• Trujillo
  • Táchira
  • Mérida
  • Andes Legales
  • Revista Andina
domingo, 17 agosto 2025
Diario de Los Andes
  • Inicio
  • Actualidad
    • Entretenimiento
    • Bienestar
  • Deportes
  • Economía
  • Mundo
  • Opinión
    • Sentido de Historia
  • Política
  • Sucesos
  • Trujillo
    • Boconó
  • Táchira
  • Mérida
  • Revista Andina
No Resultados
Ver todos los resultados
  • Inicio
  • Actualidad
    • Entretenimiento
    • Bienestar
  • Deportes
  • Economía
  • Mundo
  • Opinión
    • Sentido de Historia
  • Política
  • Sucesos
  • Trujillo
    • Boconó
  • Táchira
  • Mérida
  • Revista Andina
No Resultados
Ver todos los resultados
Diario de Los Andes

No Resultados
Ver todos los resultados
Inicio Actualidad

¿En qué consisten los artículos 233, 333 y 350 de la Constitución Nacional?

por Redacción Web
13/01/2019
Reading Time: 2 mins read
Los Artículos 233, 333, y 350 ¿En qué consisten?

Los Artículos 233, 333, y 350 ¿En qué consisten?

Compartir en FacebookCompartir en TwitterComparteComparte

Tras la juramentación de Nicolás Maduro para el periodo 2019-2025 este jueves 10 de enero y su desconocimiento por la Asamblea Nacional, varios países y organismos internacionales, por considerarlo “ilegítimo”, el presidente del Parlamento Nacional Juan Guaidó sostuvo este viernes 11 de enero durante el cabildo abierto con la sociedad civil que apoyado por el pueblo, las FANB y la comunidad internacional, asumirá “Las competencias de la encargaduría de la Presidencia de la República y la representación del Estado de Venezuela”, apegándose a los artículos 233, 333 y 350 de la Constitución Nacional».

 

Pero, ¿En qué consisten?

 

Artículo 233.- Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: su muerte, su renuncia, o su destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia; su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional; el abandono del cargo, declarado como tal por la Asamblea Nacional, así como la revocación popular de su mandato.

Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional.

Si la falta absoluta del Presidente o la Presidenta de la República se produce durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva.

En los casos anteriores, el nuevo Presidente o Presidenta completará el período constitucional correspondiente. Si la falta absoluta se produce durante los últimos dos años del período constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva asumirá la Presidencia de la República hasta completar dicho período.

Lea también

Fallece a los 100 años el ciclista trujillano Julio César León

Fallece a los 100 años el ciclista trujillano Julio César León

17/08/2025
Lula abordará los aranceles estadounidenses en la visita de Noboa a Brasil

Lula abordará los aranceles estadounidenses en la visita de Noboa a Brasil

17/08/2025
El presidente Luis Arce emite su voto y asegura un «transito democrático» en Bolivia

El presidente Luis Arce emite su voto y asegura un «transito democrático» en Bolivia

17/08/2025
El papa dice que «somos una Iglesia de pobres» antes de almorzar con personas necesitadas

El papa dice que «somos una Iglesia de pobres» antes de almorzar con personas necesitadas

17/08/2025

 

El 333 señala lo siguiente:

Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella. En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia.

Mientras que el 350 , invocado por la oposición desde 2017 con las protestas antigubernamentales refleja:

Artículo 350 El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos.

 

Via: albertoNews
Tags: Constitución NacionalguaidoTrujilloVenezuela
Siguiente
Henri Falcón: “No podemos seguir generando falsas expectativas y frustraciones”

Henri Falcón: “No podemos seguir generando falsas expectativas y frustraciones”

Publicidad

Última hora

Fallece a los 100 años el ciclista trujillano Julio César León

Mérida | México conquista la XXVIII Vuelta Internacional a La Azulita en bicicleta de montaña

JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ Y LA MORAL | Por: Francisco González Cruz

Lula abordará los aranceles estadounidenses en la visita de Noboa a Brasil

El presidente Luis Arce emite su voto y asegura un «transito democrático» en Bolivia

Publicidad

Diario de Los Andes

Ediciones

  • Trujillo
  • Táchira
  • Mérida
  • Andes Legales
  • Revista Andina

Síguenos

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password?

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In
No Resultados
Ver todos los resultados
  • Trujillo
  • Boconó
  • Táchira
  • Mérida
  • Inicio
  • Actualidad
  • Entretenimiento
  • Bienestar
  • Política
  • Deportes
  • Sucesos
  • Mundo
  • Opinión
  • Sentido de historia
  • Economía
  • Revista Andina
  • Andes Legales