana de Fútbol deducirá automáticamente tres (3) puntos sin que ni la Comisión Disciplinaria de la FIFA ni su secretaría tengan que tomar una decisión formal ni emitir ninguna orden de ejecución…”

En otra comunicación del día 18 de abril de 2019, la FIFA informa a la Sociedad Civil Aragua S.C., que no ha recibido ninguna prueba de pago, en consecuencia se solicitó a la Federación Venezolana de Fútbol la deducción de los tres (3) puntos.

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