Para el presidente del Suma Trujillo, profesor José Miguel Briceño, es un acto criminal, irresponsable y contraproducente de Nicolás Maduro, iniciar el año escolar 2020-2021 en medio de un recrudecimiento del COVID-19 con cifras alarmantes que atentan con el derecho humano y fundamental de la vida de estudiantes, maestros y demás trabajadores de la educación, el cual prevalece sobre cualquier interés político, pretensiones tendenciosas y populistas.
Hora Cero
Esta grave, cruda y severa realidad – advierte el dirigente magisterial – no detendrán la administración de la “Hora Cero” del magisterio en todo el territorio nacional acción de protesta pautada para este viernes 15 de enero en el marco de la celebración de los 89 años del “Día del Maestro”, cuando inicie legal, comunicacional y públicamente la declaratoria del magisterio trujillano.
A partir de esta fecha trascendental, histórica y combativa – anuncia – entra en vigencia las 120 horas que establece la LOTT inicia ineludiblemente la huelga nacional de maestros, porque los ministros del Ppee y del Trabajo: Aristóbulo Isturiz y Eduardo Piñate, respectivamente, volvieron leña los derechos humanos fundamentales de los educadores trujillanos y venezolanos, siendo profesionales de la docencia con sus respectivos postgrados.
Educadores cobran como esclavos
Como también – denuncia – los tienen cobrando como esclavos, sobreviviendo con sueldos de hambre y miseria que oscilan entre: 1,34$ y 1,57$ mensuales, sin atención médica, ni servicios de hospitalización, cirugía y maternidad, sin servicios funerarios, sin aumento contractual del 280% con sus incidencias, ni retroactividad desde hace 24 meses, arrebatándoles clara y abiertamente la calidad de vida digna y suficiente vigente en el ordenamiento jurídico venezolano, CRBV, articulo 91 en concordancia con la LOTT en su artículo 98, existiendo recursos económicos en el país.
Igualmente – especificó – los previstos en la II. C.C.U, lo cuales permiten honrar la constitucionalidad establecida en el estado social de justicia y derecho, CRBV articulo 2 y la progresividad laboral, contractual y constitucional vigente en el artículo 19, así como lo expresado públicamente y en cadena nacional por el estado patrono presidencial de Nicolás Maduro “ … La II. C.C.U es la mejor del mundo, los derechos de los educadores son sagrados…”.
Así mismo – indicó – dichas exigencias laborales, no tienen nada que ver con sanciones o bloqueos internacionales ya que el bloqueo arrancó en el año 2019 y las sanciones son individuales, personales y particulares, sobre todo a las empresas que ellos fungían como gerentes, lo que indica que el cumplimiento progresivo y contractual lo condicionaron a la voluntad y discrecionalidad política del estado patrono o presuntamente desviaron lo acordado y firmado en la II. C.C.U.
Rotundo fracaso
Con esta dramática realidad – cuestionó – el estado patrono educativo pretende comenzar un año escolar bajo una modalidad a distancia que fracasó estrepitosamente, porque fueron los padres, representantes y responsables de los estudiantes son los que investigan y los que terminan realizando las asignaciones escolares, es tan evidente, este rotundo fracaso, que sin rubor alguno ordenaron pasar a todos los estudiantes.
Además de esta inocultable y demostrable realidad – precisó – encontramos que de los 1083 planteles educativos, ninguno ha sido desinfectado, mucho menos el Mppe ha cumplido con las normas de bioseguridad de los educadores y estudiantes, la mayoría están abandonados y en completo deterioro, con grietas y filtraciones por doquier, con aulas inhabilitadas, salas sanitarias dañadas, sin filtros de agua, ni servicios eléctricos, mucho menos agua potable para el mantenimiento, sin plataformas electrónicas, menos internet, todo en abierta violación a la vigencia establecida en la CRBV articulo 81 en concordancia con la L.O.T.T. articulo 156.
Terrorismo de estado
La otra realidad inobjetable – puntualizó – es el terrorismo de estado que aplica en uso y abuso de poder partidista el personal directivo a través de una fulanas encargaduras patronales donde estos mandaderos del oficialismo jamás han concursado para estos cargos, ni tienen los años de servicio para su ejercicio directivo violando así la constitucionalidad vigente ART. 146 (concursos).en concordancia con la vigencia establecida en la LOE artículo 81 y el Reprodo artículo 57 ( concursos).
Como también, la jerarquía correspondiente a la carrera docente, tercera jerarquía: Docente Directivo y de Supervisión, demostrando publica, legal y comunicacionalmente que dichos funcionarios, son unos violadores de los derechos humanos fundamentales de los educadores, los cuales deben ser castigados penal, civil y administrativamente por la normativa legal venezolana, dijo para finalizar José Migue Briceño, quien también integra la Coalición Sindical Magisterial del estado Trujillo.
Douglas Abreu / CNP: 21627
@douglasabreub