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Exigen la derogación de la Ley contra el Odio y advierten que su reforma no eliminaría la persecución

El exdirector general de Actuación Procesal del Ministerio Público Zair Mundaray, la periodista Delvalle Canelón y el abogado Evelio Chávez advierten que la ambigüedad de la norma permite interpretaciones discrecionales, restringe la libertad de expresión y favorece la autocensura. Delcy Rodríguez pidió reformarla después de haber impulsado su aprobación en 2017, cuando presidía la Asamblea Nacional Constituyente. Desde entonces, 927 personas han sido acusadas de incitación al odio, de acuerdo con los registros del Foro Penal

por El Nacional
13/10/2026
Funcionarios de seguridad utilizaban la Ley contra el Odio para revisar teléfonos, computadoras y mensajes privados, así como intervenir comunicaciones, para castigar la libertad de expresión y recudir el espacio cívico | Foto Juan Barreto AFP

Funcionarios de seguridad utilizaban la Ley contra el Odio para revisar teléfonos, computadoras y mensajes privados, así como intervenir comunicaciones, para castigar la libertad de expresión y recudir el espacio cívico | Foto Juan Barreto AFP

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Expertos afirman que la Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia debe ser derogada porque es restrictiva y ambigua, permite una interpretación discrecional de lo que constituye la “incitación al odio” y ha sido utilizada desde su aprobación en 2017 para criminalizar la libertad de expresión, perseguir a ciudadanos y periodistas y generar un ambiente de miedo y autocensura.

Delcy Rodríguez, reconocida por Estados Unidos como presidenta interina de Venezuela, solicitó a finales de septiembre la modificación de esta norma y, en una respuesta casi inmediata, la Asamblea Nacional que preside su hermano, Jorge Rodríguez, designó una comisión integrada en su mayoría por diputados chavistas para elaborar el proyecto de reforma.

Por este instrumento, que establece penas de hasta 20 años de prisión, 927 personas fueron acusadas por supuestamente promover o incitar al odio, de acuerdo con las cifras que registra la organización no gubernamental Foro Penal.

 

Es un texto “muy engañoso”

Zair Mundaray, abogado y exdirector general de Actuación Procesal del Ministerio Público, explica que la Ley contra el Odio contempla varias estructuras administrativas que conforman una especie de comisión que debería generar políticas a favor de la convivencia. Sin embargo, advierte que el texto es “muy engañoso” en su redacción porque hasta el artículo 19 habla de la paz. 

“Esa es la máscara o el engaño previo para tratar de justificar las sanciones, que son esencialmente lo único que tiene, pero luego genera los tipos penales más complicados del ordenamiento jurídico. Es muy difícil saber exactamente qué es la promoción del odio. Porque además no tiene un tipo penal cerrado y completo, sino que lo deja a la discrecionalidad. Con esos recursos fraudulentos justifica que puedan meter presos a quien les dé la gana y por lo que les dé la gana”, afirma.

Dice que, en un derecho penal garantista, las conductas sancionables deben estar claramente descritas e identificadas, algo que no ocurre con esta norma porque utiliza conceptos abstractos.

“No tiene ningún asidero técnico. Por ejemplo, en el hurto, alguien se apodera de una cosa ajena; cuando hieren, se genera una lesión. Pero cuando dices que alguien públicamente genera odio contra otro y, además, eso autoriza —como hicieron las policías— a registrar teléfonos, computadoras, cualquier mensaje privado, intervenir las comunicaciones y hacer interpretaciones de todo tipo, son hechos que tienden a hacer retroceder el espacio cívico. Eso es muy grave y ese fue el objetivo”, afirma.

 

“Despenalización de las conductas”

Delcy Rodríguez, en la petición que le hizo al Legislativo, argumentó: “La reforma solicitada tiene por objeto avanzar en la despenalización de las conductas previstas en el mencionado instrumento normativo, como parte de las acciones adoptadas para transformar el sistema de justicia penal de nuestro país y favorecer el reencuentro y la convivencia democrática”.

Para Mundaray, este extracto del comunicado contiene un mensaje muy importante porque la funcionaria habla de la “despenalización de las conductas”, lo que podría suponer la eliminación de artículos como el 20, que establece penas de 10 a 20 años de prisión por promover o incitar al odio, o el 21, que agrava las penas de otros delitos cuando se cometen por motivos discriminatorios.

El abogado, sin embargo, insiste: “Esa ley tiene que derogarse íntegramente porque desde el principio está montada en una falacia y en un objetivo inconstitucional, que es hacer retroceder el espacio cívico y la libertad de expresión”.

La presidenta interina declaró posteriormente en un acto con simpatizantes que la Ley contra el Odio, una norma que ella misma impulsó cuando presidía la Asamblea Nacional Constituyente en 2017, fue mal aplicada y utilizada de forma abusiva.

 

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Reformarla no es suficiente

El abogado Evelio Chávez, subcoordinador jurídico de Un Mundo Sin Mordaza, también considera que una reforma parcial de la Ley contra el Odio no es suficiente y afirma que corresponde avanzar hacia su derogación integral. 

“Estamos hablando de una normativa que durante casi nueve años ha sido cuestionada por la amplitud y la gravedad de sus disposiciones, y que ha permitido criminalizar expresiones protegidas por la libertad de expresión. Por eso, el problema no se resuelve simplemente reduciendo penas o modificando determinados artículos”, expresa.

Dice que la derogación tiene que incluir una revisión de las consecuencias que produjo su aplicación, no solo las personas que continúen privadas de libertad, sino también aquellas que siguen sometidas a procesos penales, medidas cautelares, prohibiciones de salida del país, régimen de presentación u otras restricciones.

Chávez afirma que, si una conducta deja de tener carácter delictivo, deben aplicarse las garantías correspondientes, iniciando el principio de favorabilidad penal.

Por su parte, Delvalle Canelón, secretaria general del Colegio Nacional de Periodistas, califica de absurdo que Rodríguez reconociera, casi una década después, que la ley era usada de forma abusiva por parte de funcionarios del régimen. 

“¿Diez años para darte cuenta, a pesar de las múltiples críticas a la normativa? El CNP siempre alzó la voz por los medios y los periodistas que estaban siendo detenidos por esta ley, que estaban siendo perseguidos y que tuvieron que irse del país. Y también por la ciudadanía, porque esto no es solo un tema de periodistas o de medios, sino de los derechos constitucionales de los ciudadanos”, expresa.

 

30 periodistas imputados por la Ley contra el Odio

Canelón subraya que la Ley contra el Odio es altamente restrictiva, discrecional y punitiva, y busca criminalizar la libertad de expresión y mantener sometida a la población.

“Miedo a expresarse, a opinar, a disentir del poder del Estado. Eso no puede ser permitido en una democracia. Nosotros creemos que la vía es netamente derogar esta ley”, expresa la comunicadora, quien destaca que de los 42 periodistas que el CNP registraba como judicializados hasta el 3 de enero, casi 30 de ellos fueron imputados por esa ley.

Horas después de la petición que hizo Delcy Rodríguez a los diputados, se anunció la absolución de los periodistas Luis López y Gabriel González.

“Tienen afortunadamente libertad plena. Les estaban imputando delitos de odio y uno se pregunta ¿qué pasa con todos esos periodistas y ciudadanos a los que les aplicaron esta ley y que fueron presos y perdieron días, se les murieron familiares o murieron en prisión? ¿Quién resarce eso? Nadie les va a devolver la vida, aunque económicamente pueda el Estado venezolano, en el día de mañana, resarcir a su familia, ¿pero y la vida?”, cuestiona.

 

Para el chavismo “sería extremo” derogarla

La Asamblea Nacional designó el 29 de septiembre la comisión encargada de redactar el proyecto de reforma. La instancia está conformada por los diputados chavistas Pedro Infante, Jorge Arreaza, América Pérez, Carolina García Carreño, Willy Medina, Tania Díaz, Jehyson Guzmán y Nicolás Maduro Guerra, además de los opositores Amelia Belisario, Luis Romero y Rubén Lima.

Infante, quien preside la comisión, ya declaró que “sería extremo” derogar la ley.

Mundaray critica que la comisión sea de carácter gubernamental porque está integrada por funcionarios y no incluye representantes de la sociedad civil, de la Sociedad Interamericana de Prensa ni del sindicato de medios. Considera que su conformación excluye a sectores directamente afectados.

Asimismo, recuerda que las conductas que constituyan delitos pueden ser sancionadas con los tipos penales que ya están previstos en el Código Penal, que considera suficientes. Indica también que el Sistema Interamericano de Derechos Humanos admite responsabilidades posteriores por expresiones que constituyan delitos, pero no mecanismos de censura previa que impidan a una persona o a un medio publicar determinada información. 

“No debería haber una instancia censora de ningún tipo porque esta norma pudiera seguir generando recomendaciones a entes administrativos para censurar. Cualquier norma que implique siempre la censura previa o incluso la censura posterior tiene cortapisas de inconstitucionalidad; son contrarias a la Convención Americana de Derechos Humanos y a la Convención de los Derechos del Hombre de Naciones Unidas”, expresa.

Delvalle Canelón señala además que existen parámetros internacionales para determinar cuándo una expresión puede considerarse una incitación al odio. El Plan de Acción de Rabat, elaborado en el marco de Naciones Unidas, establece un análisis de seis elementos: el contexto en que se produce el mensaje, quién lo emite, la intención, el contenido y la forma, el alcance de la expresión y la probabilidad, incluida su inminencia, de que genere un daño.

 

Perder la libertad sin cometer delito

La comunicadora subraya que lo más grave de la aplicación de la Ley contra el Odio es que los detenidos perdieron su libertad sin haber cometido delito.

Menciona el caso de Rory Branker —periodista del medio digital La Patilla, excarcelado el 4 de febrero tras casi un año de detención arbitraria—. Su hermano, Erman Branker, quien se encontraba fuera de Venezuela y regresó para ayudar a su madre de 80 años de edad en el proceso, falleció de un infarto fulminante.

“No tenemos duda de que haya sido por la presión a la que estaba sometido y Rory ni siquiera pudo ver a su hermano. El caso de Rory Branker es muy duro, y como el de él, muchos otros. Hay periodistas que tienen secuelas no solo físicas, sino emocionales. Tanto el CNP como el SNTP le hemos prestado apoyo psicológico a los periodistas que estuvieron presos y sufrieron torturas físicas y psicológicas. Al día de hoy, todavía reciben apoyo psicológico”, expresa.

Branker fue absuelto el viernes 2 de octubre. Seis días después, el 8 de este mes, recibió la libertad plena Carlos Julio Rojas.

La secretaria general del CNP también cita el caso de Ramón Centeno, quien estuvo cinco años preso sin recibir atención médica adecuada y salió de la cárcel en silla de ruedas. Luego de su excarcelación el 14 de enero bajo medidas cautelares, su madre Omaira Navas falleció a causa de un infarto. 

“Han sido muchas las secuelas que han tenido los periodistas por estar presos, y los familiares, porque esto no solamente afecta a los periodistas. No es fácil para una madre y un padre ver a su hijo tras las rejas y tener que sufrir vejaciones cuando van a requisa en una cárcel. ¡Dígame las requisas que hacen con las mujeres, por Dios, es terrible!”, dice.

“¿Quién define claramente qué es odio?”, pregunta Canelón.

Recuerda que, a lo largo de los años, voceros del chavismo han utilizado los canales del Estado para descalificar públicamente a periodistas, medios de comunicación y dirigentes políticos, entre otros, a quienes han acusado de supuestos delitos sin presentar pruebas. “¿Y qué pasa con el Estado y con los medios del Estado? ¿No les cae la ley? ¿No están sometidos a la Ley Resorte? Si aquí se aplicara la ley de manera imparcial, los canales y medios del Estado habrían cerrado hace años”, observa.

“Hay muchas cosas que se deben aplicar en Venezuela para hablar de libertad de expresión y de ejercicio libre del periodismo, sin censura. Seguimos firme y cada vez más elevando nuestra voz en todas las instancias necesarias para hablar de los atropellos a los que hemos estado sometidos los medios, los periodistas y los ciudadanos durante más de 25 años”, manifiesta Canelón.

 

Criminalización de la libertad de expresión

Chávez considera que la principal consecuencia de la aplicación de la ley ha sido la criminalización del ejercicio de la libertad de expresión y expresa que durante estos años hubo personas detenidas, investigadas y procesadas, mientras que otras, aún en libertad, continúan sometidas a procesos judiciales y medidas cautelares que restringen sus derechos.

Asimismo, dice que las consecuencias de una persecución penal no terminan necesariamente con la salida de prisión, ya que pueden mantenerse mediante obligaciones de presentación, prohibiciones de salida del país u otras medidas restrictivas.

“A esto se suma una consecuencia mucho más difícil de cuantificar, que es la autocensura. Cuando una persona sabe que una opinión, una denuncia o una publicación puede ser interpretada de manera amplia como incitación al odio y exponerla a una investigación o a una pena extremadamente severa, esta comienza a limitar lo que dice, lo que publica y hasta lo que comparte. Y esto genera un efecto inhibitorio sobre periodistas, defensores de derechos humanos, activistas, dirigentes políticos y personas en general”, añade.

Chávez aclara que pedir la derogación de la ley no implica desconocer que puedan existir límites legítimos frente a formas de incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia, siempre dentro de los parámetros del derecho internacional. El problema, señala, surge cuando conceptos vagos permiten convertir en delito la crítica política, la denuncia pública o expresiones protegidas.

“Por eso nuestra posición tiene tres componentes: la derogación de la Ley contra el Odio, la revisión integral de los procesos y medidas que continúan produciendo efectos, y garantizar que no sea sustituida por otro instrumento que permita reproducir las mismas prácticas de persecución”, reitera.

 

El tutelaje estadounidense

La influencia que ejerce Estados Unidos en las decisiones políticas de Venezuela desde principios de año plantea la posibilidad de que la norma finalmente sea derogada. En caso contrario, tanto Mundaray cono Canelón creen que el tutelaje estadounidense, en menor medida, podría garantizar que el texto no se utilice para perseguir a los venezolanos.

“Si se eliminan los tipos penales, como lo planteó Delcy Rodríguez, el impacto sería mucho menor en los venezolanos porque ya no los meterían presos; acaba con un gran parte de la actuación nefasta de la policía, del Ministerio Público y de los jueces, pero sigue quedando una estructura que puede generar recomendaciones sobre qué cosas se pueden decir y qué cosas no, incluso esas recomendaciones o mucho de lo que hagan ellos es de obligatoria difusión por los medios de comunicación, y si se niegan los pueden incluso procesar administrativamente”, advierte Zair Mundaray.

Insiste en la derogación y resalta que la eliminación de los tipos penales, en particular del delito de incitación al odio, tendría efectos sobre las personas imputadas, perseguidas o con órdenes de aprehensión porque, al dejar de ser una conducta penalizada, esos procesos tendrían que ser sobreseídos.

El exfiscal, no obstante, aclara que el alcance de esa medida sería limitado, debido a que, de acuerdo con información de algunas ONG, actualmente no habría personas detenidas solo por el delito de incitación al odio. Dice que algunos presos políticos enfrentan otros cargos, por lo que la eventual despenalización permitiría sobreseer únicamente la acusación relacionada con la incitación al odio, mientras los procesos continuarían por los demás delitos.

Sobre el papel de Estados Unidos, Evelio Chávez considera que su acompañamiento al proceso político actual es importante y que puede generar incentivos mediante compromisos orientados a cambios concretos y verificables.

Para que esa garantía sea efectiva, apunta que debe traducirse en resultados específicos, como la derogación de la ley, la atención de las consecuencias derivadas de su aplicación y la certeza de que no será sustituida por otra norma, decreto o instrumento, bajo una denominación diferente, que mantenga los mismos mecanismos de persecución o criminalización de la expresión.

 

Caso El Nacional: “Una pena de muerte”

El exdirector general de Actuación Procesal del Ministerio Público señala que con El Nacional ocurrió un hecho de gran expresión: la sanción contra el medio por reproducir una información publicada originalmente por otro periódico sobre los presuntos vínculos de Diosdado Cabello, actual ministro de Interior y Justicia, con el narcotráfico.

Casi 1.000 personas fueron procesadas bajo la Ley contra el Odio, de acuerdo con cifras de Foro Penal | Foto: AFP

En 2015, el funcionario chavista demandó a El Nacional, Tal Cual y La Patilla después de que los tres medios reprodujeran el contenido de ABC de España, basado en declaraciones de Leamsy Salazar, quien había sido jefe de seguridad de Hugo Chávez.

El proceso contra El Nacional terminó en 2018 con una sentencia que ordenó al diario pagar 1.000 millones de bolívares por concepto de daño moral. En abril de 2021, la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia elevó la condena a 237.000 petros, unos 13,3 millones de dólares al valor de entonces. La condena derivó además en el embargo de la sede del diario en Caracas en mayo de 2021.

En opinión de Mundaray, este caso demuestra el alcance que puede tener una legislación que responsabilice al medio por reproducir declaraciones o informaciones ajenas. “Hay un principio que se denomina el principio de reporte fiel, es decir, el medio puede reportar lo que yo diga, así lo que yo diga sea delictivo, yo debo responder, pero no responde el medio, porque el medio dice que eso fue lo que dijo fulano de tal, lo que dijo el entrevistado o es la opinión de fulano de tal”, expone.

“En este caso, esta ley no solo persigue a la persona natural, sino persigue al medio y puede llegar a que la pena contra el medio sea su extinción; es decir, lo que lo que equivaldría a una pena de muerte si fuera una persona”, alerta.

 

Mayor libertad, pero todavía falta

Delvalle Canelón expresa que el gremio observa mayor libertad en los medios de comunicación para difundir información después del 3 de enero, incluso sobre temas que estaban completamente vetados, así como para cubrir protestas ciudadanas, principalmente las relacionadas con las manifestaciones por los prolongados y constantes cortes eléctricos en Venezuela.

Afirma que antes de esa fecha, cuando ocurrió la captura de Nicolás Maduro, ese era un escenario impensable, aunque advierte que “todavía falta muchísimo” para decir que en Venezuela hay verdadera libertad de expresión y se respeta el ejercicio del periodismo.

“Posterior al 3 de enero, con la intervención de los Estados Unidos, hemos visto un avance. Prueba de ello es que, de los 42 periodistas que teníamos judicializados, ya nos quedan 2”, indica Canelón, en referencia a los comunicadores Jonathan Carrillo y Pedro Guanipa.

Canelón también destaca el desbloqueo de algunas páginas de noticias, una medida que todavía no se ha aplicado a El Nacional.

“Mientras desbloquearon unos medios de comunicación, contra otros se incrementó el bloqueo. Al diario El Nacional, La Patilla, NTN24, Infobae o VPI, que son medios que continúan bloqueados y, contrario a lo que se anunció, se les ha incrementado el bloqueo en los diferentes proveedores de servicios de internet en Venezuela”, expresa.

Cuestiona quién define cuáles medios se desbloquean y cuáles no.

“Estamos hablando de libertad de expresión, de ejercicio del periodismo libre e independiente, sin censura. Todos tienen que ser desbloqueados. El Estado reconoció que bloqueó arbitrariamente la libertad de expresión al bloquear esos medios de comunicación, después habló de procedimientos administrativos, igual de grave, porque esos medios no tuvieron conocimiento de que se les estaba abriendo un procedimiento administrativo por determinada publicación, no pudieron tener acceso a la defensa, a la evacuación de pruebas”, puntualiza.

La secretaria general del CNP afirma que estas medidas restrictivas podrían solucionarse solamente con una llamada telefónica y que Delcy Rodríguez puede pedir que se respete el trabajo de los periodistas, se les permita laborar libremente, no se les quiten sus teléfonos o equipos de trabajo ni se les obligue a borrar material y se les dé acceso a las diferentes fuentes oficiales en Venezuela.

 

El mensaje político

Evelio Chávez identifica un cambio en el discurso oficial porque, después de años de negar los cuestionamientos a la Ley contra el Odio, el régimen chavista reconoce ahora que hubo abusos en su aplicación. Considera que esto ocurre en un contexto político distinto, marcado por el acompañamiento internacional y por una demanda sostenida, tanto dentro como fuera de Venezuela, para recuperar garantías democráticas y libertades públicas.

“Más que especular sobre cuál sería la intención política detrás de este anuncio. Desde Un Mundo Sin Mordaza consideramos que hay que evaluar los resultados. Si realmente se quiere enviar un mensaje de apertura y recuperación de confianza, existe una oportunidad muy concreta para hacerlo, que es la derogación de la Ley contra el Odio y revisar las consecuencias que produjo durante todos estos años”, expresa. 

También advierte que la eventual derogación no debe limitarse a un cambio formal porque no tendría sentido eliminar la ley para luego aprobar otro instrumento que tenga tipos penales vagos, facultades discrecionales o mecanismos similares para sancionar la crítica, la denuncia o las expresiones de interés público. “Por eso el cambio debe ser sustantivo. La reforma puede abrir la discusión, pero la derogación debe ser el resultado acompañado con garantías de no repetición”, dice el integrante de Sin Mordaza.

Casi 1.000 personas fueron procesadas bajo la Ley contra el Odio, de acuerdo con Foro Penal | Foto: Juan Barreto / AFP

Zair Mundaray, por su parte, cuestiona que el gobierno interino intente sacar una ganancia política con la reforma y advierte que esa decisión debe verse “con lupa”.

“Hay que ser bien tonto para no darse cuenta de que esto, si hubiese habido un Poder Judicial autónomo —y por eso es que es tan importante la reforma del Tribunal Supremo de Justicia, por eso que hay que empezar por ahí—, ya habrían declarado nula esa ley”, afirma.

 

Hay “una gran trampa”

Agrega que en medio de la deriva autoritaria en el país la Asamblea Nacional pudo haber reformado o derogado íntegramente la ley sin ninguna petición.

“La otra lectura es que lo hace Delcy Rodríguez por escrito. De modo que fue ella quien suscribió la ley y le dio aprobación cuando era presidenta de la Constituyente, fue quien la promovió y le dio vigencia, y ahora quiere la ganancia política al decir que ella es quien la está desmontando. Es decir, que la Asamblea Nacional actúa porque ella se lo pide”, expresa.

Allí, enfatiza el exfiscal del Ministerio Público, hay “una gran trampa” porque los poderes que debieron resolver el tema eran el Legislativo y el Judicial

Mundaray también observa que el régimen está retrocediendo, pero comenzó por una ley por la que actualmente no está acusada la mayoría de los presos políticos porque muchos ya fueron excarcelados.

“Sí resuelve un problema a muchísimas personas, inclusive, soy uno que fue acusado por incitación al odio por Tarek William Saab, pero es un paso muy simbólico respecto a todo el asunto penal, en donde es mucho más lo que hay que hacer. Es un paso minúsculo frente a toda la vorágine de cosas”, declara.

El abogado señala asimismo que la eliminación de los jueces de terrorismo, el uso indiscriminado del tipo penal de terrorismo y de la asociación para delinquir, así como la aplicación de otros tipos penales que han causado daños, son parte de la dimensión del problema.

Junto con Canelón, cree que también debe derogarse la Ley Simón Bolívar y el resto de normas utilizadas para perseguir a los ciudadanos. “Son muchas las cosas que hay que trabajar. Es un pequeño paso que ellos quieren ganar políticamente. Ciertamente, se ve que el tutelaje los ha hecho retroceder, pero ponen en evidencia que el resto del sistema no funcionó”, dice Mundaray.

 

“Golpe certero al espacio cívico”

Mundaray asegura que los presos políticos fueron utilizados como un mecanismo de intimidación para generar temor en la sociedad y menciona el procesamiento por incitación al odio de decenas de adolescentes durante la gestión de Tarek William Saab, casos que transmitieron a las familias el mensaje de que cualquier persona podía ser perseguida por expresarse contra el gobierno, incluso si se trataba de un menor de edad.

“Eso generó un clima de mucho miedo, de desasosiego, de autocensura; todos los medios se autocensuraron. La gente dejó de expresarse, de pasar mensajes, de hacer muchas cosas. Lo peor que hizo esa ley fue acabar con el espacio cívico, darle un golpe certero para acabar con la opinión. Instrumentalizaron a hombres, mujeres y adolescentes como presos para enviar un mensaje nefasto a la sociedad: retrocedan, no opinen, no digan, no vean, no critiquen, no hagan nada. Todo para someter a la población. Eso es lo peor que hizo esa ley”, detalla.

La ONG Centros Comunitarios de Aprendizaje reportó que al menos 118 menores de edad fueron imputados entre 2024 y 2025 por los delitos contemplados en la Ley contra el Odio.

El exfiscal del Ministerio Público señala que cualquier proceso contra los responsables de los abusos asociados con la ley requeriría una transformación de la institucionalidad. Resalta que el actual fiscal general de la República, Larry Devoe, jamás cuestionó la existencia de la norma.

Recuerda que tampoco lo hizo cuando se desempeñaba como comisionado presidencial de Derechos Humanos y que, desde la Fiscalía General de la República, no ha solicitado sobreseimientos ni la desaplicación de la ley, una facultad que también tiene por escrito.

Para el abogado, sería necesario contar con un fiscal general y jueces autónomos, especialmente en la Sala Constitucional, capaces de dictar sentencias que ordenen investigar, reparar los daños y procesar penal, administrativa y civilmente a quienes incurrieron en abusos.

En esa eventual cadena de responsabilidades incluye a policías, ministros de Interior, fiscales, jueces, defensores públicos y magistrados de las salas Penal y Constitucional del TSJ. “Frente a eso, ¿cómo lo haces si no tienes institucionalidad y todos son copartícipes? Es más, tendrían que terminar procesando a la misma Delcy Rodríguez, que es una de las impulsoras de la ley”, afirma Mundaray.

 


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Tags: DerogaciónLey contra el OdioReforma

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