El Covid y dilemas de convivencia y gobernabilidad | Por: Ernesto Rodríguez

 

Con la pandemia mundial de Covid se han puesto de manifiesto en muchos países varios dilemas atinentes a cuestiones de convivencia social, libertad individual,  y gobernabilidad.

Por ejemplo, en una situación de epidemia como la del Covid, cuando un ciudadano no cumple con las normas de prevención como uso de barbijo y distanciamiento social está arriesgándose a contagio con coronavirus. Pero no solamente eso: Cuando se contagia está aumentando la probabilidad de que otros miembros de la comunidad se contagien y la epidemia se propague. Por supuesto, hay personas que se contagian a pesar de tomar todas las precauciones y en ese caso no podría haber ninguna recriminación. No obstante, podemos preguntarnos: ¿Uno o varios ciudadanos pueden exigir que tienen la libertad personal de NO cumplir con normas de prevención?….¿Un gobierno de un país puede imponer a los ciudadanos que deben cumplir con las normas de prevención y hasta reprimir a los que no las cumplan?….En varios países desarrollados ha habido manifestaciones multitudinarias de ciudadanos sin barbijo contra las medidas gubernamentales vociferando que se pretende coartar su libertad personal y los gobiernos han asumido a veces actitudes titubeantes y hasta blandengues de retroceder en sus intentos de imponer medidas para contener la epidemia y proteger a la comunidad.

Estas cuestiones tienen que ver con lo que se ha denominado ‘contrato social’ y los derechos humanos. La idea de que hay que cumplir normas para convivir y un gobierno tiene que hacerlas cumplir, es muy antigua aunque no la llamaran ‘contrato social’. Por ejemplo, el filósofo griego Sócrates (469-399 A. de C.) cuando fue condenado a muerte, pudo escaparse fácilmente, y sus conocidos le rogaron que huyera, pero Sócrates se negó rotundamente con el argumento de que su deber era cumplir con las leyes de Atenas.

El primer autor que planteó la idea de un ‘contrato social’ fue el filósofo inglés Thomas Hobbes (1588-1679) que en su obra ‘Leviatán’ (1651) asevera que en un estado natural sin leyes los humanos viven como en una situación de guerra, y dice : “Es por ello manifiesto que durante el tiempo en que los hombres sin un poder común que los obligue a todos al respeto, están en aquella condición que se llama guerra; y una guerra como de todo hombre contra todo hombre (…) lo que puede en consecuencia atribuirse al tiempo de guerra, en el que todo hombre es enemigo de todo hombre, puede igualmente atribuirse al tiempo en el que los hombres también viven sin otra seguridad que las que les suministra su propia fuerza y su propia inventiva. En tal condición no hay lugar para la industria; porque el fruto de la misma es inseguro. Y, por consiguiente, tampoco el cultivo de la tierra; ni la navegación, ni uso de los bienes que pueden ser importados por mar, ni construcción confortable (…) ni artes; ni letras; ni sociedad; sino, lo que es peor de todo, miedo continuo y peligro de muerte violenta; y para el hombre una vida solitaria, pobre, desagradable, brutal y corta” (Cap. XIII).

Más adelante en su obra,  Hobbes plantea que en esa situación de brutalidad y carencia de principios morales y leyes, nada se puede calificar como ‘justo’ o ‘injusto’. Por eso dice: “De esta guerra de todo hombre contra todo hombre, es también consecuencia que nada puede ser injusto. Las nociones de bien y mal, justicia e injusticia, no tienen allí lugar. Donde no hay poder común, no hay ley. Donde no hay ley no hay injusticia. La fuerza y el fraude son en la guerra las dos virtudes cardinales” (Cap. XIII).

En consecuencia, Hobbes plantea que cada ser humano debe ceder en sus ambiciones particulares y llegar a acuerdos con los demás para poder convivir. En la Biblia ‘Leviatán’ es una criatura gigantesca (véase Job 41:1) y de ahí el título de su obra.  Entonces todos los ciudadanos confían en que un gobierno grande y poderoso (un Leviatán) haga cumplir las leyes porque eso permite que cada ciudadano pueda vivir tranquilo. Hobbes ha sido muy criticado por no creer en la democracia y por plantear que cada persona es egoísta y vive aislada. Pero eso no lo analizaremos ahora. Su planteamiento fundamental de un ‘contrato social’ ha sido aceptado y es válido en cierto grado.

Posteriormente, el filósofo inglés John Locke (1632-1704) en su ‘Segundo Tratado del Gobierno Civil’ (1690) plantea: “El hombre (…) tiene por naturaleza un poder (…) preservar su propiedad, es decir, su vida, su libertad y sus bienes – contra los perjuicios y atentados que le hagan otros hombres” (Cap. 7, Sección 87).

Posteriormente el autor francés Jean Jacques Rousseau (1712-1778) en su conocida obra: ‘El Contrato Social’ (1762) hizo una serie de planteamientos que luego fueron muy citados durante la Revolución Francesa. El planteamiento fundamental de su obra es que los ciudadanos deben llegar a un pacto social cuyo objetivo es: “cómo encontrar una forma de asociación que defienda a la persona y los bienes de cada miembro con la fuerza colectiva de todos” (Libro I, Cap. 6). Dicho en otras palabras, todo ciudadano debe convivir con los demás  y debe acordar con ellos un poder común que proteja a todos.

El filósofo inglés John Stuart Mill (1806-1873) en su conocida obra. ‘Sobre la Libertad’ (1859) plantea muy claramente los límites de la libertad de un ciudadano: “El único propósito por el cual se puede ejercer el poder correctamente sobre un miembro de una comunidad civilizada, contra su voluntad, es para impedir el daño a otros” (Cap. 1). Más adelante dice: “La libertad de un individuo debe por lo tanto, quedar bastante limitada: Él no puede ocasionar perjuicios a otras personas” (Cap. 3).

En el caso de la Revolución Francesa (1789-1799) hubo fuertes convulsiones, pero dejó un importante legado de derechos humanos. En efecto, en 1948 cuando la naciente ‘Organización de las Naciones Unidas’ proclamó una ‘Declaración Universal de los Derechos Humanos’, tanto el preámbulo como 14 de sus 30 artículos, fueron tomados en lo esencial, y a veces textualmente, de la ‘Declaración de los Derechos del Hombre y los Ciudadanos’ aprobada por la Asamblea Nacional de Francia en 1789 (1).

La ‘Declaración Universal de los Derechos Humanos’ de la ONU proclamada el 10 de diciembre de 1948 estipula en su Artículo 29 lo siguiente: “1) Cada uno tiene deberes respecto a la comunidad, pues solamente en ella es posible el libre y pleno desarrollo de su personalidad. 2) En el ejercicio de sus derechos y libertades, cada uno estará sujeto únicamente a limitaciones determinadas por la ley con el propósito de asegurar el debido reconocimiento y respeto a los derechos y libertades de otros…”.

Con el asunto de tolerar el comportamiento de los ciudadanos que atentan contra la salud de otros porque se niegan a cumplir normas de prevención, se presenta la llamada ‘Paradoja de la Tolerancia’ que el filósofo austríaco Karl Popper (1902-1994) analiza en su obra: ‘La Sociedad Abierta y sus Enemigos’ (1945, quinta edic. revisada 1966). Popper dice: “La tolerancia ilimitada conduce a la desaparición de la tolerancia. Si extendemos la tolerancia ilimitada aun a aquellos que son intolerantes; si no nos hallamos preparados para defender una sociedad tolerante contra las tropelías de los intolerantes, el resultado será la destrucción de los tolerantes y, junto con ellos, de la tolerancia” (2). Este planteamiento de Popper se aplica a los ciudadanos que son intolerantes con el derecho a la salud del prójimo…En fin, son temas que se prestan para mucha reflexión. NOTAS: (1) Pags. 16-17 en William Doyle (2001) ‘The French Revolution. A Very Short Introduction’. Oxford Univ. Press.  (2) Primera Parte, Nota 4 del Cap. 7.

ernestorodri49@gmail.com

 

 

 

 

 

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