(Caso de la documentación sobre la originaria partida de nacimiento de Sabana de Mendoza)
Por: Héctor Díaz *
El día 27 de marzo del 2023 entregué por secretaría de la Cámara Municipal de Sucre, el documento titulado: Trabajo de investigación sobre los orígenes de Sabana de Mendoza, la originaria partida de nacimiento. Hasta los momentos no he obtenido ninguna respuesta por parte del ente legislador, la cual organiza la solicitud a los interesados en presentar trabajos para ubicar exactamente la fecha de la fundación de Sabana de Mendoza; lamentablemente no existe ningún pronunciamiento al respecto, simplemente, una nota de prensa dada por el cronista y de quien funge como director general de la alcaldía sobre un presunto conversatorio sobre los trabajos presentados, obviando, claramente por mezquindad, el trabajo de investigación de Héctor Díaz.
El artículo 51 de nuestra Constitución Nacional dice que toda persona tienes el derecho de representar o dirigir peticiones ante cualquier autoridad o funcionario público y a la vez, obtener oportuna y adecuada respuesta, y quienes violen este derecho serán sancionados conforme a la ley, pudiendo ser destituidos del cargo respectivo; apelo a este artículo constitucional ya que mis derechos como ciudadano están siendo vulnerados por un ente legislativo que no da respuesta y actúa de una manera sesgada, capciosa frente a una solicitud, que ellos mismos generaron, en nombre de un cuerpo legislativo cuya evidencia está demostrada en oficios enviados a los medios de comunicación social, en convocatorias publicadas ante la opinión pública y en resoluciones tal y como consta en las actas de las sesiones de la cámara municipal.
Este procedimiento de querer desconocer de una manera mezquina y arbitraria la solicitud de cualquier ciudadano, nos parece que no es por falta de conocimiento, ya que la cámara justamente la preside un abogado y politólogo, que por razones obvias conoce plenamente el estado de derecho, y la comisión de sustentación y recepción de documentos la preside otro ciudadano doctor y licenciado en educación, la cual también debe “conocer” los procedimientos legales, ya que el mismo está involucrado en los gremios educacionales y en los reclamos salariales y contractuales. Eso significa que estamos al frente de dos funcionarios de elección popular con suficientes conocimientos de causa.
Nos da la impresión; que se juega a execrar y de no tomar en cuenta otras propuestas por el simple hecho de que “ese no, porque a mí no me da la gana”. Eso significa segregación al mejor estilo de los nazis en Alemania, o de la extrema derecha Fascista, pero les recuerdo que eso viola nuestra Constitución Nacional, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y la Ley de Procedimientos Administrativos, frente a esta mezquindad; cualquier ciudadano puede recurrir a la Fiscalía del Ministerio Público y hacer uso de la protección ante la ley, porque se están vulnerando los derechos civiles.
Nos parece que está mezquindad raya la ignorancia, ya que por encima de cualquier diatriba política-partidista, debe estar el interés del municipio, el fortalecimiento de las propuestas y los deberes y atribuciones de una Cámara Municipal, tal y como lo establece el artículo 95 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y la Ordenanza del Debates y Funcionamiento del Régimen Parlamentario Interno. La mezquindad, la envidia, lo déspota son males peligrosos para el alma y el espíritu, es una enfermedad que corroe y recordándoles que somos aves de paso en estos cargos de elección popular y como dice Pepe Mújica: “El poder no cambia a las personas, sólo revela quiénes verdaderamente son”.
*Ex Concejal.
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