José Rojas CNP 25.946
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Gustavo Saavedra, directivo de Fenatev y sindicatos afiliados, hace saber a la comunidad y en especial a los trabajadores de la educación la posición de los gremios afiliados nacionalmente a esta central sindical, ante la pretensión del patrono, “de violentar los derechos legales que nos asisten con ocasión del desempeño de nuestras funciones y el disfrute de los derechos consagrados en la Constitución, en la LOE, y la LOTT “.
Lo establece la Ley
“En principio, nos referiremos al deber de las autoridades gubernamentales, cualquiera sea el rango del que estén investidos, al deber y obligaciones que les impone nuestra Constitución, que les resultan ineludibles su estricto y obligatorio cumplimiento.“
En tal sentido, -dijo- es oportuno indicar que nuestro lapso vacacional instituido en el Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación, Gaceta Oficial Decreto Nº 36.787 de fecha 15 de septiembre de 1999 Título III. Del Régimen Educativo Capítulo I. De las Actividades Educativa Artículo 54º, que establece: Las actividades de enseñanza del año escolar estarán comprendidas entre el primer día hábil de la segunda quincena del mes de septiembre y el último día hábil de la primera semana del mes de julio del año siguiente. En concordancia con el Artículo 56 del reglamento: » A los fines de la determinación de los sesenta (60) días de vacaciones para el personal docente adscrito a los planteles educativos, se computan los del mes de agosto, los de la primera quincena de septiembre y los que señale el calendario escolar cada año».
Cortina de Humo
Aseguró el sindicalista que la pretensión del inicio del periodo escolar 2025-2026, para este 08 de septiembre “a nuestro juicio se busca crear una cortina de humo y así solapar la triste realidad salarial y social que viven los docentes en nuestro país, que no le permiten tener una mejor calidad de vida para él y su familia, según lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 91.
“Lo central para nuestra organización sindical, es la defensa de los derechos y reivindicaciones de los miembros de nuestro magisterio, tales como: El aumento salarial conforme al artículo 91 Constitucional, discusión inmediata de la Convención Colectiva, la eliminación del instructivo Onapre, el pago de la Cesta ticket para jubilados y pensionados como también el reingreso inmediato de los miles de docentes sacados de nómina, sin previo expediente administrativo.
De tal manera reafirmo Saavedra “Nuestra posición es el rechazo a las violaciones constante de la normativa constitucional vigente por lo que exhortamos al Ministro de Educación y demás autoridades educativas, a respetar y cumplir con las leyes de la República, los derechos son irrenunciables y el reinicio del año escolar 2025-2026 es el 16 de septiembre”.
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