José Rojas CNP 45.946
jose.rojas@diariodelosandes.com
El presidente del Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niña y Adolescentes Luis Miguel Gudiño Gil, aclara ante la opinión pública que el único ente facultado para llamar a la convocatoria para seleccionar a los consejeros de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes según lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en el articulo 163 es el Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niñas y Adolescentes en contraposición a lo expuesto por una funcionaria del Consejo de Protección en la sesión de cámara del día 11 de abril del presente año, la cual “no esta facultada por la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para tomarse la atribución de llamar a la selección de consejeros o consejeras de dicho órgano institucional”.
Citó Gudiño para reforzar lo expresado, el articulo 163 de la Lopnna, “a los fines de seleccionar a los y las integrantes del Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la sociedad avalará en asamblea de ciudadanos y ciudadanas a las personas que desean participar en el concurso público de oposición ante el Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. El Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes es el órgano competente para establecer los términos de la convocatoria, las condiciones y el veredicto del concurso. Serán designados o designadas como Consejeros y Consejeras de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, las personas que obtengan mayor calificación, procediendo a ser juramentados o juramentadas por el Alcalde o Alcaldesa.” Asunto que ya se llevo a cabo, cumpliendo a cabalidad con las exigencias administrativas y legales para el caso.
Señaló además que como organismo integrante del Sistema Rector Nacional para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Valera, este estaba conformado hasta el pasado tres de marzo, por tres (03), Consejeros Principales, una presento su formal renuncia y otra esta temporalmente de permiso, y en vista a esta circunstancias de manera diligente, expedita y oportuna se llevo a cabo el procedimiento de convocatoria al Concurso de manera, que en la medida de lo posible y apegada a la normativa legal sean seleccionados los tres (03) consejeros de Protección y sus respectivos suplentes en miras de garantizar la Protección y el Interés Superior de los Niños, Niñas y Adolescentes con prioridad absoluta” Finalizo el presidente del Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niña y Adolescente.