Eloy Albornoz en carta abierta al presidente Maduro ratifica denuncia sobre violación de derechos humanos

Eloy José Albornoz Barreto

El ciudadano Eloy Albornoz, portador de la Cédula de Identidad Nº V-5.504.932  ratifica  tanto la acusación sobre la violación de sus derechos humanos de manera continua como también que sus acciones en legítima defensa han sido en vano ante las instituciones del Estado Venezolano, particularmente, de los Poderes Ejecutivo, Judicial y Ciudadano, situación que decidió hacer del conocimiento del presidente de la República, Nicolás Maduro a través de Carta Abierta  que a continuación se publica en atención a solicitud hecha a DLA por el interesado, la cual se explica por sí sola.

CARTA ABIERTA

Ciudadano: Presidente Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela

Nicolás Maduro Moros

SU DESPACHO

Me dirijo respetuosamente ante su autoridad, con la finalidad de denunciar lo siguiente: desde hace 20 años, quien suscribe y su grupo familiar está sometido a la violación continua, flagrante, sistemática, conexa de nuestros derechos humanos. Nuestro grupo familiar ha sufrido disgregación, tratado como escoria humana, sin derechos, ni garantías constitucionales.

Nuestras acciones en “legítima defensa” ante las instituciones del Estado Venezolano, llámese Poder Ejecutivo, Poder Judicial y Poder Ciudadano han sido en vano, para nada ha prevalecido nuestra condición de personas humildes, vulnerables y marginadas ante los actos de violencia institucionales, que infunde terror, miedo, espanto, pavor ejecutados y consumidos por funcionarios públicos del Poder Judicial, quienes por medio de un estado paralelo de justicia, al margen del marco legal, abusando de la autoridad que le confiere el estado Venezolano arremeten, masacran nuestros derechos humanos y garantías constitucionales con la clara y certera omisión de funcionarios del Poder Ejecutivo y Ciudadano de los graves delitos perpetrados, consumados en contra de la familia Albornoz- Falcón en materia sobre Derechos Humanos están debidamente informadas las instituciones siguientes: A) Ministerio de la Secretaria de la Presidencia, en fecha 07/11/2013 y 16712/2013. Consigne personalmente (01) escrito y (43) folios útiles. Hasta el día de hoy sin respuesta oportuna de parte de su Despacho. B) Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz, Dirección General de Derechos Humanos en fecha 16/05/2012. Aperturaron  el Expediente: N-P-DAP-1395. Sin pronunciamiento alguno de parte del Ejecutivo Nacional conforme a la Ley. C) Fiscalía General de la República: La dirección de Despacho; Dirección General de Actuación Procesal; Dirección General contra la Corrupción; Derechos Fundamentales, Dirección de Inspección y Disciplina Expediente:  DID-MT-1685-2011(Omitido); Dirección de Fiscalía Superior (Unidad Criminológica); Fiscalía Superior del estado Trujillo, Fiscalía Quinta (MP) Valera, estado Trujillo, en 20 años han aperturado las siguientes investigaciones penales: D21-000348-2001; D21-3048-2001; D21-4687-2001; D21-348-2011; D21-2732-2010, no conforme con este fraude solicitaron un sobreseimiento y continuaron con el mismo proceso. El ciudadano Fiscal General, al igual a las Direcciones anteriormente mencionadas están debidamente informadas. D) Poder Judicial: Están en manos de esta Institución  en el estado Trujillo las causas penales: TP01-P-2010-000350; TP01-P-2012-000450; ; TP01-P-2013-007899, todas estas causas penales conexas a las investigaciones penales, que dan debida cuenta ante Usted y la opinión publica nacional de un Estado paralelo al margen del marco legal. La ciudadana presidente del Circuito Judicial esta debidamente enterada al igual la Representación Fiscal (MP); Fiscalía Superior. E) Tribunal Supremo de Justicia: Se denunció ante Inspectoria General de Tribunales: CTSJ Caracas e igualmente en el estado Trujillo en fecha 10/02/2020. F) Poder Ciudadano: ante la Defensoría del Pueblo se han denunciado los delitos de violación de derechos humanos en (03) oportunidades, según expedientes N-P03-00510 de fecha: 25/07/2001; P-12-00487 de fecha: 10/07/2012; P-20-00036 de fecha: 26/02/2020 caso (2691) “Privado”. Ignoramos, desconocemos los resultados de esta denuncia. Mientras nuestras vidas están en serio peligro: Lo denunciado anteriormente no es hecho fortuito, aislado, se rarifica en el procedimiento fraudulento Consultoría Jurídica (SUNACOOP) Caracas, esquina de la Marrón Expediente administrativo: D-00109.19. y el expediente penal  Ministerio Publico nomenclatura: MP-1029.11, ante la Fiscalía (MP) Decima Tercera de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. En ambos expedientes conexos los funcionarios públicos de su gobierno de la rama del Poder Judicial Administrativo reiteradamente violan mis derechos humanos y garantías constitucionales al igual de otros humildes padres de familia, todos venezolanos, ciudadanos vulnerables y marginados.

El solo hecho de estar sometido durante 20 años a dos procesos judiciales violadores del debido proceso e igualmente un procedimiento administrativo que viola mis derechos humanos (denegación de justicia) me dan la suficiente autoridad moral para responsabilizar al Estado Venezolano de los delitos perpetrados y consumados por las autoridades de su gobierno a espaldas de su persona que rayan en delitos de lesa Humanidad en flagrante abuso de autoridad en contra del grupo familiar Albornoz – Falcón. Para nada se tomo en cuanta mi anciana Madre que a sus 86 años murió sin ver la luz de la justicia mucho menos mis hijos menores en estado de orfandad: Han destruido nuestras vidas con daños irreversibles para las mismas, en el aspecto moral, psicológico, espiritual, económico, directos y colaterales.

“Ya basta”; exijo el cese de estas acciones terroristas en contra de nuestro grupo familiar. Y en su condición de Jefe de Estado Superior Jerárquico del Órgano contra la Corrupción y Suprema Autoridad de la Administración Publica ordene la investigación correspondiente. Que restituyan la situación jurídica infringida. Se tomen las medidas urgentes y si Gobierno se pronuncie y garantice nuestra existencia natural y jurídica como miembros de la raza humana y ciudadanos venezolanos: Vale decir la vida, nuestra integridad personal de yodos los integrantes de la familia Albornoz – Falcón en términos generales como lo ordena nuestra Constitución y los tratados suscritos, ratificados por nuestro país en materia de defensa de los Derechos Humanos universales. Clamo y ruego a las Organizaciones No Gubernamentales y Organismos Internacionales en defensa de los derechos humanos nos asistan conforme al Derecho Internacional sobre la materia.

Atentamente.,

Eloy José Albornoz Barreto

C.I.- V-5.504.932

 

 

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