En Carvajal, nuevas tasas municipales para el expendio de bebidas y especies alcohólicas

La reforma parcial de la ordenanza sobre Actividad Económica, tiene por objeto “la regulación del proceso para la solicitud de constancias, renovaciones otorgamientos de autorizaciones para el expendio de Bebidas y Especies Alcohólicas

 

Prensa Alcaldía Bolivariana de Carvajal

Abogado Rubén Pérez, director de Rentas y Licores de San Rafael de Carvajal.

En el municipio San Rafael de Carvajal, a través de la gestión del alcalde revolucionario Dr. Alfredo  Barrios se viene recuperando progresiva y estratégicamente el presupuesto de ingresos propios (tasas e impuestos) con miras a complementar el situado constitucional y  fortalecer así el presupuesto municipal 2018 para dar cumplimiento al compromiso asumido de garantizar al pueblo carvajalense un mejor vivir mediante el accionar de los cuatro niveles de gobierno nacional-regional-municipal. Poder Popular.

En ese sentido, el director de Rentas y Licores, abogado Rubén Pérez, informó sobre las nuevas tasas  establecidas con la reforma parcial de la ordenanza sobre Actividad Económica, la cual tiene por objeto “la regulación del proceso para la solicitud de constancias, renovaciones otorgamientos de autorizaciones para el expendio de Bebidas y Especies Alcohólicas, (artículo 1)”. De acuerdo a dicha normativa local (art. 56) las nuevas tasas municipales que los contribuyentes y responsables deben cancelar a la Hacienda Municipal son entre otras.

De la solicitud, Autorización de registro para el expendio de bebidas y especies alcohólicas 100 unidades tributarias (UT); Uso conforme 170 UT; Actualización por motivo de arriendo 80 UT;  por enajenación 170 UT;  por traslado 500 UT; por cambio de denominación 500 UT; por sucesión 500 UT; planilla para renovación 300 UT;  solicitud para el expendio, 170 UT.

De la autorización para el expendio en zona urbana 1700 UT; suburbana y rural 1500 UT; por actualización de arriendo 1500 UT; por traslado zona urbana 2700 UT; suburbana y rural 2000 UT; por enajenación 4000 UT; por cambio de denominación o razón social 4000 UT; por sucesión 1500 UT; expendios temporales hasta dos días 1000 UT por día; para recolectar fondos con fines humanitarios y sociales hasta dos 2 días 500 UT:

Para finalizar – Rubén Pérez  manifestó que en los próximos días dará a conocer sobre las sanciones que acarrean el incumplimiento de esta ordenanza. De allí que hace un llamado a contribuyentes y responsables a cumplirla, ya que es política del burgomaestre bolivariano Alfredo Barrios, mantener las mejores relaciones y mutuo respeto con los contribuyentes y sociedad en general lo cual redundará en la paz, tranquilidad y desarrollo del municipio.

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