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Conozca las nuevas medidas para regular y sancionar el uso de motocicletas en Trujillo

por Alexander González
18/08/2025
Reading Time: 4 mins read
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El Gobierno del Estado Trujillo, con el objetivo de reducir los accidentes de tránsito, ha publicado en la Gaceta Oficial N° 5011 el Decreto N° 4575, con fecha del 15 de agosto de 2025 una nueva orden legal busca regular, controlar y sancionar el tránsito y la circulación de motocicletas en la entidad, en respuesta al alto índice de siniestros viales que han enlutado a numerosas familias trujillanas.

El Decreto, firmado por el Gobernador Gerardo Márquez y refrendado por el G/D. Julio Alberto Yépez Castro, Secretario General de Gobierno, establece una serie de disposiciones que abordan desde el uso de casco de seguridad hasta horarios de circulación restringidos.

Entre las medidas más destacadas se encuentran:

  • Prohibición de circulación en horarios nocturnos: Se restringe la circulación de motocicletas de lunes a miércoles de 11:00 p.m. a 5:00 a.m. y de jueves a domingo de 9:00 p.m. a 6:00 a.m. Se exceptúa de esta medida a funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones, trabajadores de servicios de encomiendas y personas que se trasladan por emergencias, siempre y cuando cuenten con la debida acreditación.
  • Uso obligatorio de casco de seguridad: Se exige al conductor y acompañante el uso de un casco que permita la identificación fisonómica, prohibiendo aquellos que la imposibiliten.
  • Prohibición de exceder la capacidad de pasajeros: Se prohíbe la circulación con más de dos ocupantes.
  • Sanciones y educación vial: Quienes incumplan las normativas serán sancionados de acuerdo con la Ley de Transporte Terrestre. El Decreto también impone a los infractores la obligación de asistir a charlas y jornadas de educación vial, con una duración de entre 8 y 12 horas, así como la realización de trabajo comunitario, como requisito previo para la entrega de motocicletas retenidas. En caso de reincidencia, estas horas y días podrán ser duplicados.
  • Responsabilidad de los propietarios: En los casos donde la motocicleta no sea propiedad del conductor infractor, se notificará al dueño para que asuma su corresponsabilidad en las sanciones. Si el infractor es un menor de edad, el propietario será responsable hasta por el doble de las sanciones y el adolescente será remitido a las instancias de protección correspondientes.

El Ejecutivo Regional exhorta a la población y a las instituciones a colaborar con la aplicación del Decreto, enfatizando que el objetivo principal es “consolidar las actitudes y valores que generen hábitos y comportamientos viales en las personas”.

 

 

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